Desde el día de ayer ya se encuentra habilitada la opción para financiar a una tasa del 2,75% mensual los saldos a pagar de los impuestos a las ganancias -general y aquel simplificado «inocencia fiscal-, Bienes Personales y Renta financiera anual 2025 de personas Humanas (Res Grales 5321/2023 y modif. DDJJ anuales: 5481/2024, 5656/2025 y 5681/2025)
🤔 PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES
🚶♀️Sujetos: Personas Humanas
💰 Gravamen: Ganancias y Bienes Personales
📅 Período DDJJ: anual calendario 2025
💲 Saldo. Pago: vía plan de pagos vigente «DDJJ anuales» (ex-mini plan)
📌 Línea temporal: plazo en su solicitud
🔎 Variabilidad condiciones: según Contribuyente y SIPER
🏦 Cuotas: 2 a 6
💸 Pago a cuenta: 17% al 28%
📅 Tasa mensual: 2,75% (unificada)
🙋♂️ Solicitudes:
1️⃣ DDJJ anual específico: desde Julio a Dic 2026
2️⃣ Deuda general: a partir de Enero 2027
💻 Pantallas paso a paso
🖼️ Tabla y cuadro de ágil lectura.
🤔 1. ¿Cuáles son las características del “Mini Plan” para el pago financiado del saldo de las DDJJ año 2025 de Ganancias y Bienes Personales de personas Humanas?
Los planes de pago para cancelar el impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales por el año fiscal calendario 2025 paar personas Humanas, están comprendidos en aquellos denominados «permanentes» ítem «Plan deuda impuestos anuales» -desde Febrero 2023 sustituye al anterior “mini plan”- (Res Gral 5321/2023 y modif. ultm. 5681/2025) . La cantidad de cuotas, planes y el quantum del pago a cuenta, varían en función del contribuyente y su perfil de cumplimiento, y la temporalidad en su solicitud de adhesión y tipificación, en la clasificación «Anual» o «General», tal como adelantáremos desde «Ganancias y Bienes personales: claves para la liquidación Personas Humanas DDJJ 2025″, Tributum.news, 23/06/2026 y conforme el plazo del vencimiento anterior en Junio 2025 desde «Ganancias y Bs Personales DDJJ 2025: Mini Plan de pago permanente unificado. Tabla y línea temporal de solicitud de adhesión», Tributum.news, 04/05/2026
💡 IMPORTANTE:
1️⃣ Tasa de interés mensual: 2,75% para todos los Contribuyentes (no hay distingo alguno)
2️⃣ Solicitud. Plazo: desde el 01/07/2026 -mismo mes vencimiento del pago DJ- hasta el 31/12/2026 podrán incluirse únicamente en aquel de «impuestos anuales».
🤔 2. ¿Cómo solicito el plan de pagos desde la web de ARCA?
Compartimos más abajo las capturas de pantallas del servicio «Mis Facilidades» considerando un sujeto caracterizado como «demás contribuyentes» y perfil de cumplimiento «I», el cual podrá optar por financiar el saldo de su DJ de por ejemplo $ 1.000.000 (una por Ganancias y otra por Bienes Personales) en hasta tres cuotas mensuales a una tasa del 2,75% mensual -alícuota para todos- y un pago a cuenta obligatorio del 17%, dadas las características del mismo (gentileza Cdr. Esp. Juan Pablo Manzur)





🤔 3. ¿Qué sucede si no presento la DDJJ anual o caduca el plan de facilidades?
La DDJJ anual debe estar presentada para poder incluir la deuda en el plan de facilidades de pago. Por otra parte, si el plan de facilidades solicitado caduca por falta de pago o bien únicamente se ha presentado la DJ determinativa:
✔ ARCA podrá iniciar o continuar las acciones de cobro, incluida la ejecución fiscal y embargo preventivo.
✔ Ante el decaimiento del plan, el saldo adeudado vuelve a ser exigible.
✔ El contribuyente podrá regularizar posteriormente la deuda mediante un nuevo plan ítem «Deuda general» con diversas condiciones en su otorgamiento.












