Redes sociales: FCI y su tratamiento fiscal!!!
🔎A colación del anuncio de @mercadopago con @MarcosZocaro elaboramos un cuadro del tratamiento fiscal de las diversas opciones y condiciones de los FCI.
📚 Chivo: imperdible el "Manual de Criptomonedas" 4ta ed. del autor Mg. Cdr. Marcos Zocaro
Acuerdo UOCRA-CAMARCO: la diferencia de $107 en la escala de Febrero. Inconsistencias: ¿error o...
Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) firmaron la semana pasado un nuevo acuerdo salarial vigente hasta el 31 de marzo de 2025, con la posibilidad de futuras revisiones.
👷♀️ Rubro: Construcción (CCT 76/1975)
🤝 Acuerdo. Fecha: 14/02/2025
🔎 Detalles del Acuerdo Salarial UOCRA 2025
💲 Pago Retroactivo
😮 Diferencia en la escala de febrero
💻 ¿Cómo proceder con la liquidación?
👉 Suma Fija No Remunerativa
👉 Suma No Remunerativa Complementaria
👉 Compensación y Absorción
👉 Aportes y Contribuciones
ABL, Patentes y Régimen Simplificado en CABA. Bonificaciones a partir del año 2025
La Ciudad de Buenos Aires reglamenta las bonificaciones en:
👉 Régimen Simplificado: 8,33%
👉 Nuevos contribuyentes: 100% en el primer año y 50% en el segundo (condiciones)
👉 Jóvenes de 18 a 29 años: 100% (24 meses)
👉 Personas con discapacidad: 50% de descuento.
👉 ABL y Patentes: 10% buen cumplimiento+ 8,33% débito automático.
UOCRA: incremento salarial del 4,3% en tres tramos y una suma no remunerativa adicional...
El sector de la construcción alcanzó un nuevo acuerdo paritario para el primer trimestre de 2025. La Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) firmaron un convenio que establece un incremento escalonado del 4,3% sobre los salarios básicos vigentes al 31 de diciembre de 2024. Además, se acordó el pago de una suma fija no remunerativa de $20.000 en febrero y marzo.
👷♀️ Rubro: Construcción (CCT 76/1975)
🤝 Acuerdo. Fecha: 14/02/2025
👉 Incrementos Salariales
📅 Enero 2025: 1,8% (sobre vigentes al 31/12/2024)
📅 Febrero 2025: 1,5% (sobre conformados Ene 2025)
📅 Marzo 2025: 1% (sobre resultantes al 28/02/2025)
👉 Suma Fija No Remunerativa
👉 Bono Extraordinario
👉 Cláusula de Revisión y Evaluación
👉 Absorción de Aumentos Previos
📥 Descarga: Acuerdo y escalas completas
Derivación de aportes Obra Social a Medicina Prepaga. Mecanismo de Integración: Alcances de la...
A partir de la Resolución 1/2025 (BO. 31/01/2025), la Superintendencia de Servicios de Salud comunica a los fines de su correcta implementación:
👉 A los beneficiarios: no habrá interrupciones en los tratamientos ni en los subsidios que hoy en día reciben.
👉 A los Agentes del Seguro de Salud: no deben generar ningún tipo de interrupción en los tratamientos en curso, como tampoco en los pagos.
👉 A los prestadores: No deberán refacturar las prestaciones de enero y se respetará la documentación presentada oportunamente.
Empleados de Comercio: Se homologó el acuerdo Enero 2025 – Disposición 370/25 DNRYRT
Tras su presentación, la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo oficializó la homologación mediante la Disposición 370/25, confirmando los aumentos escalonados y su posterior incorporación a los salarios básicos (ver también: "Comercio. Acuerdo: ESCALAS completas Enero a Abril 2025 con la nueva suba del 5,1% acumulado", Tributum.news, 31/01/2025)
🏢 Sector: Empleados de comercio (CCT 130/1975)
🤝 Acta acuerdo: 24/01/2025 y Addenda 28/01/2025
👷♂️ Haberes: subas
📅 Período: Enero a Marzo 2025
1️⃣ Asignación No Remunerativa y Acumulativa: 5,10% (base Dic 2024+todos incrementos No Rem)
👉 Enero: 1,70% (Dic 2024 + NR)
👉 Febrero: 1,70% (Dic 2024 + NR + Ene 2025)
👉 Marzo: 1,70% (Dic 2024 + NR + Feb 2025)
2️⃣ Consideración cálculo: SAC, Presentismo y Antigüedad
💰 OSECAC. Contribución patronal: $ 5.500 (por empleado)
💲 Incorporación a escalas (remunerativos): acuerdos No Rem Abril a Dic 2024
📌 El incremento de enero 2025 se sumará a los básicos en febrero 2025
📌 El incremento de febrero 2025 se sumará a los básicos en marzo 2025
📌 El incremento de marzo 2025 se sumará a los básicos en abril 2025
📥 Homologación. Disp 370/2025: descargar
Convenio Multilateral: Planilla de liquidación y carga al SIFERE WEB
Herramienta publicada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCE CABA-TRIVIA) a los fines de centralizar toda la información necesaria en un solo lugar, facilitando la transferencia de datos al servicio Convenio Multilateral- Sifere Web - DDJJ del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos (ISIB) (carga la información de la base imponible, alícuotas e impuesto determinado). Además, la planilla te permite realizar la liquidación del gravamen, optimizando el tiempo de trabajo.
💰 Gravamen: impuesto sobre los Ingresos Brutos
🚶♀️ Sujetos: Contribuyentes del Régimen del Convenio Multilateral
📃 Sistema: DDJJ SIFERE WEB
🧮 Cálculo
👉 Instrucciones
👉 Cálculo del saldo
👉 Coeficiente de distribución por jurisdicción
👉 Detalle de ingresos gravados, no gravados y exentos
📥 Descarga
Monotributo. Monitor de Facturación: nueva herramienta de registro en tiempo real de operaciones
👀 Monitoreo de facturación acumulada en tiempo real.
🚨 Incide en: recategorización o expulsión por superar facturación max categoría ($ 82 millones últ 12 meses)
Compras en cuotas con dólares: el BCRA habilitó el DEBIN Programado
El Banco Central aprobó la nueva modalidad de Débito Inmediato (DEBIN) para facilitar compras en cuotas con pesos y dólares.
👉 ¿Qué es el DEBIN Programado?
👉 ¿Cómo funciona el DEBIN Programado?
👉 ¿Por qué es importante esta medida?
Empleados de Comercio: Vacaciones y Sumas No Remunerativas: Métodos y Cálculos Paso a Paso
La incorporación de sumas no remunerativas en la liquidación salarial ha sido un tema de debate constante en el derecho laboral, especialmente cuando se trata de su incidencia en adicionales, horas extras, aguinaldo y vacaciones.
🏢 Sector: Empleados de comercio (CCT 130/1975)
⛱ Vacaciones y anticipos: tratamiento frente a las sumas No Remunerativas
🧾 Caso Práctico
1️⃣ Sin sumas no remunerativas
2️⃣ Con sumas no remunerativas
👉 Opciones: con base a 25 (plus vacacional) o 30
💡 Conclusión