Dec 313/2020. Ingreso al país. Coronavirus. Prohibición. Excepciones

Se amplían las restricciones al ingreso al país  en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 260/2020)

❌ Prohibicióningreso a la República Argentina.
👩‍👩‍👧‍👦 Sujetos: personas residentes en el país y Argentinos con residencia en el exterior.
🔎 Excepciones: sin síntomas y :
✔  afectadas al traslado de mercaderías por operaciones Comercio Internacional (mercaderías)
✔  transportistas y tripulantes (barcos y aviones)
✔  vuelos y traslados sanitarios
✔  en tránsito aéreo con ingreso el 27 o 28/03/2020

📅 Vigencia: 27/03/2020

Com A 6945. BCRA. Cajeros automáticos. Comisiones y cargos. Cargo. Suspensión

Se establece la prohibición de determinados cobros por parte de entidades financieras en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541,  Dec 260/2020 y Dec 297/2020)

👩‍🦱🧑 Usuarios: todos sin distingo alguno
🏧 Operatoria: uso de cajeros automáticos (depósitos, extracciones, consultas, etc)
💰 Conceptos: cargos y comisiones
🚫 Cobro: prohibición
📆 Plazo: hasta el 30/06/2020

Dec 315/2020. Salud. Coronavirus. Personal. Asignación estímulo. $ 5.000

Sestablece una asignación extraordinaria para determinado trabajadores vinculados directamente al tratamiento de la salud a causa del “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541 y Dec 260/2020)

📌 Carácter: asignación estímulo.
🏥 Sector: instituciones asistenciales del sistema público, privado y de la seguridad social.
‍👩‍⚕️👨‍⚕️ Trabajadores: profesionales, técnicos y técnicas, auxiliares y ayudantes en relación de dependencia que presten servicios, relacionados con la salud.
🕦 Requisito: prestación presencial y efectiva.
💲 Monto: $ 5.0000.
📆 Período: abril, mayo, junio y julio 2020
🏛 Costo: a cargo del Estado Nacional.

📅 Vigencia: 28/03/2020

Res Gral 11/2020. IGJ. Sociedades. Administración y gobierno. Reuniones. Coronavirus. Modalidad a distancia

Se dispone la factibilidad de realizar determinadas reuniones societarias no presenciales en el marco del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en la República Argentina a causa de las medidas extraordinarias dispuestas por el “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541Dec 260/2020Dec 297/2020)

📌 Entidades: sociedades sujetas a inscripción ante la IGJ
🧑👩‍🦱 Reuniones: órgano de administración o de gobierno.
💻Modalidad: a distancia
🔎 Requisitos:
✔ Comunicación simultáneamente entre ellos
✔ Libre accesibilidad de todos los participantes
✔ Uso de plataformas con transmisión simultánea de audio y video
✔ Grabada en soporte digital (conservación 5 años)
✔ Transcripción en libro social
✔ Convocatoria y comunicación: informe de medio de comunicación elegido y cuál es el modo de acceso
✔  Organo de fiscalización: voz y voto

🏢 Asociaciones civiles: incorporación de correo electrónico como medio para convocar a reuniones de Comisión Directiva, Consejo de Administración y Asambleas.

📅 Vigencia: 4/04/2020

Vencimientos AFIP: sin prórroga vulnera principios Constitucionales

Consideraciones y fundamentos del aplazamiento de los plazos en el cumplimento de las obligaciones fiscales: presentación y pago de impuestos, tasas y previsionales a causa de la emergencia sanitaria por el “Coronavirus COVID-19”
🚫🏭 La prohibición del ejercicio de la actividad económica y su colisión con los principios constitucionales de "razonabilidad" y "equidad".
😷 📉 La transformación de una emergencia en salud hacia una crisis económica.
🚷👨‍💼👩‍💼 Imposibilidad del trabajo de Contadores en la liquidación de impuestos y sueldos.
💡 Lineamientos para una justa prorroga.

[26/03/2020] Sumario Boletín Oficial de la Nación

Sumario completo y acceso directo a normas de interés profesional

RN. Dec 297/2020. Coronavirus. Emergencia Sanitaria. Ingreso a la Provincia. Restricción

[dropcap]S[/dropcap]e restringe hasta el 31 de marzo inclusive, el ingreso a la provincia de Río Negro de toda persona que no tenga domicilio en la misma, salvo excepciones debidamente acreditadas. Excepciones: 🚗🚶 Desplazamiento al lugar de trabajo (prestaciones esenciales) 👷‍♂️ Asistencia de familiar  🌐 Asistencia sanitaria 🚌🛒 Transporte de productos esenciales 🚌🛢Transporte de cargas generales y transporte público de pasajeros (solo efecto de tránsito o paso)

RN. Dto 265/2020. Coronovirus. Ministerio de Salud. Instrucciones. Multa

[dropcap]S[/dropcap]e establece una sanción de multa de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000.-) a toda persona que no acatare o manifestare resistencia a las disposiciones, órdenes, instrucciones o protocolos emitidos por el Ministerio de Salud, en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta ante la situación de Coronavirus COVID-19, en todo el territorio de la provincia de Río Negro.

NQN. Dto 390/2020. Coronavirus. Prestaciones Básicas. Atención al público. Horario. Reducción

[dropcap]S[/dropcap]e dispone por razones de salubridad general, como horario de atención al público para todos los locales comerciales en el territorio de la Provincia del Neuquén habilitados por la excepción dispuesta en el artículo 6º del Decreto N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional y sus normas complementarias, entre las 09:00 y las 19:00 horas. En igual sentido se establece como horario exclusivo de circulación de los desplazamientos mínimos e indispensables entre las 08:00 y las 20:00 horas.  👷‍♂️🛒 Atención al público: de 09:00 a 19:00 horas. 🚶‍♂️🚧 Circulación por desplazamiento mínimo: De 08:00 a 20:00 horas.

CABA. Ley 6298. Ley Impositiva. Código Fiscal. Modificación

[dropcap]S[/dropcap]e introducen modificaciones a la Ley Tarifaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2020 y al Código Fiscal Provincial vigente. Respecto a la tarifaria, se adecúa la misma al esquema de alícuotas establecido en la cláusula transitoria de la Ley 6280 con motivo de la suspensión del esquema de reducción de alícuotas del Consenso Fiscal.

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