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Tablas Frecuentes - Formularios

normas nacionales

Tablas Tributum: Impositivas, Laborales y Auditoria (actualizada 29/09/2026)

📣 NOVEDADES. SUBAS

Seguridad Social y Obra Social
👉 Empleadores: topes y ART enfermedades profesionales (Septiembre con vto Octubre 2026)
👉 Autónomos: Aportes. Montos (desde 15 Septiembre 2026)
👉 Casas particulares: Aportes y Contribuciones. Montos (Septiembre con vto Octubre 2026)
👉 Salario Mínimo Vital y Móvil: Montos (Septiembre 2026 a Abril 2027)

Exclusiva elaboración y selección en once páginas de Tablas de uso más frecuente en el ámbito impositivo, laboral, auditoría y tax planning. Consulta rápida y temática. Actualización conforme normas vigentes, referencia normativa y vínculo a artículo destacado de cada tema. INDICE: Monotributo: Categorización, montos, Factura Electrónica y Régimen de información; Cómputo de plazos: Feria Fiscal, opción pago a cuenta Enero, Períodos fiscales prescriptos. Mora: Intereses y Planes de Facilidades de pago vigentes;  Retenciones: Ganancias Res. Gral. 830, Falta constancia de Inscripción Monotributista, Pago a Directores y Ventas a sujetos no categorizados; Empleadores: Deducciones acumuladas de trabajadores en Ganancias (reversión Ley 27.743 "Paquete Fiscal" . Aportes y Contribuciones de Seguridad y Obra Social, Base imponible, Topes, SMVM y Servicio Doméstico; Autónomos; Ganancias: Personas Humanas y Jurídicas, Renta Financiera, Deducciones, Limites compras o servicios de Monotributista, Escalas y Alícuotas, Ajuste por inflación; Bienes Personales: Mínimo exento, Escalas y Alícuota, Responsables sustitutos societarios y Régimen de Información de empleados de sus Bienes e Ingresos; Procedimiento Fiscales: Incumplimientos, Multas y sanciones; Régimen Penal Tributario: Mínimos punibles y delitos. Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MiPyME): Categorización; Obtención del certificado, plazos y Beneficios fiscales; Facturación, Registración e Información: Libro de IVA digital, Controladores Fiscales, Identificación a Consumidores Finales e Información de operaciones en bancos y billeteras virtuales. Sistema De Información Simplificado Agrícola (SISA)

normas provinciales

Análisis Destacados

Fondo de Asistencia Laboral (FAL): 21 Preguntas y Respuestas. Guía práctica de su implementación

Guía práctica sobre el nuevo Fondo de Asistencia Laboral (FAL): empleadores y trabajadores alcanzados, alícuotas del 1% y 2,5%, inicio de la obligación, apertura de la cuenta e ID FAL, período de carencia, utilización de los fondos para indemnizaciones, portabilidad, suspensión de contribuciones, tratamiento impositivo, extinción y transferencia de la cuenta y sanciones.

✅ INTRODUCCION: siete puntos principales abreviados

🔎 INDICE ABREVIADO
🏛️ Concepto, alcance y cobertura
💰 Contribución y alícuotas
🏦 Cuenta Individual e ID FAL 
🏢 MiPyMEs y registración laboral
⏳ Carencia y utilización de los fondos
🔄 Portabilidad y suspensión
🧾 Tratamiento impositivo y beneficios
🏁 Extinción y transferencia de la cuenta
⚠️ Sanciones

 📅 PLAZOS CLAVE
👉 Inicio
👉 Vencimientos
👉 Carencia 
👉 Portabilidad
👉 Suspensión
👉 y otros

📚 Normativa: Ley 27.802, Dec. 408/2026, Res. 1276/2026, Res. Gral. 5907/2026 y Res. Gral. 1167/2026.

