Res Gral 4636/2019. AFIP. IVA. Ganancias. Medios de pago electrónicos. Retención. Monotributo y No...

Se modifica el régimen de retención en el IVA y otro en el impuesto a las Ganancias aplicable a las liquidaciones que se efectúen a los comerciantes, locadores o prestadores de servicios por la utilización de servicios electrónicos de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros (Res Gral 4622/2019)

📌 MONOTRIBUTISTAS O QUE NO ACREDITEN INSCRIPCIÓN IVA/EXENTO
Sujetos pasibles. Incorporación: requisito de habitualidad (más de 10 operaciones y mayor a $ 50.000) a partir 01/12/2019

💻 Sistema. Incorporación:  “Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE)”,
💰 Importes retenidos 19 al 25 Nov 2019: su reintegro
📅 Vigencia. Prórrogas:
   1️⃣ 01/06/2020: medios de pago electrónicos Débito Inmediato (DEBIN) y Pago Electrónico Inmediato (PEI).
   2️⃣ 16/12/2019: resto de los medios de pago electrónicos.

Res Gral 4634/2019. AFIP. Inscripción. Alta. Domicilio Fiscal. Requisitos. Estatuto

Se modifican los requisitos a los fines de acreditar la existencia y veracidad del domicilio fiscal denunciado al momento de la inscripción ante AFIP y para realizar las altas, bajas o modificaciones de los respectivos datos (Res Gral 10/1997 y modif)

1️⃣ Incorporación: Estatuto o contrato social y, en su caso, el acta de directorio o del instrumento emanado del órgano máximo de la sociedad, o instrumento constitutivo inscrito y actualizado, en los casos que el domicilio fiscal declarado coincida con el domicilio legal obrante en el citado documento.
2️⃣ Eliminación: quienes no hayan constituido Domicilio Fiscal Electrónico.

3️⃣ Solicitud: al menos UNO (1) de la nómina: DNI, Certificado domicilio, Acta, Servicio, Titulo , Cuenta bancaria, Tarjeta de crédito , Habilitación municipal u Estatuto
📅 Vigencia: 25/11/2019

[22/11/2019] Sumario Boletín Oficial de la Nación

Sumario completo y acceso directo a normas de interés profesional

Res Gral 10/2019. CACM. Ingresos Brutos. Base imponible. Distribución. Coeficiente unificado

Se establece que a los efectos del cálculo del coeficiente unificado de la distribución entre las distintas jurisdicciones del monto imponible total en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, se consideran los ingresos y gastos que:

1️⃣ Surjan del último balance cerrado en el año calendario inmediato anterior o si no se practicara balance comercial de acuerdo a los ingresos y gastos determinados en el año calendario inmediato anterior
2️⃣ Cuando no fuera posible contar con la información, deberá utilizarse el coeficiente unificado del año anterior en los tres primeros anticipos del año calendario y ajustar el cuarto.

ISIB. Convenio Multilateral: controversias en la distribución de gastos

Repaso de algunas cuestiones debatibles relacionadas con el cómputo o no, de  determinados gastos: Marco normativo (Leyes, Res CA), Jurisprudencia administrativa y judicial y Doctrina rectora en la materia. Diversas posturas y sus fundamentos.

💰 Deudores incobrables: ¿Computables  para el cálculo del coeficiente?
🛢Regalías hidrocarburíferas o mineras: Naturaleza jurídica y sus efectos.
👷‍♂️ Cargas Sociales: Carácter tributario de las contribuciones

Res Gral 11/2019. CACM. Ingresos Brutos. DDJJ mensual y Anual 2019. Vencimientos. Calendario 2020

Se establecen las fechas de vencimiento para la presentación y pago de las DDJJ  del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al universo de contribuyentes que liquidan el gravamen bajo las normas del Convenio Multilateral.

📄 Obligaciones. DDJJ: 1) Mensuales CM03 y CM04 y 2) Anual CM05
📅 Periodo Fiscal: Anual 2019 y Mensuales 2020
🔎 Nuevos feriados coincidente: traslado día hábil sig y sucesivos igual

NQN. Proyecto 12925. Ley Impositiva 2020

Con fecha 5 de noviembre del corriente, se remite a la Legislatura el proyecto que propone el régimen impositivo para el año 2020 en la Provincia del Neuquén. En cumplimiento con el consenso fiscal suscrito por las provincias y nación, se establece la disminución de alícuotas y mínimos para determinados rubros de actividades en el impuesto sobre los ingresos brutos como así también en el impuesto de sellos. Adicionalmente, se mantiene la reducción de alícuotas para pequeños contribuyentes, del 2% o 3,5% en función de los ingresos totales 2018 y se actualizaron los importes fijos a tributar por contribuyentes adheridos al régimen simplificado. En el caso del impuesto inmobiliario, Catastro incrementó el valor de la tierra y de lo construido en un 55 %. Fuente: https://www.legislaturaneuquen.gob.ar

NQN. Proyecto 12928. Código Fiscal Provincial. Modificación

Se eleva el proyecto de reforma del Código Fiscal provincial vigente, dentro del cual se destacan las siguientes modificaciones: Se propone receptar la figura de «responsable sustituto», el cual se vincula al cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes que no revistan calidad de residentes en el territorio nacional. En materia de impuesto de sellos se modifican los artículos 80, 228 y 268 adaptando los mismos a la modalidad de autoliquidación del impuesto por parte de los contribuyentes a través de declaración jurada. En el impuesto inmobiliario, se modifica la redacción de la letra del artículo 173 del Código Fiscal que consagra el Régimen Especial de Desarrollos Urbanísticos, considerando de manera individual, en cuanto a su valuación para la conformación de la base imponible del tributo, cada una de las parcelas o unidades generadas y que integran el desarrollo urbanístico amparado por este régimen especial. En materia de exenciones - tanto de ingresos brutos, sellos e inmobiliario - se agrega como exención subjetiva al Instituto Provincial de Juegos de Azar del Neuquén (IJAN). Fuente: https://www.legislaturaneuquen.gob.ar

NQN. Proyecto 12930. Estabilidad Fiscal. Prórroga

Se eleva a consideración el proyecto de Ley que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la vigencia de la Ley 3175 de estabilidad fiscal en el impuesto sobre los ingresos brutos para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyME) referidas en el artículo 1.º de la Ley nacional 25 300 —y sus normas complementarias. Además, se autoriza al Poder Ejecutivo provincial a prorrogar los términos de la presente hasta el 31 de diciembre de 2021.  

NQN. Ley 3212. Ingresos Brutos. Vehículos eléctricos y alternativos. Exención

Se establece una exención para los ingresos derivados de la venta en comisión de autos, camionetas, utilitarios, motocicletas y vehículos no clasificados en otra parte, nuevos o usados, cuando se trate de vehículos eléctricos y alternativos. La inscripción de dichos vehículos, también gozará de exención del impuesto de sellos.

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