Se incorporan determinadas actividades y servicios declarados esenciales en provincias en el marco del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en la República Argentina causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020, Dec 297/2020, 325/2020 y 355/2020 y Dec Adm 429/2020, 450/2020, 468/2020, 490/2020, 524/2020, 607/2020, 622/2020, 729/2020, 745/2020 y 763/2020)
🌐 Provincias: Mendoza, Salta y Jujuy
✔ Excepciones aislamiento. Nuevas: Comercios, Gastronomía, Casas particualres, deportes individuales, Shopping (según provincia)
🚗🎫 Circulación: “Certificado Único Habilitante para Circulación-Covid-19”. ❌ Excepciones. Consultas: con turno.
🏛 Gobiernos provinciales. Reglamentación: requisitos, limitaciones, localidades
📅 Vigencia: 13/05/2020
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