La ARCA, mediante la Res Gral 5920/2026 (BO. 30/10/2026), prorroga hasta el miércoles 30 de diciembre de 2026 el plazo de adhesión a los regímenes especiales de facilidades de pago destinados al sector Salud y aquellos a MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. La medida mantiene las condiciones de financiación de cada régimen (Res Grales 5858/2026, 5874/2026 y 5875/2026)
📌 Objeto: prórroga de adhesión a regímenes especiales de facilidades de pago.📆 Adhesión. Nuevo plazo (ambos): hasta miércoles 30/12/2026 (ant. 30/10/2026).
🏥 Sector Salud (RG 5858/2026): contribuyentes del sector.📅 Obligaciones fiscales: vencidas al 31/05/2026.📉 Tasa: 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente.📆 Cuotas mensuales: hasta 60 (mínimo $50.000).💵 Pago a cuenta: 3%.❌ Cantidad de planes: sin límite.
🏢 MiPyMEs y otros (RG 5875/2026): MiPyMEs, Pequeños Contribuyentes y Entidades sin fines de lucro.📅 Obligaciones fiscales: vencidas al 30/06/2026.📉 Tasa: 2,75% mensual (sin quitas).📆 Cuotas mensuales: según sujeto (mínimo $50.000).❌ Cantidad de planes: sin límite.❌ Perfil de Riesgo Fiscal (SIPER): no determina cuotas ni porcentaje de pago a cuenta.1️⃣ 🏢 Micro y Pequeñas Empresas, pequeños contribuyentes y ESFL📆 Cuotas: hasta 9 (retenciones y percepciones impositivas) y 18 (obligaciones generales).💵 Pago a cuenta: 5%.2️⃣ 🏭 Medianas Empresas. Tramos 1 y 2📆 Cuotas: hasta 7 (retenciones y percepciones impositivas) y 15 (obligaciones generales).💵 Pago a cuenta: 10%.
📅 Vigencia: 30/10/2026.
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