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Tablas Frecuentes - Formularios

normas nacionales

Tablas Tributum: Impositivas, Laborales y Auditoria (actualizada 07/10/2026)

📣 NOVEDADES

🏅 Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MiPyME)
👉 Beneficios impositivos, previsionales y aduaneros: Tabla con detalle de 17 beneficios fiscales
1️⃣ Aplicabilidad conforme: MICRO, PEQUEÑA, MEDIANA TRAMO 1 o 2
2️⃣ Nuevos beneficios: Ley 27.802 de «reforma Laboral»
✔️ Régimen Incentivo Medianas Inversiones (RIMI)
✔️ Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
✔️ Promoción del Empleo Registrado (PER)

Exclusiva elaboración y selección en doce páginas de Tablas de uso más frecuente en el ámbito impositivo, laboral, auditoría y tax planning. Consulta rápida y temática. Actualización conforme normas vigentes, referencia normativa y vínculo a artículo destacado de cada tema. INDICE: Monotributo: Categorización, montos, Factura Electrónica y Régimen de información; Cómputo de plazos: Feria Fiscal, opción pago a cuenta Enero, Períodos fiscales prescriptos. Mora: Intereses y Planes de Facilidades de pago vigentes;  Retenciones: Ganancias Res. Gral. 830, Falta constancia de Inscripción Monotributista, Pago a Directores y Ventas a sujetos no categorizados; Empleadores: Deducciones acumuladas de trabajadores en Ganancias (reversión Ley 27.743 "Paquete Fiscal" . Aportes y Contribuciones de Seguridad y Obra Social, Base imponible, Topes, SMVM y Servicio Doméstico; Autónomos; Ganancias: Personas Humanas y Jurídicas, Renta Financiera, Deducciones, Limites compras o servicios de Monotributista, Escalas y Alícuotas, Ajuste por inflación; Bienes Personales: Mínimo exento, Escalas y Alícuota, Responsables sustitutos societarios y Régimen de Información de empleados de sus Bienes e Ingresos; Procedimiento Fiscales: Incumplimientos, Multas y sanciones; Régimen Penal Tributario: Mínimos punibles y delitos. Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MiPyME): Categorización; Obtención del certificado, plazos y Beneficios fiscales; Facturación, Registración e Información: Libro de IVA digital, Controladores Fiscales, Identificación a Consumidores Finales e Información de operaciones en bancos y billeteras virtuales. Sistema De Información Simplificado Agrícola (SISA)

normas provinciales

Análisis Destacados

DDJJ Ganancias Personas Jurídicas Web. Nuevo servicio. Paso a paso (I parte): alta del servicio y datos iniciales

La Res Gral ARCA 5908/2026 implementa el nuevo servicio Ganancias Personas Jurídicas Web para la confección y presentación de declaraciones juradas del impuesto, con simplificación de la carga y precarga de información. Disponible desde el 19/10/2026, comprende a sociedades y demás sujetos que confeccionan balances comerciales. Presentamos una guía práctica paso a paso (I parte) para habilitar el servicio mediante Clave Fiscal, iniciar una declaración jurada y completar los datos iniciales, condiciones fiscales y situaciones especiales.

📌 Régimen: Ganancias Personas Jurídicas. Nuevo servicio web (Res Gral 5908/2026)
👥 Sujetos: sociedades, fideicomisos, FCI, empresas unipersonales y otros que confeccionen balances comerciales.
💻 Acceso: servicio «GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS», con Clave Fiscal nivel 2 o superior.
🚀 Servicio YA DISPONIBLE

🖥️ ALTA DEL SERVICIO. PASO A PASO
1️⃣ Administrador de Relaciones: ingresar con Clave Fiscal → seleccionar Administrador de Relaciones.
2️⃣ Adhesión: seleccionar Adherir Servicio → ARCA → Servicios Interactivos.
3️⃣ Selección: buscar Ganancias personas jurídicas Web.
4️⃣ Confirmación: incorporar la nueva relación → verificar los datos → CONFIRMAR.

