Se dispone la creación del "Régimen de Tiendas Libres de Impuestos en Frontera Terrestre": venta minorista de mercaderías nacionales y extranjeras a viajeros que ingresen o egresen del país, bajo las reglas del régimen de equipaje. La instalación de los locales requerirá autorización comercial del Ministerio de Economía y habilitación aduanera de ARCA, que también ejercerá el control de franquicias, límites y operaciones. Preexistencia del régimen en Aeropuertos de Free Shop / Duty Free (Ley 22.056 y Res GMC 64/2018. Mercosur)
🏛️ Régimen: Tiendas Libres de Impuestos (Duty Free) en frontera terrestre (ant sólo en Aeropuertos)👥 Destinatarios: viajeros que ingresen o egresen del país.🛍️ Operaciones: venta minorista de mercaderías nacionales y extranjeras sin finalidad comercial.📍 Ubicación: pasos fronterizos habilitados o recintos especialmente habilitados por ARCA.
🏢 Habilitación: autorización comercial previa del Ministerio de Economía + habilitación aduanera de ARCA.💰 Controles, franquicias y topes: conforme vigentes "régimen de equipaje"👉 Tope: u$s 300 -adultos- y u$s 150 -menores- (excedente: pago 50%)👉 Periodicidad: mensual📡 Control: ARCA fiscalizará operaciones, franquicias y habilitaciones.⚠️ Incumplimientos: suspensión, caducidad de habilitaciones y sanciones aduaneras, tributarias o penales.
🚫 Mercaderías excluidas❌ Armas y municiones.❌ Productos de tabaco y cigarrillos.❌ Maquinaria agrícola, industrial, comercial o de servicios.❌ Electrodomésticos de gran porte.❌ Materiales para construcción.❌ Neumáticos.❌ Tejidos, hilados y calzado (salvo zapatillas deportivas y ojotas/chancletas).❌ Además, el Ministerio de Economía podrá ampliar el listado.
📅 Vigencia: 11/06/2026.📅 Aplicación: conforme vigencia normas complementarias de Economía y ARCA (máximo 30 días corridos).
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