📆 Agenda de Vencimientos Personalizada Tributum: Octubre 2026 ✔

Ya se encuentran disponibles las “Agendas de vencimientos fiscales” de sus clientes de OCTUBRE DE 2026 a los fines de facilitarle la tarea en su estudio de la confección de calendarios y avisos de vencimientos de presentación DDJJ, pagos y cuestiones de auditoría.
🚨 Incluye nueva prórroga de presentación (no el pago) de Ganancias Personas Humanas DDJJ 2025 al 13/10/2026 (Res Gral 5898/2026)

✅ En sólo tres pasos sencillos, rápida y por única vez, seleccione los datos esenciales de sus clientes y obligaciones pre-definidas que desea que nosotros le avisemos.
📆 Entre los días 25 al 30/31 anterior a cada mes se generan las Agendas de vencimientos del mes siguiente ordenada por: fecha, obligación principal y sub-obligación:
👉 un almanaque de todos los clientes suyos que le vence la obligación fiscal (control global del Estudio)
👉 un almanaque por cada cliente (control por cliente individual)

📥 Podrá descargarlas y editarlas en formato Excel o impresión (papel/pdf)
💻 Acceso: https://tributum.com.ar (con tutoriales paso a paso en cada menú)

🔎 DJ Simplificada de Ganancias: Manual ARCA + Pantallas paso a paso actualizado a Sept 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualiza en el micrositio de "Ganancias y Bienes Personales" sección especial denominada "Declaración jurada simplificada. Modalidad especial de presentación" optativa prevista en la Ley de "Inocencia Fiscal" el Manual con detalle de las pantallas, el paso a paso y los ítems de cada campo de la DJ on line (F. 2711) Versión 2 de Septiembre de 2026 (Ley 27.799, Dec 93/2026 y Res Grales 5820/2026 y 5836/2026)

💰 Gravamen: impuesto a las Ganancias Personas Humanas y Suc. indivisas
📃 Obligación: presentación DDJJ y pago anual (año 2025 y sig.)
📃 Régimen: DDJJ SIMPLIFICADA
💻 Manual de presentación ARCA: pantallas, campos y particularidades

MODULOS (4)

Módulo 1. Ingresos y egresos
👉 Ingresos: detalle, ajustes de ingresos, ajustes según criterio de imputación
👉 Egresos: detalle, ajuste de egresos computados, ajustes según criterio de imputación
👉 Confirmación de ingresos y egresos
👉 Distribución de ingresos y egresos por categorías
Módulo 2. Rentas (Categorías)
👉 Rentas de fuente Argentina:
💰 Rentas del suelo, de capitales y, Dividendos y otras utilidades asimilables
💰 Beneficios empresariales: participación en empresas, Estado de Resultados Simplificado y Juegos de azar
💰 Relación de dependencia, jubilaciones y otros: relación laboral, Ingresos, Gastos y Resultados
👉 Rentas de fuente extranjera
Módulo 3. Deducciones
👉 Deducciones generales de fuente argentina: con y sin topes
👉 Deducciones personales: MNI, cargas de familia y especiales
👉 Deducciones generales de fuente extranjera
Módulo 4. Determinación
👉 Quebrantos: tipos, período fiscal y traslados 
👉 Determinación del impuesto: neta fuentes, neta acciones de fuente extranjera e impuesto
👉 Determinación del saldo: retenciones, percepciones, participaciones, datos y saldo DJ
👉 Previsualización y presentación: incluye pago antes del vencimiento

📃 Normas: Ley 27.799, Dec 93/2026 y Res Grales 5820/2026 y 5836/2026
🚨 Importante: No habrían cambios determinativos en la liquidación a colación de la reciente aprobación -(17/09/2026) de la Ley de Inocencia Fiscal II (pendiente de promulgación y publicación)

📆 Agenda de Vencimientos Personalizada Tributum: Septiembre 2026 ✔

Ya se encuentran disponibles las “Agendas de vencimientos fiscales” de sus clientes de SEPTIEMBRE DE 2026 a los fines de facilitarle la tarea en su estudio de la confección de calendarios y avisos de vencimientos de presentación DDJJ, pagos y cuestiones de auditoría.
🚨 Incluye prórroga de presentación (no el pago) de Ganancias Personas Humanas DDJJ 2025 al 22/09/2026 (Res Gral 5890/2026 -BO 25/08/2026-)