📑 NUEVA DJ. DATOS INICIALES
🟢 Inicio: ingresar a Ganancias personas jurídicas → Nueva declaración jurada → INICIAR.
📅 Período fiscal: seleccionar año fiscal correspondiente (ejemplo: 2026).
🗓️ Ejercicio: indicar regular o irregular.
📆 Cierre e inicio: seleccionar mes de cierre y mes/año de inicio (ejemplo: junio 2026 / julio 2025).
🏢 Establecimiento y promoción: completar establecimiento e indicar condición de empresa promovida.
📋 Tipo de rentas: fuente argentina, extranjera y/o ingresos por juegos de azar y apuestas.
🔎 Situaciones especiales: amortización acelerada, resultado atribuible a socios, quebrantos con tratamientos específicos y donaciones.
🏅 Promoción y exenciones: identificar entidad exenta y/o estabilidad fiscal, cuando corresponda.

📊 MÓDULOS DE LA DECLARACIÓN JURADA
📂 Balance para fines fiscales: activo, pasivo, patrimonio neto y estado de resultados.
📈 Atribución del resultado contable: distribución según fuente argentina y extranjera.
🧮 Ajustes al resultado contable: ajuste por inflación y ajustes por fuente argentina y extranjera.
💰 Determinación del impuesto: quebrantos anteriores, donaciones y determinación del resultado neto.
🧾 Determinación del saldo: pagos a cuenta y saldo resultante a ingresar o a favor.

📅 IMPLEMENTACIÓN Y APLICABILIDAD
😀 SIMPLIFICACION Y PRECARGA DE LA INFORMACIÓN FISCAL

Honorarios Directores y Síndicos. Facturación obligatoria Julio 2026. IVA, Ganancias, Monotributo y Autónomos. Preguntas y Respuestas

Guía práctica de preguntas y respuestas acerca de la facturación obligatoria de honorarios de directores, síndicos y demás autoridades societarias, aplicable desde el 1/7/2026 conforme la Res Gral 5866/2026 (BO. 29/06/2026). Abordaje de: los sujetos alcanzados, el momento de emisión de comprobantes y plazos de convocatoria a Asambleas societarias, la distinción entre honorarios puros y tareas técnico-administrativas, su tratamiento en IVA, Ganancias, Monotributo y Autónomos, las obligaciones registrales y los controles preventivos ante ARCA, incluyendo criterios doctrinarios, ABC consultas ARCA y situaciones prácticas frecuentes.

🤓 Preguntas y Respuestas exclusivas (23)
💻 Cumplimento en sistemas web ARCA: Paso a paso y capturas de pantalla.
🔎 Control práctico de auditoría fiscal.

🆕 I. Obligación de facturar, sujetos y emisión de comprobantes

📄 Régimen: Emisión de comprobantes (RG 1.415 TO).
👥 Sujetos: directores, síndicos, socios gerentes y cargos equivalentes.
🤑 Honorarios: obligación de facturar las retribuciones inherentes al cargo.
📅 Aplicatoriedad
: operaciones desde 01/07/2026.
🚨 Asambleas. Convocatoria (conforme tipo Pers. Jurídica): hasta 4 meses posteriores al cierre de los EECC (cierres Junio 2026 hasta el 31/10/2026)
📅 Emisión: fecha de asignación individual -no grupal-, no del cobro.
🏢 Asignación global: comprobante al distribuir individualmente.
📄 Acta societaria: no sustituye la factura.

💻 II. IVA, inscripción y puntos de venta

🟠 IVA: exención de honorarios inherentes al cargo.
🔑 Alta registral: actividad societaria y condición tributaria correspondiente.
🧾 Factura: C (IVA Exento) o A / B (responsable inscripto), cuando corresponda.
🔢 Puntos de venta: específicos/exclusivos y diferenciados y su importante vinculación.
🏢 Actividad económica: códigos 702091 o 702092.

💰  III. Ganancias. Tratamiento y retenciones

👔 Honorarios puros: cuarta categoría; imputación por asignación individual.
🧑‍💻 Tareas técnico-administrativas: criterio de lo percibido cuando corresponda.
📊 Deducción societaria: sujeta a límites y condiciones legales.
🧾 Retenciones: RG 830 (honorarios y servicios independientes) o RG 4003-E (relación de dependencia).
⚠️ Incumplimientos: posible impugnación de deducciones por omisión de retención.

⚠️ IV. Monotributo, Autónomos y controles preventivos ARCA

🔀 Coexistencia: director y monotributista por otra actividad.
🚫 Ingresos Monotributo: no computar honorarios del cargo.
📊 Autónomos: considerar honorarios societarios para categorización.
🔍 ARCA: verificar actividad declarada y autoridades registradas.
🏛️ Actualización autoridades: dentro de 10 días hábiles, según supuesto.
📑 F. 460/J: no sustituye automáticamente la obligación específica.

