Consulta rápida, temática y unificada para la determinación DDJJ año calendario 2025 de Personas Humanas y Jurídicas en los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.
📣 Novedades 1️⃣ Plan de pago unificado DDJJ Anuales (ex mini plan) y General: Temporalidad de solicitud. Variabilidad en condiciones según Contribuyente y perfil -categoría SIPER-. Nueva fecha de solicitud PH: desde 01/07/2026 2️⃣ Cronograma: plazos de vencimientos Ganancias, Bienes Personales y otros DDJJ 2025 (Marzo a Julio 2025)
ÍNDICE DE TABLAS (5 pág.) 📌 Ganancias: Deducciones, Cómputo impuesto al Cheque, Escalas diferenciales y progresivas, Alícuotas, Totales anuales de Personal Casas particulares (Contribuciones y ART) a deducir y Autónomos a computar, Enajenación de inmuebles (ex-ITI) Límite deducciones Monotributistas, Honorarios de Directores e Incobrables, Compensación de Ganancias con quebrantos, Actualización amortización Bienes de uso. 📌 Ganancias Cedular y Bienes Personales: Renta Financiera. Instrumentos. Alícuotas y Gravabilidad y Enajenación de Bienes inmuebles. Instrumentos financieros. Bienes Personales. Exención. Listado 📌 Bienes Personales: Mínimo no alcanzado y exento, Alícuotas con y sin beneficio cumplidores, Valuaciones computables, Tipo de Cambio BNA, Inmuebles y coeficiente 2017-2025 de actualización valor Fiscal e incremental CABA, Responsables sustitutos con y sin beneficio cumplidores y Régimen de información patrimonial de empleados. 📌 Aplicativos vigentes 📌 Plan de pago unificado: Plan DDJJ anuales (ex mini plan). Tasa e interés. Plazos. Cuadro según Contribuyente y perfil -categoría SIPER-
Ya se encuentran disponibles las “Agendas de vencimientos fiscales” de sus clientes de JULIO DE 2026 a los fines de facilitarle la tarea en su estudio de la confección de calendarios y avisos de vencimientos de presentación DDJJ, pagos y cuestiones de auditoría. 🚨 Incluye prórroga EECC cierres Dic 2025 al 31/07/2026 (Res Gral 5871/2026)
✅ En sólo tres pasos sencillos, rápida y por única vez, seleccione los datos esenciales de sus clientes y obligaciones pre-definidas que desea que nosotros le avisemos. 📆 Entre los días 25 al 30/31 anterior a cada mes se generan las Agendas de vencimientos del mes siguiente ordenada por: fecha, obligación principal y sub-obligación: 👉 un almanaque de todos los clientes suyos que le vence la obligación fiscal (control global del Estudio) 👉 un almanaque por cada cliente (control por cliente individual)
📥 Podrá descargarlas y editarlas en formato Excel o impresión (papel/pdf) 💻 Acceso: https://tributum.com.ar (con tutoriales paso a paso en cada menú)
Análisis por el Cdr. Diego S. Mastragostino de los principales aspectos a tener en cuenta en la determinación, liquidación y presentación del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales de personas humanas DDJJ 2025.
