Dec 287/2020. Emergencia sanitaria. Coronavirus. Facultades. Ampliación. Abastecimiento
Se amplían las medidas en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, y Dec 260/2020)
🏛 Facultades delegadas: Jefe de Gabinete de Ministro
🛒🏭 Abastecimiento. Sanciones: no exclusión a MiPyME
📝 Organismos públicos: contratación directa de bienes y servicios
📅 Vigencia: 19/03/2020
Res 13/2020. TFN. Coronavirus. Feria extraordinaria. Días inhábiles. Suspensión. Trabajadores
Se establece determinadas medidas en el ámbito del Tribunal Fiscal de la Nación en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020 y Res 202/2020)
❌ Días inhábiles: 16 al 31/03/2020
📆 Plazos procesales: suspensión
💁♂️ Atención al público: no definido
👨💼🏡 Trabajadores: factibilidad de realizar tareas remotamente.
💻Presentaciones digitales TAD: sorteo de vocalias 1/04/2020
Ley 27545 y Dec 268/2020. Supermercados, Autoservicios y Centros de Compra. Ley de Góndolas
[dropcap]S[/dropcap]e sanciona y promulga la "Ley de góndolas"
🎯 OBJETIVOS
✔ Contribuir a que el precio de los productos alimenticios, bebidas, de higiene y limpieza del hogar sea transparente y competitivo, en beneficio de los consumidores;
✔ Armonía y el equilibrio entre los operadores económicos alcanzados
✔ Ampliar la oferta de productos artesanales y/o regionales nacionales de MiPyMES
✔ Fomentar agricultura familiar, campesina e indígena, , cooperativas y/o asociaciones mutuales
🛒 Sujetos: Supermercados, Supertienda, Autoservicios, Cadenas minoristas y mayoristas, y centros de Compra.
🚧 Excepción: Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs)
[su_highlight background="#f6f220"]TEMAS[/su_highlight].
✔ Reglas de exhibición de productos en góndolas
✔ Límites a los abusos de posición dominante.
✔ Promoción de productos regionales.
✔ Código de Buenas Prácticas.
✔ Incumplimiento transitorio por falta de competencia.
✔ Registro
📆 Implementación: 4 (cuatro) meses.
📅 Vigencia: 25/03/2020
Res 21/2020. MTESS. ART. Trabajadores. Coronavirus. Trabajo a distancia. Domicilio. ART. Informe
Se establece determinada obligatoriedad del empleador respecto al ámbito laboral de sus empleados en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020 y Res 202/2020)
🏭 Sujetos obligados: empleadores
👷♂️ ALCANCE
🏡🖥 Trabajadores con prestación laboral desde su domicilio particular
😷 Emergencia sanitaria (Dec 260/2020)
📩 Denuncia: a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART)
🖊 DATOS
✔ Nómina de trabajadores afectados (Apellido, Nombre y C.U.I.L.).
✔ Domicilio donde se desempeñara la tarea y frecuencia de la misma (cantidad de días y horas por semana) (será el ámbito laboral)
📅 Vigencia: 17/03/2020
Res 207/2020. MTESS. Trabajadores. Coronavirus. Asistencia laboral. Suspensión
Se suspende la asistencia al trabajo a determinadas personas trabajadoras en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 260/2020)
📌 Carácter: no cómputo de asistencia
🏢 Sector: público y privado
👷♂️ Trabajadores. Alcance:
a. Mayores de 60 años
b. Embarazadas
c. Grupos de riesgo (enfermedades respiratorias crónicas, cardíacas, inmunodeficiencias, desnutrición grave, oncohematológicos y trasplantados, obesos mórbidos, diabéticos, e insuficiencia renal crónica), excepto carácter esencial.
📝 Modalidad de contratación o vinculación laboral: todas
💲 Efectos remuneratorios y licencias: no afectación de remuneraciones y/o honorarios, adicionales ni cómputo de otros beneficios.
📆 Plazo: 17 al 31/03/2020
🏡 Hogar. Aislamiento: realización de tararas habituales, en su caso.