🎖️ Certificado MiPyME. EECC cierres Junio 2026: Beneficios fiscales y claves para su obtención. Fechas y plazos Octubre 2026

Análisis por el Cdr. Diego S. Mastragostino sobre el procedimiento de solicitud, la importancia, los diecisiete (17) beneficios fiscales del "Certificado de Micro, Pequeña y Mediana Empresa" (MiPyME), vigencia, período de revisión y factibilidad de rectificar.

🚶‍♂️ Sujetos: MiPyMEs
🏁 Introducción
📺 Línea de tiempo: genérica y cierres Junio 2026
🤔 Preguntas y Respuestas
📄 Normativa: Leyes, Resoluciones y Disposiciones
🔎 Cuadros de consulta rápida
💁‍♂️ Certificado PyME: solicitud, formas de consulta y vigencia
📍 Sujetos comprendidos y limitaciones: ingresos, actividades, cantidad personal, forma jurídica y casos especiales (UTEs, Fideicomiso y Vinculadas)
🤑 Detalle de beneficios fiscales: cómputo de impuestos, IVA diferido, no retención IVA, Anticipos Ganancias, Aportes patronales, Facilidades de pago con condiciones preferenciales y otros.

Particularidades años 2026/2027
✅ Renovación automática y manual 2026/7
✅ Factibilidad de rectificación categorización por suba de valores topes de Ventas Abril 2026
✅ Contribuyentes no obligados a presentación de Ganancias y/o Bs Personales (REIBP)
✅ Fechas claves

🤔 Fondo de Asistencia Laboral (FAL): 21 Preguntas y Respuestas. Guía práctica de su implementación

Guía práctica sobre el nuevo Fondo de Asistencia Laboral (FAL): empleadores y trabajadores alcanzados, alícuotas del 1% y 2,5%, inicio de la obligación, apertura de la cuenta e ID FAL, período de carencia, utilización de los fondos para indemnizaciones, portabilidad, suspensión de contribuciones, tratamiento impositivo, extinción y transferencia de la cuenta y sanciones.

✅ INTRODUCCION: siete puntos principales abreviados

🔎 INDICE ABREVIADO
🏛️ Concepto, alcance y cobertura
💰 Contribución y alícuotas
🏦 Cuenta Individual e ID FAL 
🏢 MiPyMEs y registración laboral
⏳ Carencia y utilización de los fondos
🔄 Portabilidad y suspensión
🧾 Tratamiento impositivo y beneficios
🏁 Extinción y transferencia de la cuenta
⚠️ Sanciones

 📅 PLAZOS CLAVE
👉 Inicio
👉 Vencimientos
👉 Carencia 
👉 Portabilidad
👉 Suspensión
👉 y otros

📚 Normativa: Ley 27.802, Dec. 408/2026, Res. 1276/2026, Res. Gral. 5907/2026 y Res. Gral. 1167/2026.

📆 Agenda de Vencimientos Personalizada Tributum: Octubre 2026 ✔

Ya se encuentran disponibles las “Agendas de vencimientos fiscales” de sus clientes de OCTUBRE DE 2026 a los fines de facilitarle la tarea en su estudio de la confección de calendarios y avisos de vencimientos de presentación DDJJ, pagos y cuestiones de auditoría.
🚨 Incluye nueva prórroga de presentación (no el pago) de Ganancias Personas Humanas DDJJ 2025 al 13/10/2026 (Res Gral 5898/2026)

✅ En sólo tres pasos sencillos, rápida y por única vez, seleccione los datos esenciales de sus clientes y obligaciones pre-definidas que desea que nosotros le avisemos.
📆 Entre los días 25 al 30/31 anterior a cada mes se generan las Agendas de vencimientos del mes siguiente ordenada por: fecha, obligación principal y sub-obligación:
👉 un almanaque de todos los clientes suyos que le vence la obligación fiscal (control global del Estudio)
👉 un almanaque por cada cliente (control por cliente individual)

📥 Podrá descargarlas y editarlas en formato Excel o impresión (papel/pdf)
💻 Acceso: https://tributum.com.ar (con tutoriales paso a paso en cada menú)

