Rio Negro. Dto. 1019/2019. Emergencia Agropecuaria. Desastre. Declaración

Se declara el Estado de Desastre y/o Emergencia por causa de lluvia y granizo en cultivos fruti-hortícolas, frutos secos y vid , en los departamentos de Pichi Mahuida, Avellaneda, General Roca y General Conesa por el término de un año. Por igual término se exime, total o parcialmente en función del nivel de afectación, del pago del impuesto inmobiliario de inmuebles rurales y subrurales, del impuesto a los automotores, y del impuesto de sellos.

CBA. Res. 218/2019. MF. Ingresos Brutos. Contribuyentes Locales. Registro Único Tributario. Adhesión

Se dispone la incorporación de los sujetos inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos como contribuyentes locales en la Provincia de Córdoba, al Registro Único Tributario-Padrón Federal aprobado por Resolución General C.A. N° 5/2019 de fecha 13 de junio de 2019, de la Comisión Arbitral Convenio Multilateral del 18/8/77.

Mendoza. Dto 1767/2019. Emergencia Agropecuaria. Desastre. Declaración

Se declara el Estado Emergencia y/o Desastre Agropecuario, en los términos de la Ley Provincial 9083 y Ley Nacional N° 26.509, para las propiedades rurales ubicadas en los Departamentos de Tupungato, Luján de Cuyo y San Carlos de la Provincia de Mendoza, por los efectos de los incendios del 20 y 21 de julio de 2019, en lo que se refiere a la actividad ganadera, hasta el 31 de diciembre de 2020.

NQN. Res 335/2019. DPR. Ingresos Brutos. Exclusión de oficio

Se establece la cancelación de oficio de la inscripción en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos de aquellos Contribuyentes Directos y del régimen de Convenio Multilateral, respecto de los cuales se presuma se encuentran inactivos en función de los parámetros que a tal efecto fija la resolución.

[02/09/2019] Sumario Boletín Oficial de la Nación

Sumario completo y acceso directo a normas de interés profesional

Dec 603/2019. IVA. Canasta alimentaria. Alícuota. Baja al 0%. Cadena de comercialización. Devolución créditos...

Se incorporan los canales de comercialización o distribución mayorista o minorista, beneficiarios de la reducción de la alícuota al CERO POR CIENTO (0%) en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la compra de los determinado productos de la canasta alimentaria comercializados (Aceites, Harinas, Leche, Yerba mate y otros)(Dec 567/2019)

Nuevos contribuyentes beneficiarios: Monotributistas y RI en IVA Micros PyMES ventas hasta $ 23.560.000 y hasta 7 empleados (ventas minoristas)

Créditos Fiscal: facultad a Secretaria de Comercio y AFIP a implementar pago de otros impuestos o devolución.  

Dec 601/2019. Hidrocarburos. Petróleo, Naftas y Gasoil. Precio. Tope. Congelamiento

Se modifica la restricción que no podrá ser superior al precio vigente al 09/08/2019 y hasta el 13/11/2019: 1) Las entregas de petróleo crudo efectuadas en el mercado local (tipo de cambio de referencia $ 46,69/USD y BRENT USD 59/bbl) y 2) Naftas y gasoil en todas sus calidades (Ley 26.741 y Dec 566/2019)

Precio surtidor en bocas de expendio (estaciones de servicio):  no podrá ser superior al vigente al 09/08/2019

Dec 607/2019. Combustibles Líquidos. Impuesto. Monto. Actualización. Efectos. Nuevo diferimiento

Se establece que el incremento en los montos del impuesto sobre los combustibles líquidos surtirá efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir de las siguientes fechas (Ley 23.966, 27.430 y Dec 501/2018, 381/2019, 441/2019, 531/2019 y 566/2019)

Gasolina, Solvente, Aguarrás y otros: desde el 01/09/2019 incrementos totales.
Naftas y Gas Oil: 1) Sept a Dic 2019: monto de impuesto al 31/08/2019 y 2) Dic 2019: incrementos totales.

Vigencia: 01/09/2019

Res Gral 4568/2019. AFIP. MiPyME. Sistema Registral. Potencial. IVA tasa 0%. Alcance

Se establece un proceso sistémico mediante el cual se los caracterice como “Potencial Micro, Pequeña Mediana Empresa – Tramo I y II”, a fin de acceder a determinadas condiciones especiales en los planes de facilidades de pago, en la aplicación del régimen tributario -tasas diferenciales, exclusión de regímenes de retención y/o percepción, etc- y en otras operatorias

Parámetros: Ventas DDJJ del IVA promedio últimos 3 años
Monotributistas:  caracterizados como “Potenciales Micro Empresas”.
Periodicidad: Categorización automática anual 1 al 15 de Mayo

IVA. Canasta alimentaria. Alícuota. Baja al 0%: los beneficiaros deberán encontrarse caracterizados en el “Sistema Registral” como “Micro Empresa” o o “Potencial Micro Empresa” (Dec 567/2019).

Procedimiento: “Registros Especiales”, opción “Características y Registros Especiales” y seleccionar la caracterización “438 - Beneficio Decreto 567/19 - IVA Tasa 0”.

 

Res Gral Cjta 4567/2019. AFIP. MAGP. Carnes. Comprobantes. Remito Electrónico Cárnico. Registro. Sanciones

Se podrá disponer la suspensión preventiva del operador en el REGISTRO ÚNICO DE LA CADENA AGROALIMENTARIA, en aquellos casos de Operadores informados por AFIP y/o detectados por la mencionada Dirección Nacional que recurrentemente: 1) no hayan emitido el Remito Electrónico Cárnico y 2) indique un destinatario que no se corresponde con el real (Res Gral 4256/2018 y modif)

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