Res Gral 4892/2020. AFIP. Facturación. Comprobantes electrónicos. Código QR. Incorporación
Se dispone la obligatoriedad de incorporar progresivamente el "código QR" a determinados comprobantes emitidos por parte de los contribuyentes (Res Gral 4291/2018 y modif)
REGIMEN DE EMISION DE COMPROBANTES ELECTRONICOS
🚶♂️ 🏭 Sujetos: todos los contribuyentes
📃 Comprobantes: todos aquellos emitidos electrónicamente
📱 Requisitos. Incorporación: código de respuesta rápida “QR”
💻 Ubicación y especificaciones: www.afip.gob.ar/fe/qr/especificaciones.asp
📷 Lectura: cámara estándar de un dispositivo celular, tablet o similar con acceso a internet,
📆 Comprobantes en línea y/o Facturador Móvil: incorporación automática
📄 Comprobante modelo
📅 Obligatoriedad:
1️⃣ Facturación webservice. RI. Ventas netas año 2020
01/03/2021: más de $ 10 millones
01/04/2021: más de $ 2 millones
01/05/2021: entre $ 500 mil a $ 2 millones
2️⃣ Demás contribuyentes: desde 01/06/2021
📅 Vigencia: 24/12/2020
Res Gral 4886/2020. AFIP. Presentaciones digitales. Trámites. Obligatoriedad. Datos biométricos. Vigencia. Prórroga
[dropcap]S[/dropcap]e extiende nuevamente el período de utilización del [su_highlight background="#f6f220"]servicio digital trámites AFIP de obligatoriedad temporal[/su_highlight] en el marco de la emergencia sanitaria del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020, Dec 297/2020 y modif., Res Gral 4503/2019, 4685/2020, 4699/2020, 4727/2020 y modif)
🖥 Servicio: “Presentaciones Digitales”
📝 Trámites. Nómina (89): www.afip.gob.ar/presentaciones-digitales/tramites/ (ant 90)
📷 Datos biométricos: suspensión
🏧 Blanqueo de Claves. Cajeros: admisibilidad
🕴 Apoderados y Representantes: acreditación
📆 Período. Nueva finalización: hasta 31/01/2021 (ant 31/12/2020)
📅 Vigencia: 23/12/2020
Res Gral 4887/2020. AFIP. Deudas. Plan de pagos permanente. Beneficios adicionales. Vigencia. Prórroga
Se prorrogan determinados [su_highlight background="#f6f220"]beneficios diferenciales[/su_highlight] de obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y/o aduaneras a regularizar (Res. Gral. 4268/2018 y modif.)
📝 Plan: “Régimen de facilidades de pago permanente” .
📆 Cantidad de cuotas y máxima de planes. Tope intereses: 31/01/2021 (ant al 31/12/2020)
📅 Vigencia: 23/12/2020
Res. Gral. 4888/2020. AFIP. Cuentas financieras. No residentes. Información. Sujetos. Modificación
Se dispone modificar el "Régimen de información" de entidades financieras respecto de las cuentas y operaciones cuyos titulares sean sujetos no residentes, (Res. Gral. 4056/2017 y modif)
🔎 Pautas: de la "Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)"
🏛 Sujetos obligados: Entidades Financieras: nuevas exclusiones
📝 Auto certificaciones: cambios en requisitos
📆 Aplicatoriedad: Información Año 2021 y sig.
📅 Vigencia: 23/12/2020
Res Gral 4889/2020. AFIP. Fruticultura. Peras y Manzanas. Provincias. Seguridad Social. Pago. Prórroga. Ejecuciones
[dropcap]S[/dropcap]e dispone un nuevo plan de pagos del "Programa de Asistencia de emergencia económica, productiva, financiera y social" aplicable a la [su_highlight background="#f6f220"]cadena de producción de peras y manzanas[/su_highlight] con diversos beneficios fiscales, en determinadas provincias (Ley 27.354, 27.503, 27.541, Dec 260/2020 y modif y 615/2020 y Res Gral 4790/2020)
🍐🍎 Actividad: cadena producción de peras y manzanas
👩🌾🏭 Sujetos: productores, empacadores, frigoríficos, comercializadores e industria
🌐 Provincias: Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa
🔎 Condiciones: 1) Actividad principal (%), 2) Ingresos brutos totales año 2016 hasta $ 7.000.000 y 3) Con plan de mejora de la competitividad
💰 Seguridad Social. Pago. Prórroga. Período: 01/06/2020 al 31/12/2020
🔑 Caracterización. Sistema Registral: “465-Beneficio Productores de Peras y Manzanas-Decreto 615/2020”.
📆 Planes de facilidades de pago presentados Generales (RG 4260 y modif) Cuotas . Vencimientos. 1er cuota: traslado a Feb 2021 y sig.