🔎 DJ Simplificada de Ganancias: Manual ARCA + Pantallas paso a paso actualizado a Sept 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualiza en el micrositio de "Ganancias y Bienes Personales" sección especial denominada "Declaración jurada simplificada. Modalidad especial de presentación" optativa prevista en la Ley de "Inocencia Fiscal" el Manual con detalle de las pantallas, el paso a paso y los ítems de cada campo de la DJ on line (F. 2711) Versión 2 de Septiembre de 2026 (Ley 27.799, Dec 93/2026 y Res Grales 5820/2026 y 5836/2026)

💰 Gravamen: impuesto a las Ganancias Personas Humanas y Suc. indivisas
📃 Obligación: presentación DDJJ y pago anual (año 2025 y sig.)
📃 Régimen: DDJJ SIMPLIFICADA
💻 Manual de presentación ARCA: pantallas, campos y particularidades

MODULOS (4)

Módulo 1. Ingresos y egresos
👉 Ingresos: detalle, ajustes de ingresos, ajustes según criterio de imputación
👉 Egresos: detalle, ajuste de egresos computados, ajustes según criterio de imputación
👉 Confirmación de ingresos y egresos
👉 Distribución de ingresos y egresos por categorías
Módulo 2. Rentas (Categorías)
👉 Rentas de fuente Argentina:
💰 Rentas del suelo, de capitales y, Dividendos y otras utilidades asimilables
💰 Beneficios empresariales: participación en empresas, Estado de Resultados Simplificado y Juegos de azar
💰 Relación de dependencia, jubilaciones y otros: relación laboral, Ingresos, Gastos y Resultados
👉 Rentas de fuente extranjera
Módulo 3. Deducciones
👉 Deducciones generales de fuente argentina: con y sin topes
👉 Deducciones personales: MNI, cargas de familia y especiales
👉 Deducciones generales de fuente extranjera
Módulo 4. Determinación
👉 Quebrantos: tipos, período fiscal y traslados 
👉 Determinación del impuesto: neta fuentes, neta acciones de fuente extranjera e impuesto
👉 Determinación del saldo: retenciones, percepciones, participaciones, datos y saldo DJ
👉 Previsualización y presentación: incluye pago antes del vencimiento

📃 Normas: Ley 27.799, Dec 93/2026 y Res Grales 5820/2026 y 5836/2026
🚨 Importante: No habrían cambios determinativos en la liquidación a colación de la reciente aprobación -(17/09/2026) de la Ley de Inocencia Fiscal II (pendiente de promulgación y publicación)

Normas Nacionales

Disp 12/2026. CACM. Ingresos Brutos. Sistema de Percepciones SIRCIP. Implementación Dic 2026. Jurisdicciones Etapa I

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (CACM), mediante la Disposición 12/2026 (BO. 22/10/2026), establece las siete jurisdicciones que implementarán el Sistema Informático de Recaudación, Control e Información de Percepciones (SIRCIP) desde el 1 de diciembre de 2026. El sistema, aprobado por la Res Gral 9/2025, centraliza la gestión de las percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. La incorporación de los agentes será gradual y progresiva, con notificación mediante su publicación en el sitio oficial.

💰 Gravamen: Impuesto sobre los Ingresos Brutos
🤑 Percepciones:  sobre ventas de bienes, locaciones y prestaciones de servicios.
📌 Régimen: SIRCIP. Sistema Informático de Recaudación, Control e Información de Percepciones (Res Gral CA 9/2025).
🌎 Jurisdicciones comprendidas (Etapa I): Chaco, La Pampa, Mendoza, Río Negro, San Juan, Santiago del Estero y Tierra del Fuego.

👥 Agentes de percepción: designados por cada jurisdicción. Incorporación gradual y progresiva.
📢 Notificación: publicación de la nómina inicial en SIRCIP; medio suficiente de notificación e información.
👤 Sujetos percibidos: contribuyentes de Convenio Multilateral y locales incluidos por las jurisdicciones.

🔑 Acceso agentes: mediante clave fiscal ARCA, desde el sitio SIRCIP.
📂 Padrón mensual: disponible el día 22 del mes anterior o hábil siguiente; sujetos y alícuotas según jurisdicción.
🧾 Declaraciones juradas: presentación mensual de percepciones; posibilidad de rectificativas.
💻 Ingreso: mediante medios de pago habilitados en SIRCIP.
🔎 Consulta y reclamos: coeficientes mensuales por CUIT y reclamos mediante Comité de Administración SURA.

