Se dispone sustituir el régimen de solicitudes de compensación de saldos de impuestos a favor de contribuyentes incluyendo a los responsables sustitutos en la posibilidad de compensar obligaciones fiscales con saldos a favor (Res Grales 1.658, 3.175, 4.334 y 4.521)

👥 Sujetos: Contribuyentes o responsables1️⃣ Por deuda propia: todos  2️⃣ Por deuda ajena: responsables sustitutos -incluye Acciones y participaciones sociales. Bs Personales- (NUEVO)⚠️ Fundamentos de inclusión "Responsable sustitutos" (antes excluídos): dictamen Dirección Nacional de Impuestos 28/07/2025🔁 Régimen: Saldos a favor de obligaciones fiscales y su compensación (igual o diversos impuestos) (sustitución)🔎 Procedencia Saldos a favor: Determinaciones de oficio; DDJJ originales, rectificativas -por errores de cálculo, materiales o mayor saldo libre disponibilidad y de recursos o demandas de repetición💻 Procedimiento: “Sistema de Cuentas Tributarias”, opción “Compensación”Control sistémico de procedenciaSin inconvenientes: compensación automática (identificación como tal)❌ No procedente: Solicitud vía Presentaciones Digitales” trámite “Procesamiento o Anulación de Compensaciones” (fundamentación, e información observaciones o inconsistencias detectadas ARCA) 

Particularidades👉 Saldos a favor (mismo gravamen). Origen. Cómputo: vto presentación hasta 1ro Enero cinco años antes👉 Saldos a favor norma específica: solicitud vía Form. 798 aplicativo “Compensaciones y Volantes de Pago” 👉 Inconsistencias detectadas: solicitud manual vía “Presentaciones Digitales”

📆 Vigencia: 08/09/2025

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