Dec 612/2026. Reforma Laboral. Convenios Colectivos. Aportes y Contribuciones. Base de Cálculo. Fondos. Destino....

Se dispone modificar la reglamentación de la Ley de Convenios Colectivos de Trabajo y de la Ley de Asociaciones Sindicales, precisando la base de cálculo de los aportes y contribuciones convencionales a cargo de empleadores y reafirmando que dichos fondos deberán destinarse exclusivamente a fines sociales, asistenciales, previsionales o culturales, bajo una administración separada (Ley 27.802, Decs 199/1998 y modif y 407/2026)

🎯 Objeto: Reglamentación Ley 27.802 de Modernización laboral
👥 Sujetos: Empleadores y Asociaciones Sindicales.
📑 Alcance: aportes y contribuciones (conf CCT)

💰 Base de cálculo
Incluye: salario básico convencional y sumas remunerativas normales, habituales y mensuales de origen convencional.
Excluye: premios, bonos, participación en ganancias, horas extras, SAC, plus vacacional, sumas no remunerativas y otros similares

🏛️ Destino de los fondos
🎯 Finalidad: exclusivamente obras sociales, asistenciales, previsionales o culturales.
👷 Beneficiarios: trabajadores comprendidos de representación sindical.
📂 Administración: separada y documentada respecto patrimonio sindical.

📅 Vigencia: 17/07/2026

Ganancias. Personas Humanas. DDJJ 2025. Plazos: prórroga de presentación a Agosto 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció la prórroga diferencial en los próximos vencimientos fiscales de las DDJJ año calendario 2025 para personas Humanas.

📅 Período fiscal. Año calendario: DDJJ 2025
🔎 Vencimientos. Plazos: con y sin prórrogas

PRÓRROGA 😀
1️⃣ Jueves 27/08/2026
(ant 27/07/2026)
🚶‍♂️ Sujetos
: personas humanas (Autónomos y Monotributistas por rentas alcanzadas)
💰 Gravamen:
Ganancias (General y Simplificada "Inocencia fiscal")
💻 Obligación: presentación (no el pago)
📄 Norma: Res Gral a publicar BO lunes 20/07/2026 (pendiente)

SIN PRÓRROGA 😔
1️⃣ Lunes 27/07/2026:
👉 Per. Humanas. Ganancias (General y Simplificada "Inocencia Fiscal"): pago
👉 Per. Humanas. Cedular (Rentas Financieras y otros): presentación y pago
👉 Per. Humanas. Bienes Personales: presentación y pago (excepto adheridos REIBP)
2️⃣ Martes 28 a jueves 30/07/2026: Personas Jurídicas. Participaciones societarias (ex RG 4120). Informativa: presentación
3️⃣ Viernes 31/07/2026:
👉 Empleados en relación de dependencia. Informativa de bienes: presentación
👉 Sociedades, Emp Unipersonales, Fideicomisos y otros (con balances). Cierre Dic 2025. EECC. Informativa: presentación
4️⃣ Lunes 31/08/2026: Funcionarios públicos. Patrimonial integral: presentación.

Dec 604/2026. Comercio Exterior. Envíos Postales. Exportación Comercial. Importación sin Finalidad Comercial. Simplificación

Se dispone la reglamentación en la exportación comercial por vía postal: eliminanción límites de valor, equiparación el tratamiento tributario de las importaciones postales sin finalidad comercial con el régimen PSP/Courier, elevación de la franquicia a USD 400 FOB para los primeros cinco envíos anuales y derogación derecho de importación del 50% (Ley 22.415)

🌐 Sector: Comercio Exterior.
📦 Operaciones: exportación e importación por envíos postales.
👥 Sujetos: usuarios del operador postal oficial.

1️⃣ Exportaciones comerciales por vía postal.
💰 Límite de valor: sin límite.

2️⃣ Importación sin finalidad comercial
💵 Franquicia: exención de derechos de importación y tasa de estadística.
💲 Límite: hasta USD 400 FOB por envío.
📦 Cupo: 5 envíos por año y por persona.
📈 Excedente: tributa conforme al régimen general.

📮 Procedimiento
📦 Operador postal: representa automáticamente al destinatario, salvo oposición expresa.
🔎 Control aduanero: podrá verificarse el envío y determinar el régimen aplicable.
🤝 Responsables: operador postal y destinatario por las obligaciones tributarias.

