Se reglamenta el nuevo régimen de exportación con finalidad comercial por vía postal incorporado por el Decreto 604/2026: procedimiento de Declaración de Exportación Simplificada Postal (DESP) para los envíos realizados a través del Operador Postal Designado (Correo Oficial), eliminación de límites de valor y nuevo trámite íntegramente digital (Res Gral 4447 y modif)
🌐 Sector: Comercio Exterior.📦 Operaciones: Exportación comercial por envíos postales.👥 Sujetos: usuarios del operador postal oficial.📄 Régimen: Declaración de Exportación Simplificada Postal (DESP).💰 Límite de valor: sin límite.
💻 Procedimiento👉 A través del sitio web del Operador Postal Designado.👉 Validación de identidad del exportador.👉 Declaración previa al despacho de la mercadería.
📄 Requisitos: Factura "E, entre otros📦 Operatoria👉 Registro de la DESP.👉 Pago de tributos y tasa postal, cuando corresponda.👉 Transmisión electrónica a ARCA.👉 Despacho mediante el Centro Postal Internacional (CPI).👉 Cumplido de exportación por la Aduana.
⚠️ Particularidades❌ Excluye: mercaderías tratamientos aduaneros específicos, cupos de exportación y con 3eros organismos.❌ Beneficios a la exportación: renuncia implícita.🔎 Verificación: representación del Operador Postal
📅 Vigencia: 03/08/2026📅 Implementación: conforme cronograma micrositio "Envíos internacionales" (a publicar)
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![[03/08/2026] Sumario Boletín Oficial de la Nación](https://tributum.news/wp-content/uploads/2018/10/boletín-oficial-de-la-nacion-min-218x150.jpg)







