Res Gral 10/2026. IGJ. Notificaciones. Domicilio Electrónico. Trámites Digitales. Régimen. Modalidad. Efectos. Plazos. Adecuaciones

La IGJ modifica el régimen de notificaciones adecuándolo al nuevo esquema de tramitación electrónica. Se establece el domicilio electrónico mediante la CUIT asociada a la plataforma del organismo, se regulan las modalidades de notificación electrónica y se simplifica el régimen remitiendo a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y su reglamentación (Res 15/2024 y modif., 05/2026 y 06/2026)

🏢 Sujetos: Sociedades, Asociaciones Civiles y Fundaciones y otros registrables
📍 Domicilio legal: Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)
🏛️ Régimen: Notificaciones en trámites ante la IGJ.
📫 Domicilio electrónico: obligatorio mediante la CUIT asociada a la plataforma de la IGJ.
📧 Correo electrónico: deberá denunciarse como vía supletoria.
✅ Contenido mínimo: destinatario, expediente, archivos adjuntos, fecha y firma.
📍 Fuera de CABA: podrá utilizarse carta documento con aviso de recepción.

NOTIFICACIONES. MODALIDAD. EFECTOS

1️⃣ Electrónicamente: en plataforma habilitada por el Organismo (domicilio electrónico)
2️⃣ Correo electrónico constituido: se considerará perfeccionada veinticuatro (24) horas desde su emisión -sin haberse recibido constancia de recepción negativa-
3️⃣ Cédula: excepcionalmente 
4️⃣ Tácita y automáticamente. Observaciones: plazos y su cómputo
👉 Inicio: día hábil siguiente a aquel en que las actuaciones se encuentren disponibles en la Mesa de Entradas —física o virtual— correspondiente.
👉 Vencimiento: hasta 20 días (sino al archivo)
5️⃣Personalmente: vía acceso al expediente o espontánea conocimiento previo

📅 Vigencia normativa: 14/07/2026

Res 593/2026. SENASA. Exportación. Productos de Origen Animal. Destinos. Habilitación. Procedimiento. Sustitución. Vigencia

Se sustituye el procedimiento vigente para la habilitación de destinos de exportación de productos y subproductos de origen animal, unificando en una única norma los requisitos y adecuándolos a los sistemas informáticos y a las exigencias de los mercados internacionales (Res 102/2010)

🌐 Sector: Comercio Exterior.
🏭 Sujetos: establecimientos elaboradores, industrializadores o procesadores habilitados por SENASA.
🥩 Productos: productos y subproductos de origen animal (excepto origen pesca)
🎯 Objeto: habilitación de destinos de exportación.

✅ Requisitos:
👉 Sin deuda exigible con SENASA.
👉 Cumplir las normas higiénico-sanitarias y del destino.
👉 Contar con trazabilidad documentada.
👉 Sin incumplimientos al Plan CREHA.
👉 Proveedores con igual habilitación sanitaria, cuando corresponda.

💻 Solicitud: mediante SIGCER
💲 Arancel: sujeto al pago correspondiente.
🔎 Inspección: según evaluación de riesgo o exigencias del país importador.
🙂 Incorporación al listado: conforme los acuerdos con cada país o bloque importador.
♻️ Establecimientos ya habilitados: mantienen la autorización sin nueva solicitud, mientras conserven los requisitos.
📅 Habilitación. Vigencia: sin plazo 
🏗️ Reformas. Establecimiento: impacto en habilitación vigente.
⚠️ Incumplimiento: suspensión habilitación y posterior baja
❌ Norma abrogada: Res 108/2010.

📅 Vigencia: 09/07/2026

Res Gral 5872/2026. ARCA. Exportadores. Ganancias. Precios de Transferencia. Bienes con Cotización. Contratos. Registro

Se sustituye y unifica el régimen las disposiciones sobre el "Registro de contratos de exportación de bienes con cotización" previsto en la Ley del Impuesto a las Ganancias. La norma simplifica el procedimiento, unifica los plazos y mantiene la utilización de la DJVE para productos agrícolas y de los formularios F.2669, F.2670 y F.2671 para los restantes bienes con cotización (Res Grales 4653 y 4837)

🌐 Sector: Comercio Exterior.
⛴️ Sujetos: Exportadores bienes con cotización.
💰 Gravamen: Impuesto a las Ganancias.
📝 Régimen: Registro de contratos de exportación de bienes con cotización.
❌ Excluye: exportaciones por cuenta y orden de terceros (obliga al titular de los bienes).