✅ En sólo tres pasos sencillos, rápida y por única vez, seleccione los datos esenciales de sus clientes y obligaciones pre-definidas que desea que nosotros le avisemos.
📆 Entre los días 25 al 30/31 anterior a cada mes se generan las Agendas de vencimientos del mes siguiente ordenada por: fecha, obligación principal y sub-obligación:
👉 un almanaque de todos los clientes suyos que le vence la obligación fiscal (control global del Estudio)
👉 un almanaque por cada cliente (control por cliente individual)

📥 Podrá descargarlas y editarlas en formato Excel o impresión (papel/pdf)
💻 Acceso: https://tributum.com.ar (con tutoriales paso a paso en cada menú)

📆 Agenda de Vencimientos Personalizada Tributum: Agosto 2026 ✔

Ya se encuentran disponibles las “Agendas de vencimientos fiscales” de sus clientes de AGOSTO DE 2026 a los fines de facilitarle la tarea en su estudio de la confección de calendarios y avisos de vencimientos de presentación DDJJ, pagos y cuestiones de auditoría.
🚨 Incluye prórroga de presentación (no el pago) de Ganancias Personas Humanas DDJJ 2025 al 27/08/2026 (Res Gral 5876/2026)

✅ En sólo tres pasos sencillos, rápida y por única vez, seleccione los datos esenciales de sus clientes y obligaciones pre-definidas que desea que nosotros le avisemos.
📆 Entre los días 25 al 30/31 anterior a cada mes se generan las Agendas de vencimientos del mes siguiente ordenada por: fecha, obligación principal y sub-obligación:
👉 un almanaque de todos los clientes suyos que le vence la obligación fiscal (control global del Estudio)
👉 un almanaque por cada cliente (control por cliente individual)

📥 Podrá descargarlas y editarlas en formato Excel o impresión (papel/pdf)
💻 Acceso: https://tributum.com.ar (con tutoriales paso a paso en cada menú)

MONOTRIBUTO. Recategorización Julio 2026. Plazo 05/08/2026. Tablas disímiles a considerar. Preguntas y Respuestas

Exclusiva elaboración de Preguntas y Respuestas frecuentes de los aspectos más controvertidos de la recategorización de JULIO 2026 del "Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes" (Monotributo-RS) y la flamante "Tabla de Categorización Tramo II 2026/2027" actualizada por el fisco nacional (ver anticipo Tributum.news, 15/07/2026) (Leyes 24.977 y modif. y DR 1/2010 y modif. ult. Dec 661/2024 y Res. Gral. 4309/2018 y modif. y ult 5546/2024)

👮‍♀️ Procedimiento: recategorización semestral (Julio 2026)
📊 Tabla de Categorización:
Agosto 2026-Enero 2027
🔎 Consideración parámetros: Julio 2025-Junio 2026
🤪 Cronología normativa: año 2024 y el "paquete fiscal"

⬆ ➡ ⬇ RECATEGORIZACIÓN: situaciones posibles
📆 Vigencia y efectos
✔ Unificación en Agosto 2026 (anteriormente eran disímiles) 
🚨 Situaciones ante: exclusión de oficio, renuncia y "confirmación de datos”
🚔 Recategorización de oficio: plazos, causales y datos que considera el fisco 
🖼 Data Fiscal 960 D y su reimpresión.
❌ Feria Fiscal. Plazos recategorización: inaplicabilidad

🚪 EXCLUSIONES. TABLAS APLICABLES
🔎 Tablas semestrales:
Ago 2025-Enero 2026 y Feb-Julio 2026
🛑 Julio 2026: Tabla "vieja" (atención exclusiones)
😀 Régimen "puente" del Monotributo a IVA y Ganancias: beneficios fiscales, plazos y condiciones 

🤑 Locación de inmuebles: Incentivos fiscales (límite y dispensas unidades) 

📅 Plazo recategorización: hasta miércoles 05/08/2026

Normas Nacionales

Res Gral 5908/2026. ARCA. Ganancias Personas Jurídicas. Nuevo servicio web para confección y presentación de DDJJ

Se implementa el nuevo servicio web “GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS” para la confección y presentación de las DDJJ de sociedades de capital y demás sociedades, fideicomisos, fondos comunes de inversión, empresas unipersonales y otros que confeccionen balance comercial. Para cierres desde junio 2026, su uso será opcional desde el 19/10/2026 hasta el 28/02/2027 y obligatorio desde el 01/03/2027.

