ARCA reglamenta el procedimiento del "Régimen Penal Tributario" para ingresar y acreditar el importe adicional del 50%, requisito necesario para la procedencia de la extinción de la acción penal (reparación integral del delito fiscal). La resolución establece la forma de pago mediante VEP, la acreditación judicial del ingreso y el procedimiento de reimputación para pagos efectuados con anterioridad (2do parraf, art 16, Ley 27.430, texto según Ley 27.799, art 11)
⚖️ Régimen: Penal Tributario (Ley 27.430 art.16)🎯Extinción acción penal en curso: reparación integral (opción Ley 27.799, art 11)📄 Reglamentación: pago total + 50% dentro de los 30 días hábiles después notificación 🔎 Delitos✅ Comprendidos: evasión simple y agravada tributarios y previsionales, beneficios fiscales❌ Excluidos: apropiación indebida de tributos y previsionales💻 Pago: vía VEP (Form. 2712 "Pago Adicional del 50% - Art. 16 Ley 27.430".🔢 Cálculo: automático (adicional sobre capital cancelado e intereses cancelados)📑 Acreditación: Comprobante de pago+VEP+ vía judicial⚠️ Denegación extinción acción penal: reintegro vía repetición.
📅 Vigencia: 28/07/2026
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