Se dispone flexibilizar el régimen de apertura no presencial de cuentas bancarias (CA y Cta Cte), permitiendo que las entidades financieras asignen cualquier casa operativa o sucursal para la radicación de las cuentas abiertas digitalmente. 

🏦 Sujetos: entidades financieras habilitadas por BCRA🏢🚶‍♀️Clientes: personas humanas y jurídicas (60 días plazo documentación)💰 Cuentas: Cajas de ahorro, especiales y Cuentas corrientes💻 Cuenta digital: apertura y cierres por medios electrónicos o de comunicación.📍 Radicación: la entidad podrá asignar cualquier sucursal o casa operativa.

📅 Vigencia: 05/06/2026

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