💰 Gravamen: impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales 🚶♂️ Sujetos: Personas Humanas 🏁 Introducción 🤔 PREGUNTAS Y RESPUESTAS 👉 Deducciones: conceptos, montos y topes aplicables 👉 Renta Financiera (cedular): gravabilidad y exenciones de ADR, FCI, CEDEARS, Bitcoins y otros 👉 Deducciones personales y locadores: montos año 2025 y justificación patrimonial 👉 Ex Monotributistas y Régimen "puente" Ley 27.618 al Régimen General de Ganancias: beneficios fiscales. Caso práctico y solución propuesta. 👉 Anticipos DDJJ 2026: determinación. Procedimiento 👉 Régimen Simplificado de Ganancias "Inocencia Fiscal" Ley 27.799: impacto y posibilidades del anteproyecto de reforma 👉 MNI, Casa habitación y alícuotas Bs. Pers.: montos y último año reducción a Contribuyentes "cumplidores" 👉 Créditos hipotecarios UVA: determinación del saldo y detracción valor casa-habitación 👉 Inmuebles y su comparabilidad: valuación fiscal x81 y ¿CABA USC=x1 o x4? 👉 Saldo DDJJ: "Mini plan" permanente y solicitud desde el 01/07/2026 👉 Vencimientos. Plazos: Cronograma unificado Marzo-Julio 2026 📃 Normativa: Leyes, Resoluciones y Disposiciones 💡 Consideraciones finales 🖼️ Infografías de ágil lectura
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) incorpora en el micrositio de "Ganancias y Bienes Personales" una sección especial denominada "Declaración jurada simplificada. Modalidad especial de presentación"optativa a aquella modalidad "general" y que fuera prevista en la Ley de "Inocencia Fiscal"(Ley 27.799, Dec 93/2026 y Res Grales 5820/2026 y 5836/2026)
💰 Gravamen: impuesto a las Ganancias Personas Humanas y Suc. indivisas 📃 Obligación: presentación DDJJ y pago anual (año 2025 y sig.) 📃 Régimen: DDJJ SIMPLIFICADA 💻 Micrositio ARCA + Manual de presentación 🔎 TEMAS ✅ Requisitos: ingresos, patrimonio y tipo Contribuyente 🙋♂️ Adhesión: periodo, confirmación y código ✔️ Convalidación: adhesión durante 2025 ✔️✔️ Ratificación anual: limitaciones CUIT y demás requisitos 🔂 Desistimiento 🚪 Exclusión 💰 Uso de fondos: origen y destino de la operación (¡atención!) 💡 Manual para la presentación: pantallas, campos y particularidades 🤔 Preguntas Frecuentes:regularización, RILI, Discrepancias y otros 📃 Normas:Ley 27.799, Dec 93/2026 y Res Grales 5820/2026 y 5836/2026 🤓 Análisis y otras normas relacionadas
Ya se encuentran disponibles las “Agendas de vencimientos fiscales” de sus clientes de JUNIO DE 2026 a los fines de facilitarle la tarea en su estudio de la confección de calendarios y avisos de vencimientos de presentación DDJJ, pagos y cuestiones de auditoría.
✅ En sólo tres pasos sencillos, rápida y por única vez, seleccione los datos esenciales de sus clientes y obligaciones pre-definidas que desea que nosotros le avisemos. 📆 Entre los días 25 al 30/31 anterior a cada mes se generan las Agendas de vencimientos del mes siguiente ordenada por: fecha, obligación principal y sub-obligación: 👉 un almanaque de todos los clientes suyos que le vence la obligación fiscal (control global del Estudio) 👉 un almanaque por cada cliente (control por cliente individual)
📥 Podrá descargarlas y editarlas en formato Excel o impresión (papel/pdf) 💻 Acceso: https://tributum.com.ar (con tutoriales paso a paso en cada menú)
A pocos días de comenzar los vencimientos en la determinación, liquidación y pago de las DDJJ de Sociedades con cierre en Diciembre 2025 (Ganancias) y poco más de un mes aquel anual 2025 de personas Humanas (Ganancias -general y simplificado-, Bienes Personales y renta financiera)- recordamos el "ex-mini plan" ahora unificado en aquel "permanente" (Res Grales 5321/2023 y modif. DDJJ anuales: 5481/2024, 5656/2025 y 5681/2025)