🎯 Objeto: nuevo servicio web “GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS” para confección y presentación de DDJJ.
👥 Sujetos. Contribuyentes: Sociedades de capital y demás sociedades, fideicomisos, fondos comunes de inversión, empresas unipersonales y otros que confeccionen balance comercial
🔑 Acceso: Clave Fiscal Nivel de Seguridad 2 o superior.
📆 Cierres alcanzados: ejercicios comerciales cerrados desde junio 2026, inclusive.

💻 Implementación progresiva
🟠 Etapa opcional: 19/10/2026 al 28/02/2027
🔴 Etapa obligatoria: desde 01/03/2027
⏮️ Cierres anteriores a junio 2026: continúan mediante el aplicativo vigente.
🔄 Rectificativas: misma modalidad utilizada para la DDJJ original.

📅 Vigencia: 05/10/2026.
🚀 Disponibilidad servicio: desde Lunes 19/10/2026.

Res Gral 5909/2026. ARCA. Minería. VUCEA. Régimen de Inversiones.DJ de destino minero. Incorporación

Se incorpora a la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) la declaración jurada de destino minero correspondiente al Régimen de Inversiones para la Actividad Minera. La declaración será validada electrónicamente en el Sistema Informático MALVINA (SIM) para permitir la oficialización de las destinaciones definitivas de importación con el beneficio previsto por la Ley 24.196.

⛏️ Régimen. Alcance
📌 Destino minero: declaración jurada incorporada a la VUCEA.
📦 Operaciones: destinaciones definitivas de importación para uso minero con beneficio de la Ley 24.196.
🛡️ Exclusión: autorizaciones de importación para destino minero emitidas anteriormente y vigentes al declararse en el SIM.

📑 Declaración jurada
✅ Requisito: contar con la DDJJ de destino minero al realizar la declaración aduanera.
📄 Presentación física: no requerida.
1️⃣ Por ítem: una única DDJJ de destino minero.

💻 Procedimiento. SIM
🔢 Identificación: informar código de la DDJJ en documento “LPCOVUCE0044”.
✅ Validación correcta: habilita la oficialización.
⛔ Inconsistencias: impiden oficializar hasta su subsanación.

⚠️ Contingencias
🖥️ Fallas de comunicación o informáticas: procedimiento de contingencia de la Res Gral 5384.

📘 Manual de usuario:  “Manual de Usuario Externo” del micrositio VUCE de ARCA.

📅 Vigencia: 20/10/2026

Com A 8487/2026. BCRA. Feriados bancarios. Noviembre 2026. Tres días hábiles consecutivos sin bancos. Vencimientos fiscales

El BCRA establece como feriado bancario nacional el 10/11/2026. Junto con el Día del Bancario del 06/11 y el feriado nacional del 09/11, habrá tres días hábiles consecutivos sin actividad bancaria: 6, 9 y 10 de noviembre de 2026. Durante esas jornadas continuarán disponibles canales y medios electrónicos de pago. Los vencimientos fiscales nacionales de ARCA se trasladan al día hábil siguiente y aquellos locales según cada jurisdicción. (Dec 1103/2026)

🎯 Objeto: actividad bancaria durante los feriados de noviembre 2026.

❌ BANCOS. DIAS SIN ACTIVIDAD

1️⃣ Viernes 06/11: Día del Bancario.
2️⃣ Lunes 09/11: feriado nacional en todo el país.
3️⃣ Martes 10/11: feriado bancario en todo el país.
📆 Resultado: tres días hábiles consecutivos sin actividad bancaria: 6, 9 y 10/11/2026.