📅 Vigencia: 30/10/2026
🚀 Aplicabilidad efectiva: 01/12/2026, para las siete jurisdicciones indicadas.

Res Gral 11/2026. CACM. Convenio Multilateral. SIFERE, SIRCAR y SIRTAC. Vencimientos Nov 2026. Prórrogas. Ratificación

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral ratifica la modificación de los vencimientos de noviembre 2026 correspondientes a las obligaciones del período octubre 2026 de los sistemas SIFERE, SIRCAR y SIRTAC, debido a los feriados dispuestos para los días 9, 10 y 11 de noviembre. Se establecen nuevas fechas para la presentación de declaraciones juradas y pagos, con vencimientos el 13 de noviembre para determinados agentes de recaudación y del 17 al 20 de noviembre para contribuyentes del Convenio Multilateral (Disp 11/2026. BO. 19/10/2026)

💰 Gravamen: Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
🚶‍♀️ Sujetos: bajo el régimen del Convenio Multilateral. Sistemas SIRCAR, SIRTAC y SIFERE.
📅 Período: octubre 2026. Vencimientos noviembre 2026.
📃 Norma: ratifcación Disp 11/2026

🔹 SIRCAR. Segunda quincena octubre 2026
👥 Sujetos: agentes de retención y percepción
🔄 ANTES: 09 y 10/11/2026 
✅ AHORA: 13/11/2026.

💳 SIRTAC. Segunda quincena octubre 2026
👥 Sujetos: agentes de retención. Dígito verificador CUIT 5 a 9.
🔄 ANTES: 11/11/2026.
✅ AHORA: 13/11/2026.

📊 SIFERE. Anticipo octubre 2026
👥 Sujetos: contribuyentes del Convenio Multilateral.
📅 Nuevos vencimientos: 17, 18, 19 y 20/11/2026 (dígito verificador CUIT 0,1,2; 3,4,5; 6,7 y 8,9; respectivamente)
📝 Obligaciones: presentación DDJJ y pago de Ingresos Brutos.

🚀 Aplicabilidad efectiva: obligaciones del período octubre 2026, con vencimiento en noviembre 2026.

Dec 1228/2026. PEN. Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Prórroga a diciembre 2026 y ampliación período de carencia a 12 meses

El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto 1228/2026 (BO. 20/10/2026), prorroga la entrada en vigencia del régimen de Fondos de Asistencia Laboral (FAL) (Ley 27.802), del 1 de noviembre al 1 de diciembre de 2026. Asimismo, amplía el período mínimo de carencia de 6 a 12 períodos mensuales, computados desde el mes en que ARCA registre la primera contribución efectivamente integrada por el empleador (Título II de la Ley 27.802, Dec 408/2026, Res 1276/2026, Res 1167/2026 y Res Gral 5907/2026)

⚖️ Régimen: Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Ley 27.802.
👥 Sujetos: empleadores del sector privado, comprendidos FAL

📅  Vigencia FAL: prórroga de un mes.
⏮️ ANTES: 01/11/2026.
🆕 AHORA: 01/12/2026.

❌ Período mínimo de carencia: ampliación del plazo.
🔎 Carencia: plazo mínimo de no disponibilidad fondos
🔢 Cómputo de carencia: desde el mes de registro en ARCA del primer aporte efectivo al FAL.
⏮️ ANTES: 6 períodos mensuales.
🆕 AHORA: 12 períodos mensuales (completos y consecutivos de devengamiento y pago)

📅 Vigencia normativa: 20/10/2026 

Res Gral 5913/2026. ARCA. Seguridad Social. Empresas de Servicios Eventuales. Retención contribuciones patronales. Eliminación

La ARCA, mediante la Res Gral 5913/2026 (BO. 20/10/2026), abroga el régimen de retención de contribuciones patronales a cargo de las empresas usuarias de servicios eventuales (RG 3983 y 4003 DGI). La medida responde al Decreto 407/2026, que establece el pago directo por las empresas de servicios eventuales de las obligaciones de seguridad social, cuotas sindicales y retenciones legales correspondientes, tornando inaplicable el régimen anterior (Ley 27.802 de Modernización Laboral)

📃 Régimen: empresas de servicios eventuales. Seguridad Social 
👥 Sujetos: empresas de servicios eventuales y empresas usuarias.