Beneficios anteriores. Vencimientos 04/06/2017 al 31/05/2020: nuevo plazo 22/01/201 (ant hasta 08/01/2021)
Generales (RG 4790/2020). Anulación: hasta 26/03/2021
📆 Solicitud. Plazo: 20/01 al 31/03/2021
📅 Vigencia: 23/12/2020
Res 1098/2020. MTESS. Laboral. Empleadores. REPRO II. Subsidio. Pago. Excedente. Imputación
[dropcap]S[/dropcap]e dispone el tratamiento para cualquier mes en la temporalidad entre el pago de los haberes y el sueldo complementario a cargo del estado del [su_highlight background="#f6f220"]“Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción”[/su_highlight] a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020, Dec 297/2020 y compl. y Res 938/2020)
👷♂️ REPRO II. Mes: todos
📌 Haberes mensual pago total o parcial
💲 Pago + subsidio = mayor mismo mes: 📆 imputación excedente mes siguiente
Res 167/2020. MDP. MiPyMe. Factura de Crédito Electrónica. Plazos diferenciales. Prórrogas
[dropcap]S[/dropcap]e prorrogan diversos plazos del régimen [su_highlight background="#f6f220"]"Facturas de Crédito Electrónica MiPyMEs"[/su_highlight] (Ley 27.440 y 24.760)
📃 Régimen: "Facturas de Crédito Electrónica MiPyMEs"
📆 Cancelación, aceptación e inscripción. Plazo: 30 días corridos
❌ Emisión MiyPMe a grande empresa. Cesión. Inaplicabilidad: previa cancelación, rechazo o aceptación
📆 Vigencia: hasta 31/12/2021 (ant hasta 31/12/2020)
📅 Vigencia normativa: 22/12/2020
Res Gral 53/2020. IGJ. Simples Asociaciones. Registro. Libros especiales
Se establece el registro voluntario de "Simples Asociaciones", sus requisitos y condiciones bajo contralor de la Inspección General de Justicia (IGJ) (Res Gral 7/2015, 7/2017 y 12/2018)
🏢 Sujetos: simples asociaciones
👮♂️ IGJ: Registro Voluntario de Simples Asociaciones (RVSA)
📃 Acto constitutivo: escritura pública o instrumento privado con firmas certificadas.
📘 Libros especiales: requisitos
🔎 Documentación: acto constitutivo y nomina de miembros Comisión Directiva
📅 Vigencia: 22/12/2020
Com A 7181. BCRA. Refinanciaciones. Tasas. Deudores. Mora. Tarjetas. Cobro. Extracciones. Prórrogas
[dropcap]S[/dropcap]e prorrogan diversas [su_highlight background="#f6f220"]medidas y flexibilizaciones en el sistema financiero[/su_highlight] en el marco de medidas extraordinarias a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020 y Dec 297/2020 y Com A 6938, 6945, 6957, 7044, 7107)
🏦 Refinanciaciones: todas excepto tarjetas de crédito
❌ Cuotas impagos. Período: 01/04/2020 al 31/03/2021 (ant al 31/12/2020)
💰 Interés. Tasa: aquella prevista contractualmente
✔ Mora admitida: incrementada 60 días de plazo.
📆 Vigencia: hasta 31/03/201 (ant 31/12/2020)
✔ Créditos para consumo o vivienda y cartera comercial: reclasificación.
❌ Recategorización obligatorias: suspensión hasta el hasta 31/03/201 (ant 31/12/2020)
👩🦱 🏭 Usuarios. Cajeros automáticos: todos sin distingo alguno de condición de cliente.
💰 Extracciones: superiores a $ 15.000.
💰 Conceptos: cargos y comisiones
🚫 Cobro: prohibición
📆 Vigencia: hasta 31/03/201 (ant 31/12/2020)
🏦 Entidades financieras: suspensión de la distribución de resultados hasta 30/06/2021
Dec 1033/2020. COVID-19. Distanciamiento o Aislamiento social preventivo y obligatorio. Disposición. Prórroga XVII
[dropcap]S[/dropcap]e prorrogan las medidas diferenciales del “Aislamiento o Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” en la República Argentina a causa del “Coronavirus COVID-19”(Ley 27.541, Dec 260/2020, Dec 297/2020, 459/2020, 493/2020, 520/2020, 576/2020, 605/2020, 641/2020, 677/2020, 714/2020, 754/2020, 792/2020, 814/2020, 875/2020 y 956/2020)
AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO (ASPO)
🌐 Jurisdicciones: ninguna
DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO (DISPO)
🌐 Jurisdicciones: Todas las provincias y sus departamentos
🚶♀️🚗 Circulación LIBRE: departamento o partido donde residan
🚗🏁 Excepción. Fuera límites: Certificado Único Habilitante COVID-19
👮♂️ Reglas: distancia min 2 mts, tapabocas, higienización, desinfección y protocolos
🏭 Actividades económicas. Requisito: protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial
🎭🌲 Eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares: 1) hasta 20 personas (espacios cerrados) y 2) hasta 100 personas (espacios abiertos)
👩👩👦👦 Reuniones Sociales: hasta de 10 personas en espacios públicos o de acceso público al aire libre
🏫 Clases presenciales: escalonada y progresiva en todos los niveles educativos y modalidades -conf autoridad provincial-
🚫 Prohibición: eventos, deportes mayor a 10 personas, Espectáculos, Transporte y Turismo.
📆 Período: 21/12/2020 al 31/01/2021
📅 Vigencia: 21/12/2020