3️⃣ Exportaciones sin finalidad comercial
🎁 Destino: ayuda familiar u obsequios personales.
💰 Tributos: exentas de derechos de exportación (excepto tasas retributivas).
💲 Límite: hasta USD 5.000 mensuales por remitente.

Deroga: art. 8° del Dec. 161/1999 (alícuota única del 50% para importaciones postales).
⚙️ Operativa: ARCA dictará las normas complementarias.

📅 Vigencia: 17/07/2026.

Res 7/2026. OA. Funcionarios Públicos. Patrimonio. DDJJ 2025. Vencimientos. Plazo. Nueva prórroga a Agosto...

Se dispone la extensión de determinados plazos de vencimientos de obligación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales Anuales 2025,de funcionarios públicos (Ley 25188 y Res 1695/2013 y 43/2026)

🏛  Sujetos: funcionarios de la administración pública
📝 DDJJ Patrimonial Integral: año 2025
💻 Servicio AFIP “Mis Aplicaciones WEB”: F.1245
📆 Plazo: lunes 31/08/2026 (ant 31/07)

Índice de Precios al Consumidor (IPC). Junio 2026. Actualiza Monotributo y Ganancias 2026. Suba...

Publicación oficial del Índice de Precios al Consumidor. Variaciones interanuales correspondientes al mes de Junio 2026 por parte del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República Argentina (INDEC)

📈 IPC JUNIO 2026: 1,90% 

💰 ACTUALIZA: Monotributo
🔎 Tabla categorización
💲 Parámetros: escalas facturación, alquileres, precio unitario y montos a pagar
📆 Ajuste semestral: Julio 2026
📈 Ajuste. IPC. Ene-Jun 2026: 16,84% (incremento) y 1,168459 (coeficiente)
📆 Efectos: Agosto 2026 a Enero 2027
📄 Reforma: Ley 27.743+Dec 661/2024+Res Gral 5546/2024

💰 ACTUALIZA: Ganancias. Personas Humanas. Deducciones y Escala
1️⃣ Ganancia No Imponible
2️⃣ Cargas de Familia
3️⃣ Deducciones especiales (incrementales) y particulares (Casas particulares, Educativos, etc)
4️⃣ Tramos escala (min y max)
📆 Ajuste semestral: Julio 2026
📈 Ajuste. IPC. Ene-Jun 2026: 16,84% (incremento) y 1,168459 (coeficiente)
📆 Efectos:
haberes percibidos desde Julio 2026
📄 Reforma:
Ley 27.743+ Dec 652/2024+Res Gral 5531/2024

Res Gral 5875/2026. ARCA. MiPyMEs. Pequeños Contrib. Ent. s/fines lucro. Deudas Fiscales. Plan Facilidades...

Se implementa un Régimen especial de facilidades de pago para: 1) MiPyMEs, 2) Pequeños contribuyentes y 3) Entidades sin fines de lucro. Regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas al 30/06/2026, con condiciones diferenciales de financiación, sin reducción de intereses ni liberación de sanciones.

👥 Sujetos
👉 MiPyMEs Tramos 1 y 2
(con Certificado MiPyME vigente)
👉 Pequeños contribuyentes
(cód. 547).
👉 Entidades sin fines de lucro
(Asociaciones, fundaciones, Cooperativas, Mutuales, etc)
✔️ Deudas. Regularización: Régimen de Facilidades de Pago especial
📅 Obligaciones fiscales: vencidas al 30/06/2026
Incluidas: impositivas (incluye retenciones), aduaneras, recursos de la seguridad social, Monotributo (sólo componente nacional), intereses resarcitorios, punitorios y multas
Excluidas: Obras Sociales, retenciones y percepciones previsionales (excepto aportes), ART, SCVO, Casas particulares, RENATRE / RENATEA, Anticipos o pagos a cuenta, cuotas de planes de facilidades de pago vigentes, Monotributo (Simplificado componente ISIB y tasas), multas e intereses vinculados.

