ARCA adecua las RG 2111 y 3900 a las exenciones incorporadas por el Dec. 475/2026 del impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias para determinados sujetos y operaciones aplicable a empresas de cobranzas electrónicas, agencias complementarias de servicios financieros y operadores de fondos de terceros, e incorpora nuevas exenciones para Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), empresas de tarjetas y transportadoras de caudales, al procedimiento fiscal e inscripción al Registro de Beneficios Fiscales (Ley 27.541, Dec 380/2001 y modif y Dec 475/2026)
💰 Gravamen: Impuesto a los débitos y créditos en cuentas bancarias y otras (Impuesto al cheque)🆓 Tratamiento: exención. Nuevos sujetos y operaciones (Dec 475/2026)📝 Registro de Beneficios Fiscales: inscripción obligatoria
SUJETOS y OPERACIONES💳 Empresas de cobranzas electrónicas🏧 Efectivo en cuentas👥 Agentes oficiales y complementarios de servicios financieros🔁 Fondos de terceros:🪙 Proveedores de Servicios de Activos Virtuales registrados ante CNV (criptoactivos)📝 Registro obligatorio💳 Empresas de tarjetas (prestamos bancarios y ON)🚚 Transportadoras de caudales
📅 Vigencia: 29/06/2026📅 Efectos: hechos imponibles desde 18/06/2026
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![[26/06/2026] Sumario Boletín Oficial de la Nación](https://tributum.news/wp-content/uploads/2018/10/Tributum-Logo-min-218x90.png)






