La UIF establece un nuevo régimen de prevención de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación (LA/FT/FP) aplicable a los Registros de la Propiedad Inmueble, bajo un enfoque basado en riesgos, incorporando un sistema integral de prevención, debida diligencia, monitoreo, reportes y controles. Se reformulan los reportes sistemáticos mensuales y se elimina la declaración jurada de cumplimiento exigida al operar con otros sujetos obligados y se sustituyen (Res 41/2011 y 70/2011)

👥 Sujetos: Registros de la Propiedad Inmueble (de todo el país)📄 Régimen: enfoque basado en riesgos.🎯 Objetivo: establecer requisitos mínimos para identificar, evaluar, monitorear, administrar y mitigar riesgos de LA/FT/FP🏠 Operaciones alcanzadas: inscripciones y anotaciones sobre derechos reales inmobiliarios, embargos, inhibiciones, medidas cautelares y demás operaciones registrales comprendidas.🛡️ Sistema de Prevención: políticas, procedimientos y controles según riesgos propios, Evaluaciones Nacionales de Riesgos y autoridades competentes.

🔎 Factores de riesgo: clientes, servicios/actividades y zona geográfica👤 Oficial de Cumplimiento: designación obligatoria de titular y suplente ante UIF🔍 Debida diligencia: identificación y conocimiento de clientes y beneficiarios finales, considerando actividad, nivel y tipo de operatoria y perfil registral.🤝 Otros sujetos obligados: se exige verificar su inscripción ante la UIF; si el usuario/profesional no está registrado, deberá informarse a la UIF. DDJJ cumplimiento normas de prevención: eliminación🚨 Alertas relevantes: entre otras, inscripciones sucesivas sobre un inmueble dentro de 1 año con diferencia de precio superior al 30%, multiplicidad de inscripciones y anomalías de identificación.🔎 Operaciones inusuales: registro obligatorio con identificación de la operación, alerta, tipo de inusualidad, medidas adoptadas y decisión final motivada.📤 Reporte sistemático mensual: hasta el día 15 de cada mes o hábil posterior

  • 🏡 compraventas superiores a 750 SMVM (a Jun 2026 $275.850.000);
  • 🎁 donaciones;
  • 🌎 constitución, transmisión, modificación o extinción de derechos reales inmobiliarios originadas en actos otorgados en el extranjero.

🔄 ANTES / AHORA — Reportes sistemáticos: se mantiene la compraventa superior a 750 SMVM; se elimina el reporte de usufructos vitalicios superiores a 200 SMVM y se incorporan donaciones y actos otorgados en el extranjero.❌ Derogaciones: Res. UIF 41/2011 y el art. 12 de la Res. UIF 70/2011.

📅 Vigencia:  08/11/2026📅 Aplicabilidad efectiva: nuevos reportes sistemáticos mensuales desde Nov 2026

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