ADHESIÓN 
📅 Plazo: hasta viernes 30/10/2026
💻 Sistema: "Mis Facilidades" opción “Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 30/06/2026”

PLAN DE FACILIDADES DE PAGO
📉 Tasa: 2,75% mensual (sin quitas)
💲 Pago a cuenta y cuota min.: $ 50.000
Cantidad de planes: sin límite
Perfil de Riesgo Fiscal (SIPER). Cantidad cuotas % pago a cuenta: no aplica
1️⃣🏢 Micro y Pequeñas Empresas, pequeños contribuyentes y ESFL:
📆 Cuotas: hasta 9 (retenc y per imp) y 18 (obligaciones grales).
💵 Pago a cuenta: 5%
2️⃣ 🏭 Medianas Empresas Tramos 1 y 2:
📆 Cuotas: hasta 7 (retenc y per imp) y 15 (obligaciones grales).
💵 Pago a cuenta: 10%

📅 Vencimiento cuotas: día 16 de cada mes (2do intento débito día 26)
Caducidad: automática por 2 cuotas impagas (consecutivas o alternadas) o última luego 60 días fin plan
😔 Condonación intereses y multas: no aplica

📅 Vigencia: 15/07/2026
📅 Adhesión: hasta viernes 30/10/2026

Res Gral 10/2026. IGJ. Notificaciones. Domicilio Electrónico. Trámites Digitales. Régimen. Modalidad. Efectos. Plazos. Adecuaciones

La IGJ modifica el régimen de notificaciones adecuándolo al nuevo esquema de tramitación electrónica. Se establece el domicilio electrónico mediante la CUIT asociada a la plataforma del organismo, se regulan las modalidades de notificación electrónica y se simplifica el régimen remitiendo a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y su reglamentación (Res 15/2024 y modif., 05/2026 y 06/2026)

🏢 Sujetos: Sociedades, Asociaciones Civiles y Fundaciones y otros registrables
📍 Domicilio legal: Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)
🏛️ Régimen: Notificaciones en trámites ante la IGJ.
📫 Domicilio electrónico: obligatorio mediante la CUIT asociada a la plataforma de la IGJ.
📧 Correo electrónico: deberá denunciarse como vía supletoria.
Contenido mínimo: destinatario, expediente, archivos adjuntos, fecha y firma.
📍 Fuera de CABA: podrá utilizarse carta documento con aviso de recepción.

NOTIFICACIONES. MODALIDAD. EFECTOS

1️⃣ Electrónicamente: en plataforma habilitada por el Organismo (domicilio electrónico)
2️⃣ Correo electrónico constituido: se considerará perfeccionada veinticuatro (24) horas desde su emisión -sin haberse recibido constancia de recepción negativa-
3️⃣ Cédula: excepcionalmente 
4️⃣ Tácita y automáticamente. Observaciones: plazos y su cómputo
👉 Inicio: día hábil siguiente a aquel en que las actuaciones se encuentren disponibles en la Mesa de Entradas —física o virtual— correspondiente.
👉 Vencimiento: hasta 20 días (sino al archivo)
5️⃣Personalmente: vía acceso al expediente o espontánea conocimiento previo

📅 Vigencia normativa: 14/07/2026

Res 593/2026. SENASA. Exportación. Productos de Origen Animal. Destinos. Habilitación. Procedimiento. Sustitución. Vigencia

Se sustituye el procedimiento vigente para la habilitación de destinos de exportación de productos y subproductos de origen animal, unificando en una única norma los requisitos y adecuándolos a los sistemas informáticos y a las exigencias de los mercados internacionales (Res 102/2010)

🌐 Sector: Comercio Exterior.
🏭 Sujetos: establecimientos elaboradores, industrializadores o procesadores habilitados por SENASA.
🥩 Productos: productos y subproductos de origen animal (excepto origen pesca)
🎯 Objeto: habilitación de destinos de exportación.

Requisitos:
👉 Sin deuda exigible con SENASA.
👉 Cumplir las normas higiénico-sanitarias y del destino.
👉 Contar con trazabilidad documentada.
👉 Sin incumplimientos al Plan CREHA.
👉 Proveedores con igual habilitación sanitaria, cuando corresponda.

