NQN. Dto 390/2020. Coronavirus. Prestaciones Básicas. Atención al público. Horario. Reducción

[dropcap]S[/dropcap]e dispone por razones de salubridad general, como horario de atención al público para todos los locales comerciales en el territorio de la Provincia del Neuquén habilitados por la excepción dispuesta en el artículo 6º del Decreto N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional y sus normas complementarias, entre las 09:00 y las 19:00 horas. En igual sentido se establece como horario exclusivo de circulación de los desplazamientos mínimos e indispensables entre las 08:00 y las 20:00 horas.  👷‍♂️🛒 Atención al público: de 09:00 a 19:00 horas. 🚶‍♂️🚧 Circulación por desplazamiento mínimo: De 08:00 a 20:00 horas.

CABA. Ley 6298. Ley Impositiva. Código Fiscal. Modificación

[dropcap]S[/dropcap]e introducen modificaciones a la Ley Tarifaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2020 y al Código Fiscal Provincial vigente. Respecto a la tarifaria, se adecúa la misma al esquema de alícuotas establecido en la cláusula transitoria de la Ley 6280 con motivo de la suspensión del esquema de reducción de alícuotas del Consenso Fiscal.

CABA. Res 139/2020. AGIP. Coronavirus. Procedimiento. Plazos Administrativos

[dropcap]S[/dropcap]e establece que en el ámbito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 16 y 31 de marzo de 2020, ambas fechas inclusive. Quedan excluidos los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en el Régimen Penal Tributario establecido en el Título IX de la Ley Nacional N° 27.430. 

CABA. Res 140/2020. AGIP. Beneficiarios del exterior. Servicios digitales. Liquidación. Prórroga

[dropcap]S[/dropcap]e prorroga hasta el 1° de agosto de 2020 la entrada en vigencia de la Resolución N° 312-GCABA-AGIP/2019 que establece el régimen de liquidación e ingreso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos respecto de las entidades que faciliten o administren pagos al exterior de servicios digitales a favor de sujetos prestadores no residentes en el país.

Chubut. Ley XXIV-91. Impositiva 2020. Modificación

[dropcap]S[/dropcap]e establecen modificaciones a la Ley Impositiva de la Provincia de Chubut aplicable al ejercicio fiscal 2020, con vigencia desde el 14 de marzo de 2020.

Salta. Dec 250/2020. Coronavirus. Emergencia Sanitaria. Declaración

[dropcap]S[/dropcap]e declara el estado de emergencia sanitaria en el territorio de la Provincia de Salta, por el plazo de seis meses a partir del 16 de marzo de 2020, quedando el Poder Ejecutivo facultado a prorrogarlo por seis meses más, en orden a la situación existente con el COVID-19 (coronavirus).

Salta. RG 03/2020. Procedimiento. Feria administrativa extraordinaria. Declaración

[dropcap]S[/dropcap]e dispone una Feria Administrativa Extraordinaria, desde el 17 y hasta el 31 de marzo de 2020, inclusive, en el marco de la emergencia sanitaria existente, en la cual no se computarán respecto de los plazos procedimentales, los días hábiles administrativos comprendidos en las fechas mencionadas.

Salta. Res Gral 4/2020. DGR. Coronavirus. Procedimiento fiscal. Vencimientos. Prórroga

[dropcap]S[/dropcap]e prorroga hasta el 01 de Abril de 2020, los plazos para la presentación y el pago, respecto de los impuestos a las Actividades Económicas, Inmobiliario Rural y de Sellos - indicados en la Resolución General Nº 26/2019 - en todos los supuestos en los que el vencimiento original opere entre el 16 y el 31 de marzo de 2020.

[25/03/2020] Sumario Boletín Oficial de la Nación

Sumario completo y acceso directo a normas de interés profesional

Dec 311/2020. Servicios públicos. Comunicaciones. PyMEs. Coop. Personas. Impago. Corte

Sdisponen diversas medidas respecto a los servicios públicos y de comunicaciones para determinados sujetos en el marco del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en la República Argentina a causa de las medidas extraordinarias dispuestas por el “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541Dec 260/2020, Dec 287/2020 Dec 297/2020)


💡 📱  🚿 📺 Servicios: energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital
🚫 Prohibición: corte por mora o falta de pago (en curso o próximas)
🧓👨‍👨‍👧‍👧🏭 Sujetos: Beneficiarios de subsidios sociales, Monotributistas sociales, Jubilaciones, Montributistas Categ. A, B y C, Casas particulares, MiPyMes, Cooperativas de Trabajos, Instituciones de Salud y relacionadas.
💰 Financiación: otorgamiento de planes de facilidades de pago
🔎 Condición: hasta tres (3)facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde 01/03/2020
📆 Período: 25/03/2020 al 27/09/2020

🔥 Gas licuado. Garrafas: precios máximos hasta 27/09/2020

📅 Vigencia: 25/03/2020

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