NQN. Res 106/2020. DPR. Ingresos Brutos. Régimen Simplificado. DJ Anual. Vencimiento. Prórroga

[dropcap]S[/dropcap]e prorroga al 31/03/2020 la fecha de presentación de la Declaración Jurada Anual para los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia del Neuquén, adheridos al Régimen Simplificado, cuyo vencimiento estaba previsto originalmente para el 28/02/2020.

NQN. Res 089/2020. DPR. Procedimiento. Clave Fiscal Neuquén. Registración. Autenticación

[dropcap]S[/dropcap]e establece el procedimiento de registración, autenticación de usuarios y clave fiscal denominado "Clave Fiscal Neuquén (CFN)", a los fines de habilitar a las personas humanas y jurídicas a utilizar y/o interactuar a través del sitio web de la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia del Neuquén, los servicios informáticos que el organismo ponga a disposición, conforme los niveles de seguridad otorgados. 🔑 Niveles de CFN: 📌 Nivel de seguridad 1: Complejidad baja. trámite vía web 📌 Nivel de seguridad 2: Complejidad media. contribuyentes titulares o responsables de algún tributo administrado por DPR. La adquieren vía web los sujetos que poseían clave fiscal otorgada con anterioridad. 📌 Nivel de seguridad 3: Complejidad alta. Se operan todos los servicios que pone a disposición la DPR: cuenta corriente tributaria, auto liquidación de sellos, suscripción de planes, entre otros. Trámite presencial.

NQN. Res 90/2020. DPR. Procedimiento. Sistema Neuquino de Administración Tributaria y Autogestión. SiNATra. Aprobación

[dropcap]S[/dropcap]e establece, a partir del 26 de febrero del 2020, el uso obligatorio por parte de los agentes de la Dirección Provincial de Rentas del nuevo Sistema Neuquino de Administración Tributaria y Autogestión, denominado "Si.N.A.Tr.A". Además, se aprueba la boleta única de pago para todos los tributos que administra la DPR Neuquén.

NQN. Res 91/2020. DPR. Procedimiento. Ingresos Brutos. Cuitificación

[dropcap]S[/dropcap]e establece, a partir del 01/03/2020, como única identificación para todos los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Directos de la Provincia del Neuquén, la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T) otorgada por la AFIP.

NQN. Res 92/2020. DPR. Procedimiento. Domicilio Fiscal Electrónico. Implementación

[dropcap]S[/dropcap]e implementa el Domicilio Fiscal Electrónico "DFE" conforme lo establecido en el artículo 29 bis del Código Fiscal Provincial vigente de la Provincia del Neuquén. 🌐 Sujetos Obligados: Responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto de Sellos y Agentes del sistema de recaudación. Inmobiliario solo si evidencia acceso web. 🔎 Efectos: Domicilio fiscal constituido. Válidas todas las notificaciones. 💡 Acceso: "www.dprneuquen.gob.ar". Plataforma Informática, utilizando Clave Fiscal Neuquén. ❌ Norma derogada: Resolución 359/DPR/2017

FACPCE : Directores, Administradores y/o Socios de sociedades. Su situación como MiPyME

La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) presentó el día 27/02/2020, una nota a la Lic. Leticia Cortese en relación con el Registro MiPyME y la situación de los directores, administradores y/o socios de sociedades.

🤓 Análisis normativo de su inclusión como MiPyME.
👨‍💼👩‍💼Prestación independiente exenta en IVA.
🖥 Código de actividades 702091 y 702092 en Tablas MiPyME.
💰 Efectos: imposibilitad de adhesión a Moratoria Ley 27.541.

Res Gral 4677/2020. AFIP. Agentes IVA. SIRE. Retenciones. Vigencia. Nueva prórroga

Sprorroga -nuevamente- la vigencia en la incorporación obligatoria de determinados sujetos al Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) (Res Gral 4523/2019, 4595/2019 y 4640/2019)

📌 Sujetos: Agentes de retención y/o percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) 
📄 Obligaciones: información e ingreso de las retenciones y/o percepciones del IVA a través del “SIRE”

📅 Vigencia. Nueva fecha: 01/09/2020

[28/02/2020] Sumario Boletín Oficial de la Nación

Sumario completo y acceso directo a normas de interés profesional

[27/02/2020] Sumario Boletín Oficial de la Nación

Sumario completo y acceso directo a normas de interés profesional

Dec 184/2020. Impuesto País. Recursos. Distribución. Destino previsional, obras y turismo

Se determina la participación de cada organismo en los porcentajes de lo percibido por la recaudación del “Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)” Ley 27.541

70 POR CIENTO
➡ 60%: ANSES (programas)
➡ 40%: INSSJP (prestaciones)

30 POR CIENTO
➡ 30%: financiamiento viviendas sociales (obras)
➡ 65%: infraestructura económica (obras)
➡ 5%: turismo nacional (fomento)

📅 Vigencia: 27/02/2020

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