✅ OPERACIONES DISPONIBLES (*)
📳 Billeteras electrónicas: pagos en comercios y servicios, transferencias y pagos con transferencia.
🏧 Cajeros automáticos: extracciones, transferencias, gestiones y pagos.
💻 Homebanking y banca móvil: transferencias, pagos y consultas de movimientos, cuentas y tarjetas.
💳 Tarjetas de débito y crédito: pagos.
(*) https://www.bcra.gob.ar/consulta-feriados-bancarios/

📅 VENCIMIENTOS FISCALES
1️⃣ ARCA (nacional): se trasladan día hábil siguiente
👉 Viernes 6 al Martes 10/11: sin vencimientos
2️⃣ CABA, Buenos Aires y Córdoba (locales): conforme cada jurisdicción

📍OTROS FERIADOS POR VISITA PAPAL (Dec 1103/2026)
1️⃣ 09/11: feriado nacional en todo el país.
2️⃣ 10/11: Córdoba y CABA.
3️⃣ 11/11: Provincia de Buenos Aires. 

Res Gral 5907/2026. ARCA. Seguridad Social. Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Determinación e ingreso de la contribución

ARCA reglamenta la determinación e ingreso de la contribución mensual al Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para empleadores privados, fijando su caracterización, registración del ID FAL, cálculo automático mediante “Declaración en línea” e incorporación al F. 931. La contribución será del 2,5% para MiPyMEs y determinadas entidades sin fines de lucro y del 1% para los restantes empleadores alcanzados, con aplicación desde el devengado noviembre 2026 (Título II de la Ley 27.802, Dec 408/2026, Res 1276/2026 y Res 1167/2026)

🎯 Objeto: reglamentación de la determinación e ingreso de la contribución al FAL.
👥 Sujetos
🏢 Alcanzados: empleadores del sector privado comprendidos en el FAL.
🚫 Sector público: excluido del FAL; caracterización automática cód. 659.
🔄 Revisión caracterización: “Presentaciones Digitales” → “FAL - Solicitud de revisión de caracterización”.
🏷️ MiPyMEs: certificado MiPyME vigente + caracterización en “Sistema Registral”.
🤝 Entidades sin fines de lucro: formas jurídicas admitidas + calificación según parámetros MiPyME.
⏳ Caracterización MiPyME/ESFL: desde su otorgamiento hasta el último día del 4° mes posterior al cierre del ejercicio.
📝 Sector privado/público: declaración obligatoria en “Simplificación Registral” antes del F. 931 del devengado noviembre 2026.
🆕 Inicio de actividades posterior: declaración antes del primer vencimiento de aportes y contribuciones.

🆔 ID FAL
🔑 Información: empleadores privados, en “Simplificación Registral”, antes del primer ingreso al FAL.
✅ Validación: Entidad Habilitada + Vehículo de Inversión Colectiva (VIC) + CBU.
🔄 Portabilidad: informar la modificación del ID FAL por igual procedimiento.
⚠️ ID FAL inválido/no informado: comunicación a CNV para asignación de oficio.
💰 Fondos sin ID válido: permanecen sin imputación específica hasta su regularización o asignación de oficio.
📩 Asignación de oficio: ARCA notifica VIC y Entidad Habilitada mediante Domicilio Fiscal Electrónico.

💰 Contribución FAL
📊 Base: remuneración computable para contribuciones patronales al SIPA de cada trabajador registrado.
🔹 MiPyMEs y ESFL caracterizadas: 2,5%.
🔹 Restantes empleadores privados alcanzados: 1%.
🧮 Determinación: automática mediante “Declaración en línea”.
📉 Detracción: sobre contribuciones patronales a SIPA + INSSJP + Fondo Nacional de Empleo + Asignaciones Familiares.
👤 Aplicación: por cada trabajador, hasta el límite de las contribuciones patronales determinadas.
🚫 Saldo excedente: no trasladable a períodos posteriores cuando el FAL supere las contribuciones patronales por reducciones aplicables.
🏷️ Otros regímenes de reducción: no modifican el cálculo de la contribución FAL.

