Se dispone ampliar el régimen especial de facilidades de pago de los "establecimientos con internación del ámbito de la Salud" a todo el sector Salud: nueva caracterización en el Sistema Registral, se adecua la denominación del plan y se prorroga un mes el plazo para adherir, respecto a determinadas obligaciones tributarias (Res Gral 5858/2026)

🏥 Sujetos: Contribuyentes del sector Salud (ant sólo "con internación"✔️ Deudas. Regularización: Régimen de Facilidades de Pago especial📅 Obligaciones fiscales: vencidas al 31/05/2026📉 Fundamento normativo: situación económica y financiera de todo el sector Salud✅ Incluidas: impositivas (incluye retenciones), aduaneras, recursos de la seguridad social, intereses resarcitorios, punitorios y multasExcluidas: Obras Sociales, retenciones y percepciones previsionales (excepto aportes), ART, SCVO, Casas particulares, Monotributo – cotizaciones previsionales, RENATRE / RENATEA, Anticipos o pagos a cuenta, cuotas de planes de facilidades de pago vigentes, multas e intereses vinculados.

ADHESIÓN 📅 Plazo: hasta viernes 30/10/2026 (ant sólo "internación" y hasta el 30/09/2026)💻 Sistema: "Mis Facilidades" 🩺 Caracterización. Sistema Registral: código “481 - Establecimientos de Salud con Internación” y/o “533 - Protección transitoria y Alivio Fiscal para el Sector Salud”

PLAN DE FACILIDADES DE PAGO📆 Cuotas mensuales: hasta 60 (monto min $ 50.000)📉 Tasa: 50% de la tasa resarcitoria vigente📌 Pago a cuenta: 3%❌ Cantidad de planes: sin límite📅 Vencimiento cuotas: día 16 de cada mes (2do intento débito día 26)⚠ Caducidad: automática por 2 cuotas impagas (o 2 impagas o última, luego 60 días fin plan)😔 Condonación intereses y multas: no aplica

📅 Vigencia: 03/07/2026📅 Adhesión: hasta viernes 30/10/2026

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