Se elimina la obligatoriedad de presencialidad del solicitante e la firma digital en la validación de su identidad ante las Autoridades de Registro (Ley 25.506 y Dec 182/2019 y modif)
✍️ Firma digital. Documento: firma electrónica (sustitución certificación firma ológrafa)⚖️ Efectos: eficacia jurídica👮♀️ Autoridad de Registro: validación de identidad💻 Documento firma digital: emisión, renovación o revocación🚶♀️ Solicitantes: presencial o no -remota- (ant sólo presencial)✅ Validación: en tiempo real que utilicen el confronte de datos del Registro Nacional de las Personas (DNI)