📅 Registración: antes de la fecha de embarque.
🌾 Bienes Ley 21.453 (agrícolas): mediante la DJVE vigente en estado "SALIDA".
📦 Resto de bienes: mediante F.2669 - Registro de contratos.
✏️ Modificación: permitida antes del último cumplido de embarque.
❌ Anulación: F.2671 + respaldo documental.
📑 Diferencias de comparabilidad: dentro de los 15 días de registrada la DJVE o el F.2669.
🔢 Número de contrato: obligatorio para vincular todas las presentaciones.
📅 Fecha de concertación: registración de la DJVE o del F.2669
📂 Documentación: conservar a disposición de ARCA.
⚠️ Incumplimiento: sanciones
❌ Normativa sustituida: Res Grales 4653 y 4837

📅 Vigencia y aplicación: 01/08/2026.

Res Gral 5874/2026. ARCA. Salud. Deudas Fiscales. Regularización. Plan de Facilidades de Pago. Ampliación

Se dispone ampliar el Régimen especial de facilidades de pago de los "establecimientos con internación del ámbito de la Salud" a todo el sector Salud: nueva caracterización en el Sistema Registral, se adecua la denominación del plan y se prorroga un mes el plazo para adherir, respecto a determinadas obligaciones tributarias (Res Gral 5858/2026)

🏥 Sujetos: Contribuyentes del sector Salud (ant sólo "con internación"
✔️ Deudas. Regularización: Régimen de Facilidades de Pago especial
📅 Obligaciones fiscales: vencidas al 31/05/2026
📉 Fundamento normativo: situación económica y financiera de todo el sector Salud
✅ Incluidas: impositivas (incluye retenciones), aduaneras, recursos de la seguridad social, intereses resarcitorios, punitorios y multas
❌ Excluidas: Obras Sociales, retenciones y percepciones previsionales (excepto aportes), ART, SCVO, Casas particulares, Monotributo – cotizaciones previsionales, RENATRE / RENATEA, Anticipos o pagos a cuenta, cuotas de planes de facilidades de pago vigentes, multas e intereses vinculados.

ADHESIÓN 
📅 Plazo: hasta viernes 30/10/2026 (ant sólo "internación" y hasta el 30/09/2026)
💻 Sistema: "Mis Facilidades" 
🩺 Caracterización. Sistema Registral: código “481 - Establecimientos de Salud con Internación” y/o “533 - Protección transitoria y Alivio Fiscal para el Sector Salud”

PLAN DE FACILIDADES DE PAGO
📆 Cuotas mensuales: hasta 60 (monto min $ 50.000)
📉 Tasa: 50% de la tasa resarcitoria vigente
📌 Pago a cuenta: 3%
❌ Cantidad de planes: sin límite
📅 Vencimiento cuotas: día 16 de cada mes (2do intento débito día 26)
⚠ Caducidad: automática por 2 cuotas impagas (o 2 impagas o última, luego 60 días fin plan)
😔 Condonación intereses y multas: no aplica

📅 Vigencia: 03/07/2026
📅 Adhesión: hasta viernes 30/10/2026

Res Gral 5873/2026. ARCA. Deudas Fiscales. Regularización. Concursados y Fallidos. Facilidades de Pago. Sustitución

Se sustituye íntegramente el Régimen de facilidades de pago pago para Contribuyentes concursados y fallidos: texto unificado, se amplían los sujetos y obligaciones alcanzadas, se incrementa la financiación y se reduce el costo financiero, se extiende el plazo para adherir y se digitaliza el procedimiento mediante Presentaciones Digitales y Mis Facilidades (Res Gral 3587/2014 y modif)

⚖️ Sujetos: concursados, fallidos, responsables solidarios (nuevo) y terceros legitimados (nuevo)
💰 Obligaciones: impositivas, aduaneras y de la seguridad social.
❌ Excluye: obras sociales, ART, casas particulares, RENATRE, planes vigentes y demás conceptos expresamente previstos.
✅  Incluye: verificaciones tardías y demás créditos admitidos expresamente

PLAN DE FACILIDADES DE PAGO
📆 Hasta 120 cuotas: obligaciones impositivas y aduaneras.
📆 Hasta 60 cuotas: aportes personales, retenciones, percepciones y verificaciones tardías.
💲 Cuota mínima: $ 50.000.
📉 Interés: 50% de la tasa resarcitoria vigente.

