ARCA elimina el tratamiento especial aplicable a cuotas y cancelaciones anticipadas de $ 100 millones o más, que exigía su pago mediante transferencia electrónica de fondos, y habilita su cancelación por débito directo en cuenta bancaria. Para los planes ya presentados mediante “Mis Facilidades”, los contribuyentes deberán asegurar el débito y verificar la correcta declaración y selección de la CBU (Res Grales 5279, 5321, 5525, 5828 y 5873 y modif)
📌 Régimen. "Mis Facilidades": planes de facilidades de pago ARCA👥 Sujetos: Todos los contribuyentes CUOTAS🏦 Modalidad de cancelación: débito directo vía CBU💰 ANTES: cuotas o cancelaciones alcanzadas por el límite de $ 100 millones —o imposibilidad operativa del débito— debían cancelarse mediante transferencia electrónica de fondos/VEP🏦 AHORA: se elimina esa excepción; las cuotas ≥ $ 100 millones pueden cancelarse mediante débito directo en cuenta bancaria.✅ Planes ya presentados: con cuotas ≥ $ 100 millones deberán garantizarse los fondos necesarios para su débito directo.🔑 CBU: declarada y seleccionada en “Mis Facilidades”.
📅 Vigencia: 01/10/2026.
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