[dropcap]S[/dropcap]e dispone el tratamiento para cualquier mes en la temporalidad entre el pago de los haberes y el sueldo complementario a cargo del estado del  “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción”  a causa del “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541, Dec 260/2020Dec 297/2020 y compl. y Res 938/2020)

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