Consulta rápida, temática y unificada para la determinación DDJJ año calendario 2025 de Personas Humanas y Jurídicas en los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.
📣 Novedades 1️⃣ Cronograma: plazos de vencimientos Ganancias, Bienes Personales y otros DDJJ 2025 (Marzo a Septiembre 2025 -prórroga Res Gral 5890/2026-) 2️⃣ Fe de erratas: Tabla "Enajenación de Bienes Inmuebles"
ÍNDICE DE TABLAS (5 pág.) 📌 Ganancias: Deducciones, Cómputo impuesto al Cheque, Escalas diferenciales y progresivas, Alícuotas, Totales anuales de Personal Casas particulares (Contribuciones y ART) a deducir y Autónomos a computar, Enajenación de inmuebles (ex-ITI) Límite deducciones Monotributistas, Honorarios de Directores e Incobrables, Compensación de Ganancias con quebrantos, Actualización amortización Bienes de uso. 📌 Ganancias Cedular y Bienes Personales: Renta Financiera. Instrumentos. Alícuotas y Gravabilidad y Enajenación de Bienes inmuebles. Instrumentos financieros. Bienes Personales. Exención. Listado 📌 Bienes Personales: Mínimo no alcanzado y exento, Alícuotas con y sin beneficio cumplidores, Valuaciones computables, Tipo de Cambio BNA, Inmuebles y coeficiente 2017-2025 de actualización valor Fiscal e incremental CABA, Responsables sustitutos con y sin beneficio cumplidores y Régimen de información patrimonial de empleados. 📌 Aplicativos vigentes 📌 Plan de pago unificado: Plan DDJJ anuales (ex mini plan). Tasa e interés. Plazos. Cuadro según Contribuyente y perfil -categoría SIPER-
Ya se encuentran disponibles las “Agendas de vencimientos fiscales” de sus clientes de SEPTIEMBRE DE 2026 a los fines de facilitarle la tarea en su estudio de la confección de calendarios y avisos de vencimientos de presentación DDJJ, pagos y cuestiones de auditoría. 🚨 Incluye prórroga de presentación (no el pago) de Ganancias Personas Humanas DDJJ 2025 al 22/09/2026 (Res Gral 5890/2026 -BO 25/08/2026-)
✅ En sólo tres pasos sencillos, rápida y por única vez, seleccione los datos esenciales de sus clientes y obligaciones pre-definidas que desea que nosotros le avisemos. 📆 Entre los días 25 al 30/31 anterior a cada mes se generan las Agendas de vencimientos del mes siguiente ordenada por: fecha, obligación principal y sub-obligación: 👉 un almanaque de todos los clientes suyos que le vence la obligación fiscal (control global del Estudio) 👉 un almanaque por cada cliente (control por cliente individual)
📥 Podrá descargarlas y editarlas en formato Excel o impresión (papel/pdf) 💻 Acceso: https://tributum.com.ar (con tutoriales paso a paso en cada menú)
Ya se encuentran disponibles las “Agendas de vencimientos fiscales” de sus clientes de AGOSTO DE 2026 a los fines de facilitarle la tarea en su estudio de la confección de calendarios y avisos de vencimientos de presentación DDJJ, pagos y cuestiones de auditoría. 🚨 Incluye prórroga de presentación (no el pago) de Ganancias Personas Humanas DDJJ 2025 al 27/08/2026 (Res Gral 5876/2026)
✅ En sólo tres pasos sencillos, rápida y por única vez, seleccione los datos esenciales de sus clientes y obligaciones pre-definidas que desea que nosotros le avisemos. 📆 Entre los días 25 al 30/31 anterior a cada mes se generan las Agendas de vencimientos del mes siguiente ordenada por: fecha, obligación principal y sub-obligación: 👉 un almanaque de todos los clientes suyos que le vence la obligación fiscal (control global del Estudio) 👉 un almanaque por cada cliente (control por cliente individual)
📥 Podrá descargarlas y editarlas en formato Excel o impresión (papel/pdf) 💻 Acceso: https://tributum.com.ar (con tutoriales paso a paso en cada menú)
