Res Gral 4690/2020. AFIP. Deudas. Moratoria. Plan de pagos. MiPyME y Entidades. Adhesión. Beneficios....

Sprorrogan diversas fechas del  “Régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y Aduaneras” en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 316/2020 y Res Gral 4667/2020)

SUJETOS
🏭 1. MiPyME con “Certificado MiPyME” vigente (SePyME) -incluye a Monotributistas y determinados Autónomos-
🏥 2. Entidades civiles sin fines de lucro: Asociaciones, Fundaciones, Cooperativas, Mutuales y otras

NUEVOS PLAZOS
📆 Adhesión: hasta 30/06/2020 (ant. 30/04/2020)
1️⃣ Adhesión 120 cuotas (60 c. Seg Social): 17/02/2020 al 29/05/2020 (ant. al 31/03/2020)
2️⃣ Adhesión 90 cuotas (40 c. Seg. Social): 30/05/2020 al 30/06/2020 (ant. al 30/04/2020)
🏁 Primer cuota. Vencimiento: unificado 16/07/2020 (ant. según fecha de consolidación)

📅 Vigencia: 01/04/2020

jefatura

Dec Adm 446/2020. JGN. Aislamiento social. Coronavirus. Aislamiento. Excepciones. Certificado único. Vigencia. Prórroga

Sdispone una nueva fecha de vigencia y modificaciones a sujetos obligados del "Certificado para circular libremente" en el marco del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en la República Argentina a causa del “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541Dec 260/2020Dec 297/2020 y Dec 429/2020 y Res 48/2020

👨‍👩‍👧‍👧 Sujetos obligados. Trabajadores de actividades y servicios esenciales: servicios funerarios; obra pública; supermercados, minoristas, Farmacias, Ferreterías; Veterinarias;  Industrias de alimentación, higiene, limpieza e insumo médicos, Reparto a domicilio; Lavandería, vigilancia, limpieza y guardia y guardias en yacimientos petroleo y gas y transporte sector energía y combustibles.
✔🚗 Circulación: “Certificado Único Habilitante para Circulación–Emergencia COVID-19”
📝 Emisión: vía “Trámites a Distancia” (TAD).
🔎 Verificación datos y consentimiento: derogación.
📆 Validez: hasta plazo de "aislamiento" (ant. 7 días corridos)

👮‍♀️ Obligatoriedad. Nueva fecha: Lunes 06/04/2020

📅 Vigencia: 01/04/2020

Res 279/2020. MTESS. Trabajadores. Coronavirus. Aislamiento social. Reglamentación. Sustitución

Se sustituye la reglamentación de diversos aspectos laborales  en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020 , Res 202/2020 y Dec 297/2020)

👷‍♂️ Trabajadores bajo aislamiento social: 1) No asistencia laboral presencial. 2) Factibilidad de realización desde el hogar.
🏖 Imposibilitad de asistencia o teletrabajo. Efectos: no constituye descanso, vacacional o festivo

HABERES
🏡🖥 Prestación laboral: sin distingo alguno
✔  Actividad esencia, Teletrabajo o imposibilidadremuneración habitual 100%
🛑 No remunerativo: derogación Res 219/2020

🚌🛒🛢TRABAJADORES ACTIVIDADES ESENCIALES 📱🏥 🏗
👷‍♂️ Alcancecontinuas no dependientes (locaciones de servicio), análogas sector privado, becas, pasantías, residencias médicas y pluriempleo o de múltiples receptores de servicios.
🕓 Jornada: reorganización en condiciones adecuadas de salubridad.
🔎 Carácter: personal esencial
💰 Contribuciones SIJP. Reducción: derogación

📅 Vigencia: 28/03/2020 hasta fin emergencia sanitaria

 

Dec 331/2020. Coronavirus. Extranjeros. Ingreso al país. Prohibición. Excepciones. Prórroga

Se prorrogan las restricciones al ingreso al país al 12/04/2020en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 260/2020 y 274/2020)

❌ Prohibicióningreso a la República Argentina.
👩‍👩‍👧‍👦 Sujetospersonas extranjeras no residentes .
🔎 Excepcionessin síntomas y :
✔  afectadas al traslado de mercaderías por operaciones Comercio Internacional (mercaderías)
✔  transportistas y tripulantes (barcos y aviones)
✔  vuelos y traslados sanitarios
📆 Plazo. Nueva fecha hasta el 12/04/2020

📅 Vigencia01/04/2020

Dec 330/2020. Bienes personales. Bienes del exterior. Alícuota. Repatriación. Plazo. Prórroga

Sprorroga el plazo para ejercer la opción de inaplicabilidad de la sobretasa en el  impuesto sobre los bienes personales de aquellos situados en el exterior  (Ley 27.541 y Dec 99/2019, 99/2019 y 116/2019)

🌐 Bienes Personales. Activos en el exterior
Exención sobretasa: repatriación 5% del valor total en entidades financieras del país.
📆 Plazo opción. Nueva fecha: hasta 30/04/2020 (ant. 31/03/2020)
💰 Anticipo sobretasa. No repatriación: sin cambios del pago a cuenta
💲 Afectación posterior total o parcial. Destinoincorporación de afectaciones indistintas a opciones previstas.