📌 Línea temporal del plazo en su solicitud 🏢🚶♀️Sujetos: Personas jurídicas y humanas 💰 Gravamen: Ganancias y Bienes Personales 📅 Período: DDJJ 2025 (PJ cierre Dic 2025 y PH año calendario 2025) 💲 Saldo. Pago: vía plan de pagos vigente "DDJJ anuales" (ex-mini plan) 🔎 Variabilidad condiciones: según Contribuyente y SIPER 🏦 Cuotas: 2 a 6 💸 Pago a cuenta: 17% al 28% 📅 Tasa mensual: 2,75% (unificada) 🙋♂️ Solicitudes: 1️⃣ DDJJ anual específico: desde Mayo a Oct 2026 (Sociedades) y Junio a Nov 2026 (Per. Humanas) 2️⃣ Deuda general: a partir de Nov. 2026 (Sociedades) y Dic. 2026 (Per. Humanas) 🖼️ Infografías. tablas y cuadros de ágil lectura
Se dispone la prórroga hasta el 31/07/2026 del plazo para la presentación de la Memoria, Estados Contables, Informe del Auditor y demás documentación complementaria únicamente por ejercicios cerrados en diciembre de 2025 (Res Gral 4626/2019, modif y compl) (incluye "Cuadros-Esquema" de sanciones con nuevos montos y "Preguntas y Respuestas. Guía esencial")
🏛️ Gravamen: impuesto a las Ganancias 🚨 Obligatoriedad: Presentación DDJJ informativa (atención nuevos montos multas Ley 27.799) 👥 Sujetos: sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y demás responsables que confecciona balances comerciales. 📅 Ejercicios: cierres en Diciembre 2025 📄 Información alcanzada 👉 Memoria. 👉 Estados Contables. 👉 Informe del Auditor. 👉 Documentación adicional (normas NIIF/RT 26) Estado situación matrimonial, de Resultados e Informe metodológico profesional ⏳ Vencimiento. Nuevo plazo:hasta el 31/07/2026 (ant 30/06/2026)
⚠️ Prórroga. Alcance: únicamente la documentación complementaria, NO modifica los vencimientos para la DDJJ y pago (13-18/05/2026)
Se disponen los nuevos valores previsionales aplicables desde JULIO de 2026, conforme a la movilidad mensual del 2,15% determinada por la variación del IPC referencial. La actualizaciónalcanza a los haberes mínimo y máximo, las bases imponibles, la Prestación Básica Universal (PBU), la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y las remuneraciones computables para el cálculo jubilatorio (Leyes 24241 y complem, Dec 104/2021 y 274/2024, y Res 97/2024 y ultm ajuste 139/2026)
🧓 📈 Valor movilidad previsional:2,15% (ant 2,58%) 🚶♀️ 📈 Autónomos. Suba:2,15% (ant 2,58%) 📅 Mes: Julio 2026
📌 Haber mínimo garantizado: $ 411.989,33 (desde Julio 2026) 📌 Haber máximo: $ 2.772.298,06 (desde Julio 2026) 🏭 📌 Bases imponibles mínima y máxima: $ 138.757,90 y $ 4.509.567,41 (desde devengado Julio 2026) 📌 Prestación Básica Universal (PBU): $ 188.466,31 📌 Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $ 329.591,46
Se disponeincrementar el beneficio ordinario de la Prestación por Desempleo del Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo para trabajadores rurales, elevando los montos mínimo y máximo (Ley 25.191 y ultm. Res 45/2026)
🚜 Régimen: Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo (Ley 25.191). 👩🌾 Sujetos: Trabajadores desempleados 💰 Subsidio: prestaciones por desempleo 💲 Monto: rango 📈 Incrementos: 3,28% 🔼 Mínimo: $ 197.500(ant $ 191.226 ) 🔽 Máximo: $ 395.000 (ant $ 382.453)
Se disponemodificar el régimen de emisión de comprobantes de las Res Grles 1415 y 4291, receptando con ajustes los cambios introducidos por la Res Gral 5824/2026 (BO. 13/02/2026 y sustituida en la presente). La norma regula la liquidación electrónica mensual, actualiza excepciones a la emisión de comprobantes, eleva a $10.000.000 el umbral de identificación obligatoria de consumidores finales y establece una implementación escalonada para entidades financieras, seguros, tarjetas y otros sujetos alcanzados.