Exclusiva elaboración de Preguntas y Respuestas frecuentes de los aspectos más controvertidos de la recategorización de JULIO 2026 del "Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes" (Monotributo-RS) y la flamante "Tabla de Categorización Tramo II 2026/2027" actualizada por el fisco nacional (ver anticipo Tributum.news, 15/07/2026) (Leyes 24.977 y modif. y DR 1/2010 y modif. ult. Dec 661/2024 y Res. Gral. 4309/2018 y modif. y ult 5546/2024)
👮♀️ Procedimiento: recategorización semestral (Julio 2026) 📊 Tabla de Categorización: Agosto 2026-Enero 2027 🔎 Consideración parámetros: Julio 2025-Junio 2026 🤪 Cronología normativa: año 2024 y el "paquete fiscal"
⬆ ➡ ⬇ RECATEGORIZACIÓN: situaciones posibles 📆 Vigencia y efectos ✔ Unificación en Agosto 2026 (anteriormente eran disímiles) 🚨 Situaciones ante: exclusión de oficio, renuncia y "confirmación de datos” 🚔 Recategorización de oficio: plazos, causales y datos que considera el fisco 🖼 Data Fiscal 960 D y su reimpresión. ❌ Feria Fiscal. Plazos recategorización: inaplicabilidad
🚪 EXCLUSIONES. TABLAS APLICABLES 🔎 Tablas semestrales: Ago 2025-Enero 2026 y Feb-Julio 2026 🛑 Julio 2026: Tabla "vieja" (atención exclusiones) 😀 Régimen "puente" del Monotributo a IVA y Ganancias: beneficios fiscales, plazos y condiciones
🤑 Locación de inmuebles: Incentivos fiscales (límite y dispensas unidades)
📅 Plazo recategorización: hasta miércoles 05/08/2026
📊 TABLA DE CATEGORIZACIÓN Y NUEVA 🔎 Actualización semestral: Julio 2026 📅 Efectos: Agosto 2026 📈 Suba respecto Tabla a Junio 2026: 16,20% (aprox)...en horas...
FECHAS CLAVE JUL-AGO 2026 1️⃣ 14 Julio:nueva Tabla Monotributo con subas valores escalas facturación, alquileres, precio unitario y montos a pagar. 🗞️¿Por qué?:a las 16:00 hs se publicará el IPC de Junio 2026 🔜 fin semestre Ene-Junio 2026 (aprox 16,20%) 2️⃣ 15/16 Julio: publicación oficial ARCA "Tabla Ago 2026-Ene 2027" ("nueva") 3️⃣ 16/17 Julio: comienzo plazo de recategorización (habilitación servicio) 🔎 ¿Cuáles valores?:facturación y parámetros Julio 2025-Junio 2026 con nuevos topes "Tabla Ago 2026-Ene 2027" (⛽️híbrido🔋) 4️⃣ 20 Julio: pago mes de Julio 💲 ¿Monto a pagar y Tabla aplicable?:ídem Junio 2026 -sin cambios-. Tabla Feb-Julio 2026 ("vieja") 5️⃣ 01 Agosto 2026 al 31 Enero 2027:efectos "Tabla Ago 2026-Enero 2027"("nueva") 6️⃣ 05 Agosto: fin plazo de recategorización 7️⃣ 06 al 20 Agosto: recategorización de oficio por controles sistémicos 8️⃣ 20 Agosto: pago mes Agosto 💲¿Monto a pagar y Tabla aplicable?: importe y Categorías según "Tabla Ago 2026-Enero 2027" ("nueva")
Análisis de la feria administrativa impositiva, aduanera y previsional para el mes de Julio 2026 de la denominada "Feria Fiscal" (Res. Gral. 1983/2005-AFIP y modif. y comp. ult. 5863/2026)
⏳ Introducción ⚖️🏫 Feria Judicial invernal y Calendario receso escolar 2026 📝 Detalle de conceptos incluidos y no comprendidos 🏁 Reanudación de intimaciones, embargos, ejecuciones fiscales y notificaciones de exclusiones y bajas fiscales 📅 Situación en los plazos de vencimientos DDJJ (informativa / presentación / pago) 🔎 Excepciones
🚨 ESQUEMA Y EFECTOS. CUADROS🚨 🤔 ¿Feria Fiscal o Feria Recursiva? 🥴 Cómputo de plazos. Casos: notificaciones previa o durante la feria 📆 Período invernal 2025: lunes 13 al viernes 24/07/2026 📅Linea de tiempo 📄 Norma: Res Gral 5863/2026
⚖ Suspensión de ejecuciones fiscales sectoriales(Res Gral 5806/2026) 📍 Sujetos: Entidades s/fines lucro y sector Salud 1️⃣ Suspensión: Ejecución Fiscal y Embargos 2️⃣ Fin medida: 31/07/2026 (¡ próxima a finalizar !)
