La ARCA, mediante la Res Gral 5923/2026 (BO. 05/11/2026), instrumenta la prórroga hasta el 30/06/2027 de la suspensión del inicio de ejecuciones fiscales y la traba de medidas cautelares, dispuesta por el Ministerio de Economía mediante la Res 1899/2026. Amplía su alcance a MiPyMEs y pequeños contribuyentes, estableciendo los requisitos registrales para acceder a la medida, y mantiene determinadas excepciones (Res 1445/2024 y modf. ultm 1859/2026 y Res Grales 5628/2024 y ultl 5885/2026)
💰 Deudas fiscales: a cargo de fiscalización y recaudación de ARCA.⚖️ Medida: suspensión del inicio de ejecuciones fiscales y traba de medidas cautelares (embargos).📅 Plazo: hasta el 30/06/2027, inclusive.
👥 Sujetos🏥 Entidades sin fines de lucro y sector Salud: continuidad del beneficio. Registradas en ARCA al 29/10/2026.🏭 MiPyMEs (nuevo): con Certificado vigente al 29/10/2026 (Cod. ARCA 272,274, 351 o 352)👤 Pequeños contribuyentes (nuevo): personas humanas y sucesiones ind. (Cod. ARCA 547)
🚫 Excepciones: grave afectación de intereses fiscales, caducidad de instancia o prescripción inminente.📅 Vigencia: 05/11/2026
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![[04/11/2026] Sumario Boletín Oficial de la Nación](https://tributum.news/wp-content/uploads/2018/10/boletín-oficial-de-la-nacion-min-218x150.jpg)