💻 Solicitud: mediante SIGCER
💲 Arancel: sujeto al pago correspondiente.
🔎 Inspección: según evaluación de riesgo o exigencias del país importador.
🙂 Incorporación al listado: conforme los acuerdos con cada país o bloque importador.
♻️ Establecimientos ya habilitados: mantienen la autorización sin nueva solicitud, mientras conserven los requisitos.
📅 Habilitación. Vigencia: sin plazo 
🏗️ Reformas. Establecimiento: impacto en habilitación vigente.
⚠️ Incumplimiento: suspensión habilitación y posterior baja
Norma abrogada: Res 108/2010.

📅 Vigencia: 09/07/2026

Res Gral 5872/2026. ARCA. Exportadores. Ganancias. Precios de Transferencia. Bienes con Cotización. Contratos. Registro

Se sustituye y unifica el régimen las disposiciones sobre el "Registro de contratos de exportación de bienes con cotización" previsto en la Ley del Impuesto a las Ganancias. La norma simplifica el procedimiento, unifica los plazos y mantiene la utilización de la DJVE para productos agrícolas y de los formularios F.2669, F.2670 y F.2671 para los restantes bienes con cotización (Res Grales 4653 y 4837)

🌐 Sector: Comercio Exterior.
⛴️ Sujetos: Exportadores bienes con cotización.
💰 Gravamen: Impuesto a las Ganancias.
📝 Régimen: Registro de contratos de exportación de bienes con cotización.
Excluye: exportaciones por cuenta y orden de terceros (obliga al titular de los bienes).

📅 Registración: antes de la fecha de embarque.
🌾 Bienes Ley 21.453 (agrícolas): mediante la DJVE vigente en estado "SALIDA".
📦 Resto de bienes: mediante F.2669 - Registro de contratos.
✏️ Modificación: permitida antes del último cumplido de embarque.
Anulación: F.2671 + respaldo documental.
📑 Diferencias de comparabilidad: dentro de los 15 días de registrada la DJVE o el F.2669.
🔢 Número de contrato: obligatorio para vincular todas las presentaciones.
📅 Fecha de concertación: registración de la DJVE o del F.2669
📂 Documentación: conservar a disposición de ARCA.
⚠️ Incumplimiento: sanciones
Normativa sustituida: Res Grales 4653 y 4837

📅 Vigencia y aplicación: 01/08/2026.

Res Gral 5874/2026. ARCA. Salud. Deudas Fiscales. Regularización. Plan de Facilidades de Pago. Ampliación

Se dispone ampliar el Régimen especial de facilidades de pago de los "establecimientos con internación del ámbito de la Salud" a todo el sector Salud: nueva caracterización en el Sistema Registral, se adecua la denominación del plan y se prorroga un mes el plazo para adherir, respecto a determinadas obligaciones tributarias (Res Gral 5858/2026)

🏥 Sujetos: Contribuyentes del sector Salud (ant sólo "con internación"
✔️ Deudas. Regularización: Régimen de Facilidades de Pago especial
📅 Obligaciones fiscales: vencidas al 31/05/2026
📉 Fundamento normativo: situación económica y financiera de todo el sector Salud
Incluidas: impositivas (incluye retenciones), aduaneras, recursos de la seguridad social, intereses resarcitorios, punitorios y multas
Excluidas: Obras Sociales, retenciones y percepciones previsionales (excepto aportes), ART, SCVO, Casas particulares, Monotributo – cotizaciones previsionales, RENATRE / RENATEA, Anticipos o pagos a cuenta, cuotas de planes de facilidades de pago vigentes, multas e intereses vinculados.

ADHESIÓN 
📅 Plazo: hasta viernes 30/10/2026 (ant sólo "internación" y hasta el 30/09/2026)
💻 Sistema: "Mis Facilidades" 
🩺 Caracterización. Sistema Registral: código “481 - Establecimientos de Salud con Internación” y/o “533 - Protección transitoria y Alivio Fiscal para el Sector Salud”

PLAN DE FACILIDADES DE PAGO
📆 Cuotas mensuales: hasta 60 (monto min $ 50.000)
📉 Tasa: 50% de la tasa resarcitoria vigente
📌 Pago a cuenta: 3%
Cantidad de planes: sin límite
📅 Vencimiento cuotas: día 16 de cada mes (2do intento débito día 26)
Caducidad: automática por 2 cuotas impagas (o 2 impagas o última, luego 60 días fin plan)
😔 Condonación intereses y multas: no aplica

📅 Vigencia: 03/07/2026
📅 Adhesión: hasta viernes 30/10/2026

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