Desde el día de ayer ya se encuentra habilitada la opción para financiar a una tasa del 2,75% mensual los saldos a pagar de los impuestos a las ganancias -general y aquel simplificado "inocencia fiscal-, Bienes Personales y Renta financieraanual 2025 de personas Humanas (Res Grales 5321/2023 y modif. DDJJ anuales: 5481/2024, 5656/2025 y 5681/2025)
🤔 PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES 🏢🚶♀️Sujetos: Personas Humanas 💰 Gravamen: Ganancias y Bienes Personales 📅 Período DDJJ: anual calendario 2025 💲 Saldo. Pago: vía plan de pagos vigente "DDJJ anuales" (ex-mini plan) 📌 Línea temporal: plazo en su solicitud 🔎 Variabilidad condiciones: según Contribuyente y SIPER 🏦 Cuotas: 2 a 6 💸 Pago a cuenta: 17% al 28% 📅 Tasa mensual: 2,75% (unificada) 🙋♂️ Solicitudes: 1️⃣ DDJJ anual específico: desde Julio a Dic 2026 2️⃣ Deuda general: a partir de Enero 2027 💻 Pantallas paso a paso 🖼️ Tabla y cuadro de ágil lectura.
ANSES crea el Domicilio Electrónico de la Seguridad Social, de constitución voluntaria para personas mayores de 16 años, destinado a las comunicaciones y notificaciones vinculadas con prestaciones y servicios del organismo. El domicilio tendrá efectos de domicilio constituido y las notificaciones electrónicas se considerarán perfeccionadas a las 0 horas del primer día hábil posterior a su disponibilidad en “MI BUZÓN”.
📫 Régimen: Domicilio Electrónico de la Seguridad Social 👥 Sujetos: personas humanas mayores de 16 años que tramiten o perciban prestaciones de la Seguridad Social. 🎯 Objetivo: canal electrónico para notificaciones, comunicaciones, presentaciones, requerimientos, citaciones, liquidaciones, resoluciones, intimaciones y demás actuaciones vinculadas con ANSES. ✅ Constitución: voluntaria; produce en el ámbito administrativo los efectos de un domicilio constituido.
🔑 Procedimiento: ingresar con Clave de la Seguridad Social a Mi ANSES → “Domicilio y Datos de Contacto” o aplicación móvil “MI ANSES” → aceptar “Términos y Condiciones” → informar y validar correo electrónico. 📬 Notificaciones: disponibles en “MI BUZÓN” dentro de Mi ANSES. 📝 Contenido: identificación, texto íntegro del acto y plazos ⏰ Perfeccionamiento: 0 horas del primer día hábil posterior a la fecha de disponibilidad en “MI BUZÓN”. ⚠️ Inoperatividad: si el sistema permanece inoperativo 8 horas o más, la notificación se perfecciona el primer día hábil siguiente a su rehabilitación. 📧 Aviso: ANSES podrá enviar un aviso de cortesía por correo electrónico ↩️ Actos anteriores: aceptación voluntaria.
ARCA adecua el régimen SISA a la ampliación de los ciclos agrícolas: redefine los períodos de presentación de la Información Productiva 1 (IP1) e Información Productiva 2 (IP2), contemplando cultivos con ciclos extemporáneos. Asimismo, ajusta requisitos para el reintegro sistémico de retenciones, incluyendo la vinculación de las LPG con certificaciones primarias, la cancelación de saldos de DDJJ y la inexistencia de deudas exigibles al momento de acreditar el reintegro (Res Gral 4310 y modif)
🌾 Régimen: Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) 👥 Sujetos: Productores de granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- y legumbres secas. 🔎 Información productiva: existencias y superficie agrícola destinada a los cultivos alcanzados.
1️⃣ IP1 - Información Productiva 1 📆 Plazo: 01 Sept al 31 Oct de cada año 📦 Existencias: al 31 Ago de cada año 🛒 Productos comercializados: consideración en existencia desde el 01 Sept 🌱 Superficie: cultivos del “Anexo IP1 - Superficie I”. 🆕 Cultivos extemporáneos: consideración
2️⃣ IP2 - Información Productiva 2 📆 Plazo: 01 Dic al último día de Febrero del año siguiente 🌱 Superficie: cultivos del “Anexo IP2 - Superficie II”. 🆕 Cultivos extemporáneos: consideración 💻 Presentación: confirmada la información, el sistema emite la constancia respectiva. ⚠️ Errores o inconsistencias: rechazo automático de la presentación y emisión de constancia.
💰 Reintegro sistémico de retenciones - requisitos 📄 Liquidación Primaria de Granos: operaciones primarias de compraventa y vinculación "Certificación Primaria de Depósito, Retiro y/o Transferencia de Granos" 🧾 Retenciones. Agente: códigos publicados micrositio SISA. ✅ DDJJ. Mes de retención: debe encontrarse cancelado.
🏦 Acreditación: en la CBU informada y aceptada, únicamente si: 1️⃣ El productor no registra deudas líquidas y exigibles impositivas, previsionales o aduaneras al momento de la acreditación. 2️⃣ La cuenta informada es Caja de Ahorros o Cuenta Corriente.