📄 Régimen: Emisión de comprobantes (RG 1.415 y 4.291) 🎯 Objetivo: Simplificación operativa y ampliación de información fiscal
1️⃣ Nuevos comprobantes 📄 Liquidación electrónica mensual 👥 Sujetos: Entidades financieras, Seguros, Tarjetas de crédito, débito y pagos, Instituciones educativas privadas, medicina prepaga y Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) (criptoactivos) 🔎 Facturación individual o un único comprobante electrónico mensual por cliente. 📅 Plazo de emisión: hasta el último día del mes calendario. 📬 Puesta a disposición: dentro de los 10 días corridos posteriores.
2️⃣ Puntos de venta 📅 Plazos de alta y baja 🔗 Vinculación obligatoria al sistema de facturación (actividad por punto de venta) 🆕 Vinculación opcional a actividad económica declarada en Sistema Registral
3️⃣ Obligación de emisión de comprobantes (desde 01/07/2026 salvo excepciones) 👉 Nuevos ✅ Directores societarios ✅ Abogados y Peritos que perciban honorarios y retribuciones vía judicial ✅ Emisoras y administradoras de tarjetas de crédito y/o compra, prepagas y de pago ✅ Instituciones educativas privadas ✅ Medicina prepaga (importe no cubierto por aportes). ❌ Exceptuados: IGJ / INAES / BCRA / ART y desarrolladores de tecnología de pago móvil (comisiones a consumidor final).
4️⃣ Identificación del consumidor final 💰 Operación ≥ $10.000.000 → DNI / CUIL / CDI (o pasaporte). 🧾 Siempre que el adquirente requiera deducción en Ganancias (por ej. Régimen Simplificado Ley 27.799) → CUIT obligatoria sin considerar monto.
5️⃣ Entidades educativas privadas: cambios en comprobantes
📅 Vigencia: 01/07/2026 📅 Aplicación escalonada 📅 Desde el 01/07/2026: vigencia general 📅 Desde el 01/09/2026: entidades de seguros, por operaciones con sujetos no responsables inscriptos ni exentos en IVA. 📅 Desde el 01/10/2026: entidades financieras, por leasing y operaciones de comercio exterior. 📅 Desde el 01/12/2026: 👉 Entidades financieras, por préstamos (excepto descubiertos) y operaciones con sujetos no RI ni exentos. 👉 Entidades financieras, emisoras/administradoras de tarjetas y participantes del esquema de pagos por transferencias, por las liquidaciones a titulares de tarjetas. 📅 Desde el 01/03/2027: 👉 Entidades de seguros, por operaciones de coaseguro. 👉 Entidades financieras, emisoras/administradoras de tarjetas y participantes del esquema de pagos por transferencias, por las liquidaciones a comercios adheridos y la distribución del arancel integrado
ARCA adecua las RG 2111 y 3900 a las exenciones incorporadas por el Dec. 475/2026del impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias para determinados sujetos y operaciones aplicable a empresas de cobranzas electrónicas, agencias complementarias de servicios financieros y operadores de fondos de terceros, e incorpora nuevas exenciones para Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), empresas de tarjetas y transportadoras de caudales, al procedimiento fiscal e inscripción al Registro de Beneficios Fiscales (Ley 27.541, Dec 380/2001 y modif y Dec 475/2026)
💰 Gravamen: Impuesto a los débitos y créditos en cuentas bancarias y otras (Impuesto al cheque) 🆓 Tratamiento: exención. Nuevos sujetos y operaciones (Dec 475/2026) 📝 Registro de Beneficios Fiscales: inscripción obligatoria
SUJETOS y OPERACIONES 💳 Empresas de cobranzas electrónicas 🏧 Efectivo en cuentas 👥 Agentes oficiales y complementarios de servicios financieros 🔁 Fondos de terceros: 🪙 Proveedores de Servicios de Activos Virtuales registrados ante CNV (criptoactivos) 📝 Registro obligatorio 💳 Empresas de tarjetas (prestamos bancarios y ON) 🚚 Transportadoras de caudales
📅 Vigencia: 29/06/2026 📅 Efectos: hechos imponibles desde 18/06/2026