🔎 Tabla de alícuotas FAL
1️⃣ Tipo de empleador: MiPyMEs y Ent S/fines lucro
2️⃣ Ítem: LEy 27.541 art 19 inc a o b)
3️⃣ Concepto: SIPA, AAFF, FNE, INSSJP y FAL,

🧾 Declaración y pago
📄 F. 931: incorpora la contribución FAL desde el devengado noviembre 2026.
📅 Vencimiento: misma fecha que los restantes aportes y contribuciones de Seguridad Social.
💻 Pago: VEP ICS 266-019-019 – Fondo de Asistencia Laboral.
⏰ Pago fuera de término: devenga intereses.
🔄 Pagos en exceso: reimputables únicamente a FAL de otro período.
🏦 Derivación: exclusivamente al VIC correspondiente al ID FAL vigente.
⚠️ Incumplimientos: sanciones de las Leyes 11.683 y 17.250.

⏸️ Suspensión, interrupción y extinción
📝 Baja voluntaria: suspensión/interrupción concedida por Secretaría de Trabajo e informada a ARCA mediante F. 1266.
🏷️ Caracterización: cód. 658 - Fondo de Asistencia Laboral - Baja Voluntaria.
📅 Efectos: desde el mes siguiente a la comunicación; no afecta contribuciones FAL anteriores.
📈 Contribuciones patronales: desde la baja, determinadas sin reducción FAL.
🔄 Levantamiento de baja: efectos desde el primer mes posterior a su notificación.
❌ Extinción Cuenta Individual: desde el mes siguiente, cese de derivaciones al FAL y contribuciones patronales sin reducción FAL.

💻 Declaración en línea
🆕 Versión 48: obligatoria para devengado noviembre 2026 y siguientes.
🔄 Períodos anteriores: versión 48 para DDJJ originales o rectificativas presentadas desde el 1/11/2026.

📅 Vigencia: 01/11/2026.
🚀 Aplicabilidad efectiva: DDJJ del devengado noviembre 2026 y siguientes.

Disp 125/2026. ARCA. Régimen Penal Tributario. Dispensa y no formulación de denuncia penal. Nuevo procedimiento

ARCA sustituye el procedimiento aplicable a la dispensa de la denuncia penal, extinción de la acción penal y supuestos de no formulación de denuncia, adecuándolo a la Ley 27.799 —Ley de Inocencia Fiscal—. Regula el acogimiento mediante F. 3200, fija un plazo de 20 días hábiles en sede administrativa e incorpora los nuevos supuestos en que no corresponde formular denuncia penal (Res Gral 5882/2026)

⚖️ Objeto: nuevo procedimiento de dispensa, extinción y no formulación de denuncia penal.

❌ Dispensa de la denuncia penal
💰 Condición: aceptación y cancelación total e incondicional de capital e intereses.
🙂 Beneficio: por única vez por cada persona humana o jurídica obligada.
📩 Notificación: mediante Domicilio Fiscal Electrónico.
📝 Acogimiento: F. 3200 vía “Presentaciones Digitales”
🏢 Personas jurídicas: F. 3200 rubricado por el representante legal.
⏳ Plazo: 20 días hábiles; sin acogimiento, se formula denuncia penal.
⚖️ Sede judicial: subsiste el derecho al beneficio.

⚖️ Extinción de la acción penal
💵 Requisitos: cancelación de capital + intereses + adicional 50%.
🧾 Adicional 50%: ingreso conforme Res Gral 5882/2026.
⏱️ Plazo: hasta 30 días hábiles desde la notificación de la imputación penal.

🚫 No formulación de denuncia penal
🔎 Conducta no punible: diferencias de interpretación normativa o técnico-contables.
📊 Presunciones: ajustes basados exclusivamente en presunciones, sin otras pruebas.
📄 Criterio exteriorizado: fundado y justificado, informado antes o con la DDJJ.
✅ DDJJ espontáneas: presentadas antes del inicio de fiscalización.
📝 Procedimiento: informes y controles de las áreas competentes de ARCA.

