La IGJ modifica el régimen de notificaciones adecuándolo al nuevo esquema de tramitación electrónica. Se establece el domicilio electrónico mediante la CUIT asociada a la plataforma del organismo, se regulan las modalidades de notificación electrónica y se simplifica el régimen remitiendo a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y su reglamentación (Res 15/2024 y modif., 05/2026 y 06/2026)

🏢 Sujetos: Sociedades, Asociaciones Civiles y Fundaciones y otros registrables📍 Domicilio legal: Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)🏛️ Régimen: Notificaciones en trámites ante la IGJ.📫 Domicilio electrónico: obligatorio mediante la CUIT asociada a la plataforma de la IGJ.📧 Correo electrónico: deberá denunciarse como vía supletoria.✅ Contenido mínimo: destinatario, expediente, archivos adjuntos, fecha y firma.📍 Fuera de CABA: podrá utilizarse carta documento con aviso de recepción.NOTIFICACIONES. MODALIDAD. EFECTOS1️⃣ Electrónicamente: en plataforma habilitada por el Organismo (domicilio electrónico)2️⃣ Correo electrónico constituido: se considerará perfeccionada veinticuatro (24) horas desde su emisión -sin haberse recibido constancia de recepción negativa-3️⃣ Cédula: excepcionalmente 4️⃣ Tácita y automáticamente. Observaciones: plazos y su cómputo👉 Inicio: día hábil siguiente a aquel en que las actuaciones se encuentren disponibles en la Mesa de Entradas —física o virtual— correspondiente. 👉 Vencimiento: hasta 20 días (sino al archivo)5️⃣Personalmente: vía acceso al expediente o espontánea conocimiento previo

📅 Vigencia normativa: 14/07/2026

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