ADHESIÓN
✅ Requisitos: CUIT activa, DFE, DDJJ presentadas y CBU informada.
📅 Plazo: hasta 60 días desde la homologación del acuerdo o el avenimiento.
🖥️ Servicios: Presentaciones Digitales y Mis Facilidades.
⚠ Caducidad:
1️⃣ No constitución garantías
2️⃣ Declaración de quiebra
3️⃣ Incumplimento distrubición dividendos /utildiades
4️⃣ Cuotas impagas conforme cantidad solicitadas (automático)

🔒 Garantías admitidas: modelo de fianza, aval bancario, caución, prenda e hipoteca.
📄 Avenimiento: modelo de conformidad

📅 Vigencia: 15/07/2026
📅 Solicitudes en trámite: facilidad adecuación nuevas condiciones

Res Gral 9/2026. IGJ. Estados Contables. Digitalización. Sistema Online. Normas técnicas. Presentación Anual. Plazos

La IGJ modifica el régimen de presentación anual de Estados Contables: se eliminan requisitos formales, se adecúa la documentación exigida para sociedades, asociaciones civiles y fundaciones, se admite el uso de NIIF, se consolida la utilización de normas técnicas profesionales y se integra el nuevo Sistema Online de Documentación Abierta (SODA) para la tramitación digital (Res Grales 6/2017,15/2024 y 06/2026 y 07/2026)

🏢 Sujetos: Sociedades, Asociaciones Civiles y Fundaciones y otros registrables
📍 Domicilio legal: Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)
🏛️ Régimen: Tramitación digital ante la IGJ.
💻 Sistema Online de Documentación Abierta (SODA) (clave ARCA)
📚 Normas contables: vigentes CPCECABA (opción NIIF o NIIF para PyMEs)
📥 Datos: factibilidad importación automática CPCECABA (fundamentos norma)

1️⃣ Sociedades:
📂 Documentación: EECC, Memoria, Informe de auditoría (e informe de fiscalización si corresponde), Actas y demás documentación societaria
📅 Plazo: hasta 15 días posteriores aprobación Asamblea
2️⃣ Asociaciones civiles: 
📂 Categoría I: cuadro simplificado de recursos y gastos (o EECC), acta de convocatoria y acta de asamblea.
📂 Categoría II: EECC con informe de auditoría y fiscalización, acta de convocatoria y acta de asamblea.
📅 Plazo: hasta 30 días posteriores Asamblea Ordinaria.
📂 Categoría III:
👉 Preasamblea: EECC con auditoría y fiscalización y acta de convocatoria.
👉 Postasamblea: acta de asamblea y EECC actualizados, si fueron modificados.
📅 Plazos: hasta 15 días antes de la asamblea (preasambleario) y 30 días después (postasambleario)
3️⃣ Fundaciones:
📂 Documentación: EECC con informe de auditoría y fiscalización, acta del Consejo de Administración e informe especial del Contador sobre desvíos y medidas correctivas del plan de acción trienal.
📅 Plazo: hasta 15 días hábiles posteriores reunión aprobatoria del Consejo de Administración.
📋 Plan trienal: al finalizar el trienio deberá presentarse un nuevo plan de acción y bases presupuestarias.

📅 Vigencia: 03/07/2026
📂 Expedientes en trámite: podrán migrarse a modalidad electrónica

Dec 566/2026. Comercio Exterior. Bienes Industriales. Derechos de exportación. Alícuotas. Reducción inmediata y gradual

Se disponen reducciones inmediatas y graduales del Derecho de exportación de determinados productos del sector industrial fijando alícuota 0% para numerosos bienes y un cronograma de reducción mensual para otros hasta junio de 2027

🌐 Sector: Comercio Exterior
🚜 🏭 Productos:
Industriales
📦 Rubros alcanzados: químicos, petroquímicos, fertilizantes, plásticos, caucho, siderurgia, aluminio, automotores y autopartes, entre otros.
💰 Gravamen: Derechos de Exportación
📉 Alícuotas: eliminación inmediata y reducción gradual.

1️⃣ Alícuota 0% (Anexo I)
🟢 Bienes alcanzados: más de 1.000 posiciones arancelarias industriales.
🏭 Comprende: insumos industriales, manufacturas, metales, vehículos y autopartes.

2️⃣ Reducción gradual (Anexo II)
📉 Alícuotas vigentes: del 4,50% y 3,00%.
📅 Cronograma: reducción mensual desde 01/07/2026 hasta 01/06/2027.
🟢 Alícuota final: 0% desde el 01/06/2027.