❌ Abrogación: Disp 192/2018, 53/2021 y 85/2023.
✅ F. 3200: mantiene su validez.

📅 Vigencia: 30/09/2026.

Res Gral 5903/2026. ARCA. Ganancias. Operaciones internacionales y Precios de Transferencia. Nuevo régimen unificado

Se sustituye y unifica el régimen de operaciones internacionales y precios de transferencia, con nuevos parámetros para el F. 2668, Estudio de Precios de Transferencia, Informe Maestro y Régimen Simplificado, incorporando reglas específicas para servicios de bajo valor agregado, operaciones financieras e intangibles. Los importes serán actualizados anualmente por IPC y las nuevas disposiciones se aplicarán a los ejercicios fiscales iniciados desde el 01/10/2026 (Res Grales 4.717 y 5.010 y modif)

🌐 Sector: Comercio Exterior.
💰 Gravamen: Impuesto a las Ganancias.
👥 Sujetos: contribuyentes de Ganancias alcanzados por operaciones internacionales, con vinculados del exterior y/o jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula tributación.
📌 Régimen: operaciones internacionales y precios de transferencia
🎯 Objetivo: Sustitución y unificación normativa.

🔎 Precios de transferencia: análisis sobre la totalidad de las operaciones alcanzadas; como regla, sujeto local como parte analizada.
🧾 Servicios de bajo valor agregado: margen simplificado del 5%; sujeto a condiciones y límites previstos.
🔎 Operaciones financieras: análisis de capacidad económica, financiación intragrupo, garantías, respaldo implícito y demás condiciones financieras
💡 Intangibles: la titularidad legal no determina por sí sola la atribución de beneficios; consideración de funciones y creación de valor.

📑 F. 2668: importaciones/exportaciones independientes superiores a $7.500 millones; precios de transferencia superiores a $1.500 millones en conjunto o $300 millones individualmente.
🔍 F. 2668 sin movimientos: obligatorio si hubo presentación con movimientos en alguno de los 2 períodos fiscales anteriores.
📊 Estudio de Precios de Transferencia: operaciones superiores a $3.000 millones en conjunto o $600 millones individualmente.
✍️ Estudio. Certificación: contador público independiente o licenciado en economía (F. 4501)
🌐 Informe Maestro: ingresos consolidados del grupo superiores a $500.000 millones + operaciones alcanzadas superiores a $3.000 millones en conjunto o $600 millones individualmente.
📚 Informe Maestro. Contenido: estructura y actividades del grupo, intangibles, financiación y situación financiera/fiscal.

✔️ RÉGIMEN SIMPLIFICADO
⚙️ Sujetos: F. 2668 y/o Estudio de Precios de Transferencia, bajo los parámetros y condiciones establecidos.
📦 Independientes: importaciones/exportaciones superiores a $7.500 millones e inferiores a $45.000 millones.
🚫 Exclusiones: grupos obligados al Informe País por País y/o Informe Maestro.
📝 Presentación: F. 2672; sustituye al F. 2668 y al Estudio de Precios de Transferencia.

📋 F. 2672. Información: grupo multinacional, controlante, actividades, operaciones internacionales y operaciones financieras transfronterizas.
⚠️ Estudio posterior: ARCA podrá requerirlo a quienes optaron por el Régimen Simplificado; presentación dentro de 45 días de notificados.
📈 Montos. Actualización: anual por IPC octubre/octubre (publicación Micrositio “Operaciones Internacionales”)

📅
VENCIMIENTOS (s/term CUIT)
1️⃣ F. 2668 / Estudio / F. 2672: 7° mes posterior al cierre
2️⃣ Informe Maestro: 12° mes posterior al cierre

❌ Derogaciones: Res Grales 4717, 4733, 4759, 5010 y 5798; continúan vigentes los F. 2668, F. 2672, F. 2673 y F. 4501.