🔎 Extensión inasistencia justificada:
✔ Personas: a cargo de niños con suspensión escolar
✔ Alcance: un progenitor o persona responsable, por hogar
🖥Trabajo a distancia: recomendación de su implementación
Dec 274/2020. Coronavirus. Extranjeros. Ingreso al país. Prohibición. Excepciones
Se disponen restricciones al ingreso al país en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 260/2020)
❌ Prohibición: ingreso a la República Argentina.
👩👩👧👦 Sujetos: personas extranjeras no residentes .
🔎 Excepciones: sin síntomas y :
✔ afectadas al traslado de mercaderías por operaciones Comercio Internacional (mercaderías)
✔ transportistas y tripulantes (barcos y aviones)
✔ vuelos y traslados sanitarios
📆 Plazo: 17 al 31/03/2020
📅 Vigencia: 16/03/2020
Acord 4/2020. CSJN. Coronavirus. Días inhábiles. Público. Suspensión. Licencia excepcional
Se establece determinadas medidas en el ámbito de la Justicia Nacional y Federal. Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020 y Res 202/2020)
❌ Días inhábiles: 16 al 31/03/2020
💁♂️ Atención al público: suspensión
🏡 Licencia excepcional: personal en grupo de riesgo, mayores 65 años o embarazadas.
💻Presentaciones digitales: a partir del 18/03/2020 via IEJ
Res 108/2020.ME. Coronavirus. Establecimientos educativos. Clases presenciales. Suspensión
Se dispone la suspensión de clases en determinadas instituciones educativas en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 260/2020)
🏫 Establecimientos: niveles inicial, primario, secundario en todas sus modalidades, e institutos de educación superior.
👨🏫 ❌ Clases presenciales: suspensión
📆 Plazo: 14 días corridos (16 al 29/03/2020)
RECOMENDACIONES
✔ Continuidad de actividades administrativas: concurrencia normal de docente, no docente y directivos.
✔ Intensificar limpieza y desinfección.
✔ Comunicación y el seguimiento de las actividades de enseñanza.
✔ Garantizar continuidad de prestaciones alimentarias.
Res 105/2020.ME. Coronavirus. Sistema educativo. Trabajadores. Licencia extraordinaria. Supuestos
Se insta a las provincias y CABA al otorgamiento de licencia especial a determinados empleados sectoriales en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 260/2020)
😷 Carácter: licencia excepcional.
🏢 Sector: sistema educativo
👷♂️ Personal. Alcance: docentes, no docentes o auxiliares y personal directivo
🌐✈ Supuestos: regreso de EEUU o del continente asiático u europeo.
🤒 Personas. Aislamiento obligatorio: 14 días corridos.
💲 Efectos remuneratorios y licencias: no afectación de remuneraciones y/o honorarios, adicionales ni cómputo de otros beneficios.
🚨 Extensión. Supuestos
a. Mayores de 60 años
b. Embarazadas
c. Grupos de riesgo (enfermedades respiratorias crónicas, cardíacas, inmunodeficiencias, desnutrición grave, oncohematológicos y trasplantados, obesos mórbidos, diabéticos, e insuficiencia renal crónica
Res 104/2020.ME. Coronavirus. Educación superior. Actividad académica y administrativa
Se disponen recomendaciones a determinadas instituciones educativas en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 260/2020)
👩🎓👨🎓 Sujetos: universidades, institutos universitarios y de educación superior.
🎓 Actividad académica presencial: adecuación de condiciones de la emergencia sanitaria "Coronavirus COVID-19"
🎯 Tutela: garantizar el desarrollo del calendario académico
✔ Implementación transitoria de campus virtuales u entorno digital
✔ Reprogramación del calendario académico
✔ Disminución de grupos o clases ocupación 50% de la capacidad aúlica.
🔎 Parámetros: cantidad de estudiantes, infraestructura edilicia, tipo de actividad académica y modalidad
❌ No afectación: restantes actividades, ni la asistencia del personal docente, no docente y becarias y becarios a sus lugares de trabajo.
RECOMENDACIONES
✔ Suspender transitoriamente clases y prácticas de estudiantes en ámbitos de salud.
✔ Reprogramar toda la actividad científica o académica (actos, congresos, seminarios, cursos, simposios, talleres, muestras o exposiciones)
✔ Suspensión de actividades de extensión.
