📅 Vigencia: 31/03/2020

Dec 327/2020. Procedimientos Administrativos. Plazos. Suspensión. Excepciones. Prórroga

Sprorroga la suspensión de determinados plazos administrativos al 12/04/2020, en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541 y Dec 260/2020)

SUSPENSIÓN DE PLAZOS 

📝 Conceptos alcanzados: Plazos administrativos (Ley 19.549 y otros)
🔎 Exclusiones: trámites administrativos relativos Ley de Solidaridad Social y Reactivación productiva
📆 Plazo: 1 al 12/04/2020

📅 Vigencia: 31/03/2020

Res Gral 4689/2020. AFIP. Ganancias. Precios Transferencia. DDJJ. Plazos. Prórroga

Sextiende nuevamente el plazo de presentación de diversa información del régimen de “Precios de Transferencia” por transacciones internacionales.  DDJJ Form. 741, 743,867 y 4501 y Estados Contables  (Res Gral 1122/2001 y modif)

🌐 EECC: cierres 31/12/2018 al 30/09/2019.
📆 Plazo: hasta 18 al 22/05/2020 (conf. terminación CUIT)

📅 Vigencia: 31/03/2020

Res 103/2020. MDP. Industria Cárnica. Coronavirus. Precios. Régimen de información

Se dispone un régimen informativo para determinados contribuyentes del sector cárnico, en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020 , Res 202/2020 y Dec 297/2020)

🐮 Sujetos. Actividades: Matanza y procesamiento de carne de ganado bovino, operaciones de intermediación de carne y mayorista carnes rojas y derivados
📝 Régimen: informativo diferencial
📆 Periodicidad: semanal
🛑 Plazo: último día hábil
🔎 Datos: 1) cantidad diaria Kg. media res y cuero vacunos comercializados, 2) precio promedio diario de venta y 3) categoría origen
💻 Sistema: Trámites a Distancia (TAD)
👮‍♀️ Sanciones: apercibimiento, multa hasta $ 10 millones UM, suspensión y clausura.

📅 Vigencia: 01/04/2020 al 30/06/2020

Res 8/2020. MTESS. Coronavirus. Subsidios. No registrados, Monotributistas, Desocupados, Casas particulares. $ 10.000

Sdispone la reglamentación del subsidio para determinadas personas humanas en el marco del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en la República Argentina a causa de las medidas extraordinarias dispuestas por el “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541Dec 260/2020 , 297/2020 y 310/2020)

👷‍♂️ Sujetos: personas afectadas por la situación de emergencia sanitaria “Coronavirus COVID-19”
🖊 Tipo: prestación excepcional monetaria no contributiva por grupo familiar
BENEFICIARIOS
✔ Desocupados
✔ Se desempeñen en la economía informal
✔ Monotributistas categorías “A” y “B”
✔ Monotributistas Sociales
✔ Trabajadores/as de casas particulares (formal o informal)
🔎 REQUISITOS
❌ Precisión: 1) Alcance de incompatibilidades por otros planes y programas sociales,2) Evaluación socioeconómica y patrimonial, 3) Otorgamiento y pago y 4) Control, supervisión y recupero de percepciones indebidas.
📅 Vigencia: 31/03/2020

Dec 320/2020. Alquileres. Coronavirus. Desalojo. Suspensión. Contrato. Valor. Pago

Sestablecen medidas en relación a determinados contratos de locación en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541 y Dec 260/2020 y 297/2020)

📝 Obligaciones: alquileres. 
⚖❌  Desalojos: suspensión. 
📃 ✔ Contratos vencidos desde 20/03/2020: prórroga automática.
Monto: congelamiento valores a Marzo 2020.
💰 Diferencia de valores o Falta de pago: plan de pago de 3 cuotas.
🏦 Pago: comunicación a inquilino opción vía banco (transferencia o cajeros automáticos)

CONTRATOS
🏡🏢🚜Inmuebles: vivienda única urbana o rural; actividades culturales o comunitarias; rurales pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias; alquilados por: Monotributistas, profesionales, MiPyMEs y Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas
🏨🛌Habitaciones: en vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares.

🚫 EXCEPCIONES 🚫 
✔ Si Locador depende de ingresos del inmueble alquilado
✔ Contratos de arrendamiento y aparcería rural
✔ Contratos de locación temporarios

📅 Vigencia: 29/03/2020

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