3️⃣ Derivados del petróleo (Anexo III)
🛢️ Productos: determinadas posiciones NCM alcanzadas por el Dec. 488/2020.
📉 Alícuotas: reducción gradual conforme cronograma.
🟢 Alícuota final: 0% desde el 01/06/2027.

📅 Vigencia: 02/07/2026.
📅 Aplicación de las reducciones: 01/07/2026

Res Gral 7/2026. IGJ. Trámites registrales. Sistema Online. Soporte papel. Sustitución. Clave Fiscal ARCA

La IGJ crea el Sistema Online de Documentación Abierta (SODA) como plataforma única para la recepción, tramitación y gestión digital de los trámites registrales y de fiscalización. El nuevo sistema reemplazará progresivamente las presentaciones en soporte papel (incluye Moratoria EECC 4/2025 y prórrogas), incorporando autenticación mediante Clave Fiscal ARCA, expedientes electrónicos y notificaciones digitales con plena validez jurídica (Res Grales 6/2017,15/2024 y 06/26)

🏢 Sujetos: Sociedades, Asociaciones Civiles y Fundaciones y otros registrables
📍Domicilio legal: Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)
🏛️ Régimen: Tramitación digital ante la IGJ.

💻 Sistema Online de Documentación Abierta (SODA)
🔐 Acceso:  Clave Fiscal ARCA
📄 Presentaciones. Efectos jurídicos: ídem soporte papel.
✅ Trámites alcanzados
👉 Todos
👉 Moratoria regularización: Estados Contables, Documentación Contables, Actas Asambleas y Consejo de Administración (Fundaciones)
📂 Expediente electrónico
📥 Notificaciones. Validez legal: domicilio electrónico constituido
📋 Formularios: generados automáticamente según el trámite seleccionado.
📬 Trámites no incorporados: continuarán canal vigente
⚙️ Instructivos: la IGJ establecerá los requisitos técnicos, formatos y protocolos de funcionamiento mediante instructivos de servicio.

📅 Vigencia: 02/07/2026.
📅 Aplicabilidad: conforme cronograma IGJ (pendiente)

Res 187/2026. ANSES. Seguridad Social. Asignaciones Familiares. Movilidad. Montos. Límites de Ingresos. Julio 2026....

Se disponen los nuevos montos de las asignaciones familiares y los límites y rangos de ingresos del grupo familiar aplicando una movilidad del 2,15%, vigente para las prestaciones cuyos hechos generadores se produzcan desde JULIO de 2026. También fija el nuevo ingreso individual máximo que excluye del beneficio (Ley 27.541 y modif. 27609, Dec 104/2021 y 274/2024, y Res 189/2024  y ultm ajuste 146/2026)

🏛️ Régimen: Asignaciones Familiares (Ley 24.714)
👥 Sujetos: trabajadores, monotributistas, beneficiarios SIPA, AUH, AUE, desempleo y otros
📈 Incremento: 2,15% (ant 2,58%)
📆 Mes: Julio 2026
❌ Exclusión. Ingreso individual (cualquiera del grupo familiar): más de $ 3.034.844

📅 Vigencia: 01/07/2026

Res Gral 5871/2026. ARCA. Ganancias. Sociedades, Emp. unipersonales, fideicomisos y otros. Cierres Dic 2025....

Se dispone la prórroga hasta el 31/07/2026 del plazo para la presentación de la Memoria, Estados Contables, Informe del Auditor y demás documentación complementaria únicamente por ejercicios cerrados en diciembre de 2025 (Res Gral 4626/2019, modif y compl) (incluye "Cuadros-Esquema" de sanciones con nuevos montos y "Preguntas y Respuestas. Guía esencial")

🏛️ Gravamen: impuesto a las Ganancias
🚨 Obligatoriedad: Presentación DDJJ informativa (atención nuevos montos multas Ley 27.799)
👥 Sujetos: sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y demás responsables que confecciona balances comerciales.
📅 Ejercicios: cierres en Diciembre 2025
📄 Información alcanzada
👉 Memoria.
👉 Estados Contables.
👉 Informe del Auditor.
👉 Documentación adicional (normas NIIF/RT 26) Estado situación matrimonial, de Resultados e Informe metodológico profesional
⏳ Vencimiento. Nuevo plazo: hasta el 31/07/2026 (ant 30/06/2026)

⚠️ Prórroga. Alcance: únicamente la documentación complementaria, NO modifica los vencimientos para la DDJJ y pago (13-18/05/2026)

📅 Vigencia: 30/06/2026

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