La CNV reglamenta los Productos de Inversión Colectiva (PIC) para los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), instrumentados mediante FCIA FAL o Fideicomisos Financieros (FF FAL). Regula: Entidades Habilitadas, cuenta e ID FAL, asignación de oficio, inversiones, uso de recursos, portabilidad, honorarios y régimen informativo (Título II de la Ley 27.802, Dec 408/2026 y Res 1276/2026)

🏛️ Régimen: Productos de inversión "Fondo de Asistencia Laboral" (FAL)👥 Sujetos: empleadores alcanzados y Entidades Habilitadas (EH).🎯 Objetivo: instrumentar los FAL mediante 1️⃣ Fondo Común de Inversión (FCI FAL) o 2️⃣ Fideicomisos Financieros (FF FAL)🏦 Vehículos: FCIA FAL y FF FAL; individuales/grupo vinculado o multiempleador.🏢 Entidades Habilitadas (EH): Sociedades Gerentes y Fiduciarios Financieros. 💼 Cuenta Individual: PIC FAL + cuenta asociada. Patrimonio separado, inenajenable e inembargable.🔑 ID FAL: identifica empleador + PIC FAL mediante CUIT, CBU y registro FAL.🔄 Asignación de oficio: empleadores sin ID FAL válido. Apertura: 5 días hábiles.

💼 Instrumentos elegibles (Res 1276/2026)👉 Deuda del Estado Nacional, provincias y CABA👉 Depósitos en entidades financieras autorizadas BCRA👉 Obligaciones negociables de emisores privados emitidas en Argentina.💰 Recursos: taxativos Ley FAL (empleador obligatorias y voluntarios, donaciones, donaciones y otros)🚫 Utilización: sin rescates; recursos destinados a obligaciones por extinción laboral, salvo excepciones.💵 Honorarios y gastos: tope global 1% anual, IVA incluido de corresponder.🔁 Portabilidad: traspaso: 10 días hábiles (entre distintas EH: cada 6 meses, en junio y diciembre)📑 Oferta pública: autorización automática para los PIC FAL.🔗 Vinculación empleador-EH: participación directa/indirecta superior al 10%.

📊 Ficha FAL: publicación mensual sobre vehículo, cartera y rendimientos.💸 Pago al trabajador: a cargo de la Entidad Habilitada, según indicación del empleador.

📅 Vigencia: 18/09/2026

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