Se disponen los nuevos montos de las asignaciones familiares y los límites y rangos de ingresos del grupo familiar aplicando una movilidad del 2,11%, vigente para las prestaciones cuyos hechos generadores se produzcan desde SEPTIEMBRE de 2026. También fija el nuevo ingreso individual máximo que excluye del beneficio (Ley 27.541 y modif.27609, Dec 104/2021 y 274/2024, y Res 189/2024 y ultm ajuste 233/2026)
🏛️ Régimen: Asignaciones Familiares (Ley 24.714) 👥 Sujetos: trabajadores, monotributistas, beneficiarios SIPA, AUH, AUE, desempleo y otros 📈 Incremento: 2,11 % (ant 1,89%) 📆 Mes: Septiembre 2026 ❌ Exclusión. Ingreso individual (cualquiera del grupo familiar): más de $ 3.157.449
Se disponen los nuevos valores previsionales aplicables desde SEPTIEMBRE de 2026, conforme a la movilidad mensual del 1,89% determinada por la variación del IPC referencial. La actualizaciónalcanza a los haberes mínimo y máximo, las bases imponibles, la Prestación Básica Universal (PBU), la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y las remuneraciones computables para el cálculo jubilatorio (Leyes 24241 y complem, Dec 104/2021 y 274/2024, y Res 97/2024 y ultm ajuste 232/2026)
🧓 📈 Valor movilidad previsional: 2,11% (ant 1,89%) 🚶♀️ 📈 Autónomos. Suba: 2,11% (ant 1,89%) 📅 Mes: Septiembre 2026
📌 Haber mínimo garantizado: $ 428.633,20 (desde Septiembre 2026) 📌 Haber máximo: $ 2.884.295,54 (desde Septiembre 2026) 🏭 📌 Bases imponibles mínima y máxima: $ 144.363,55 y $ 4.691.748,47 (desde devengado Septiembre 2026) 📌 Prestación Básica Universal (PBU): $ 196.080,12 📌 Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $ 342.906,56
ARCA extiende la obligación de utilizar comprobantes electrónicos y/o Controladores Fiscales a sujetos actualmente habilitados a emitir comprobantes impresos: pequeños contribuyentes del Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social y sujetos no alcanzados por el IVA. Para estos últimos establece la emisión exclusivamente electrónica desde el 1/03/2027. Asimismo, habilita automáticamente un punto de venta para monotributistas que no lo posean e incorpora una excepción para determinadas entidades de seguros (Res Grales 100, 4.290, 4.291 y 5.866 y modifs)
📄 Régimen: Emisión y Registración de comprobantes (RG 100,4290 y 5866) 🎯 Objeto:amplía el uso obligatorio de comprobantes electrónicos y/o Controladores Fiscales y restringe utilización impresos.
👥 Sujetos 🧑💼 Monotributo social / efectores: nuevo régimen electrónico y/o Controlador Fiscal 💻 No alcanzados en IVA: deberán emitir exclusivamente comprobantes electrónicos originales; no podrán optar por Controlador Fiscal. 🔄 Modalidades generales: los restantes sujetos alcanzados pueden optar por comprobantes electrónicos, Controlador Fiscal o ambas modalidades, sin comunicación previa a ARCA.
🚫 Emisión exclusivamente electrónica: además de los no alcanzados en IVA, se mantiene para operaciones sujetas al régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs y para los sujetos/operaciones del Anexo II de la RG 4291. 📍 Punto de venta – Monotributo: si el contribuyente no posee uno habilitado para factura electrónica, ARCA lo habilitará automáticamente 🛠️ Otros puntos de venta: mediante “Administración de Puntos de Venta y Domicilios”. 🚨Talonarios impresos: sólo ante contingencias
📅 Vigencias. Aplicabilidad 1️⃣ General: 01/11/2026 2️⃣ Entidades de seguro: 31/08/2026 3️⃣ Sujetos no alcanzados en IVA: 01/03/2027
Se dispone una nueva ayuda económica previsional para determinados beneficiarios del Sistema previsional y de otras prestaciones por parte del ANSES (Leyes 24.241, 26.425, 27.260 y 27.609 y modif y ult Dec 686/2026)
🧓 👩👩👦👦 Sujetos: Jubilados y Pensionados del SIPA, Beneficiarios AUH y Madre más de 7 hijos 💰 Ayuda Económica Previsional: no remunerativa 💲Monto: hasta $ 70.000 📆 Mes: Septiembre 2026 🛑 Topes 1️⃣ Hasta haber mínimo garantizado: 100% 2️⃣ Hasta completar sumatoria prestaciones haber min más Bono: diferencia