p>La ARCA , mediante la Res Gral 5924/2026 (BO 05/11/2026), modifica el régimen especial de facilidades de pago para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro (RG 5875/2026 y modificatorias), ampliando las obligaciones regularizables a las vencidas hasta el 31/10/2026 y prorrogando la adhesión hasta el 30/06/2027. Las nuevas obligaciones podrán incorporarse al sistema desde el 16/11/2026.

🏢 Sujetos: MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro (ESFL).💰 Deudas Fiscales: vencidas y multas al 31/10/2026 (ant 30/06/2026).📉 Tasa: 2,75% mensual, sin quitas.📆 Cuotas mensuales: según sujeto (mínimo $50.000).❌ Cantidad de planes: sin límite.❌ Perfil de Riesgo Fiscal (SIPER): no determina cuotas ni porcentaje de pago a cuenta.

1️⃣ 🏢 Micro y Pequeñas Empresas, pequeños contribuyentes y ESFL📆 Cuotas: hasta 9 (retenciones y percepciones impositivas) y 18 (obligaciones generales).💵 Pago a cuenta: 5%.

2️⃣ 🏭 Medianas Empresas. Tramos 1 y 2📆 Cuotas: hasta 7 (retenciones y percepciones impositivas) y 15 (obligaciones generales).💵 Pago a cuenta: 10%.

📆 Adhesión y aplicación⏳ Adhesión. Nuevo plazo: hasta el 30/06/2027 (ant 30/12/2026).💻 Procedimiento: servicio web «Mis Facilidades», opción «Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 31/10/2026».👍Disponibilidad: desde lunes 16/11/2026

📅 Vigencia: 05/11/2026

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