🔴 ANTES: empresas usuarias retenían contribuciones patronales del personal eventual.
🟢 AHORA: empresas de servicios eventuales abonan directamente sus obligaciones.
❌ Retención de empresas usuarias: régimen de la RG 3983 (DGI) inaplicable.
⚖️ Cambio normativo. Fundamento: incompatibilidad del régimen anterior con el pago directo previsto por el Decreto 407/2026.

🆕 Régimen actual (Decreto 407/2026. Anexo II. Art 8)
👉 Pago directo: a cargo de las empresas de servicios eventuales.
👉 Seguridad Social: obligaciones derivadas de los regímenes correspondientes.
👉 Cuotas sindicales: ingreso a los sindicatos respectivos.
👉 Retenciones legales: aplicables a la actividad de la empresa usuaria.

❌ Régimen anterior. RG 3983 (DGI)
👉 Agentes de retención: empresas usuarias de personal eventual.
👉 Concepto: contribuciones patronales correspondientes al personal suministrado.
👉 Base de retención: importes facturados por sueldos, jornales u otras remuneraciones.
👉 Obligaciones: requisitos, condiciones y plazos para practicar las retenciones.

❌ Abrogaciones: Res Gral 3983 y modif
📅 Vigencia: 20/10/2026

Disp 11/2026. CACM. Convenio Multilateral. SIFERE, SIRCAR y SIRTAC. Vencimientos Nov 2026. Prórrogas

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral modifica los vencimientos de noviembre 2026 correspondientes a las obligaciones del período octubre 2026 de los sistemas SIFERE, SIRCAR y SIRTAC, debido a los feriados dispuestos para los días 9, 10 y 11 de noviembre. Se establecen nuevas fechas para la presentación de declaraciones juradas y pagos, con vencimientos el 13 de noviembre para determinados agentes de recaudación y del 17 al 20 de noviembre para contribuyentes del Convenio Multilateral.

💰 Gravamen: Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
🚶‍♀️ Sujetos: bajo el régimen del Convenio Multilateral. Sistemas SIRCAR, SIRTAC y SIFERE.
📅 Período: octubre 2026. Vencimientos noviembre 2026.

🔹 SIRCAR. Segunda quincena octubre 2026
👥 Sujetos: agentes de retención y percepción
🔄 ANTES: 09 y 10/11/2026 
✅ AHORA: 13/11/2026.

💳 SIRTAC. Segunda quincena octubre 2026
👥 Sujetos: agentes de retención. Dígito verificador CUIT 5 a 9.
🔄 ANTES: 11/11/2026.
✅ AHORA: 13/11/2026.

📊 SIFERE. Anticipo octubre 2026
👥 Sujetos: contribuyentes del Convenio Multilateral.
📅 Nuevos vencimientos: 17, 18, 19 y 20/11/2026 (dígito verificador CUIT 0,1,2; 3,4,5; 6,7 y 8,9; respectivamente)
📝 Obligaciones: presentación DDJJ y pago de Ingresos Brutos.

🚀 Aplicabilidad efectiva: obligaciones del período octubre 2026, con vencimiento en noviembre 2026.

Dec 1204/2026. PEN. Trabajo rural temporario y estacional. Prestaciones sociales y empleo registrado. Compatibilidad. Nueva prórroga

Se prorroga por un año el régimen de promoción del empleo registrado para trabajadores rurales temporarios y estacionales (Decs. 514/2021 y 777/2025), manteniendo la compatibilidad entre determinadas prestaciones sociales y el trabajo registrado, así como la garantía de asignaciones familiares no inferiores al 100% de la Asignación Universal por Hijo (AUH). La prórroga comprende las normas complementarias y aclaratorias aplicables, con efectos desde el 01/09/2026.

🌾 Régimen: promoción del empleo rural registrado (Dec 514/2021).
👥 Sujetos: trabajadores rurales temporarios y estacionales.
🤝 Compatibilidad: trabajo registrado y determinadas prestaciones sociales.
👨‍👩‍👧 Asignaciones familiares: mínimo equivalente al 100% de la AUH, según condiciones aplicables.
🔄 Prórroga: un año, incluyendo normas complementarias y aclaratorias aplicables.

📅 Período prorrogado: 01/09/2026 al 31/08/2027 (ant hasta 31/08/2026)
🚀 Aplicabilidad efectiva: desde 01/09/2026.