Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). Octubre 2020. Actualiza Ganancias Personas Humanas

[dropcap]P[/dropcap]ublicación oficial del valor de la información [su_highlight background="#f6f220"]actualizada a Octubre 2019[/su_highlight] .

Actualiza: Ganancias. Personas humanas. Deducciones personales y Escala del impuesto (Ley 27.346)
🧮 OCT 2019/2020: 35,38%
📆 Período fiscal: 2021

Res 1027/2020. MT. Programa Repro II. Empleadores. Subsidio. Actividades no criticas ATP. Eliminación certificación...

[dropcap]S[/dropcap]e crea un beneficio para determinados empleadores a causa del “Coronavirus COVID-19”. (Ley 27.541 y Dec 260/2020297/2020332/2020 y modif y Dec 621/2020 y Res 938/2020

BENEFICIOS REPRO II
🏭 Sujetos: empleadores
📝 Actividades:
no criticas ATP (ver listado al 31/10/2020) (SIN CAMBIOS)
📆 Periodo: salarios devengados Enero 2021 (NUEVO)
❌ Exclusiones: Desvinculaciones de personal por despido sin justa causa, falta o disminución de trabajo o por fuerza mayor (incluso suspensiones, excepto Art 223 bis)
💰 Beneficio: suma a cuenta remuneración por empleado
💲 Monto: $ 9.000
(o menor hasta 85% remuneración neta) -exclusión remun mas de $ 140 mil-
📆 Duración: hasta que lo disponga comité REPRO II (ant ATP. Dic 2020)
Alcance: a determinar según solicitudes, situación económica, patrimonial y financiera, economía nacional y presupuesto asignado.
🙋‍♂️ Solicitud: servicio ATP AFIP
📃 Documentación: 1) Nómina del personal, remuneración y CBU, 2) Balance del Ejercicio 2019 certificado CP, 3) Planilla electrónica de económicos, patrimoniales y financieros y 4) Certificación empleador veracidad de datos (si más de 800 trabajadores, certificado por CP (NUEVO) 
👨‍💼 Contador Público. Certificación de veracidad. Más de 800 empleados: aplica Diciembre 2020 y sig.
🚫 Incompatibilidad Programa ATP: 1) Salario Complementario y 2) Crédito a Tasa Subsidiada, 3) REPRO y 4) PIL

📅 Vigencia: 22/12/2020

jefatura

Dec Adm 2181/2020. JGM. Salarios. Contribuciones. Créditos. Programa ATP y REPRO II. DICIEMBRE 2020....

[dropcap]S[/dropcap]e extiende con cambios los beneficios por parte del “Comité de Evaluación y Monitoreo” del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” a causa del “Coronavirus COVID-19”. Acta 27. Informe técnico (Ley 27.541 y Dec 260/2020297/2020332/2020 y modif, 823/2020 y Res 938/2020)

EXTENSIÓN BENEFICIOS PROGRAMA ATP
📆 Mes: Diciembre 2020 (devengado)
🧾 Salario base: Noviembre (devengado)
📆 Contribuciones SIPA: reducción o postergación
👷‍♂️ Personal incluido ✔ : hasta el 16/12/2020 y pluriempleo.
👷‍♂️ Personal excluido ❌: salario bruto más de $ 140 mil.
💲 Restricciones patrimoniales 🚫: continuidad

SALARIO COMPLEMENTARIO y CONTRIBUCIONES SIPA
I. Actividades críticas: Turismo, Viajes, Espectáculos y Asociaciones, Alojamientos, Filmes, Elaboración de vinos, Prendas de cuero y Alquiler de vehículos y Transporte, entre otros (ver listado al 31/10/2020) (SIN CAMBIOS)
📉 Facturación nominal interanual negativa: noviembre año 2020 vrs 2019
💲 Monto: 50% del 83% Salario bruto= $ 18.900 a $ 24.570 (o menor que perciba) (ant hasta 28.350)
💰  Contribuciones SIPA: reducción 95%

II. ActividadSector salud
📉 Requisito
Facturación nominal interanual negativa y/o positiva hasta el 35%
💲 Monto: 50% del 83% Salario bruto= $ 18.900 a $ 24.570 (o menor que perciba) (ant hasta 28.350)
💰  Contribuciones SIPA. Reducción 95%:  Facturación nominal interanual negativa
💰  Contribuciones SIPA. Postergación 60 días:  Facturación nominal interanual negativa y/o positiva hasta el 35%

III. Actividades: no criticas ATP (ver listado al 31/10/2020) (SIN CAMBIOS)
📆 Contribuciones SIPA:
postergación pago 60 días

CRÉDITO A TASA SUBSIDIADA. CONVERSIÓN A SUBSIDIOS
🏭 Actividad principal (al 12/03/2020): todas listado ATP (ver al 31/10/2020) (SIN CAMBIOS)
I. Actividades criticas y hasta 799 empleados
📉 Facturación nominal interanual cero o positiva hasta 35%
II. Actividades no criticas  (todos empleadores): 
📉 Facturación nominal interanual negativa
📉 Facturación nominal interanual igual a 0 o positiva hasta 35% y hasta 799 empleados
🚫 Exclusiones: calificación crediticia BCRA 3,4,5 o 6 y sin actividad económica periodos 2019-2020
💲 Monto: $ 22.680 por trabajador (o menor que perciba) -exclusión salarios brutos mayores a $ 140 mil-
Devolución: tres primeros meses de gracia
❌💰 Conversión a subsidio total o parcial: 
Variación nominal negativa. Tasa: 27% TNA.
Variación nominal igual a 0 o positiva hasta el 35%. Tasa: 33% TNA.

REPRO II. SUBSIDIO
📝 Actividades: no criticas ATP (ver listado al 31/10/2020)
📉 Facturación nominal interanual negativa: noviembre año 2020 vrs 2019
📆 Mes: Salarios diciembre 2020 (devengado)
🤔 Elección excluyente: Tasa subsidiada o Subsidio REPRO II
📆 Contribuciones SIPA: postergación pago 60 días
🙋‍♂️ Solicitud: servicio ATP AFIP

GENERAL. INCIO ACTIVIDADES AÑO 2019
I. 🏭 Sujetos: Empresas inicio Enero a Nov 2019
📉 Facturación nominal interanual negativa: Nov 2020 vrs Dic 2019
II. 🏭 Sujetos: Empresas inicio Dic 2019
📉 Facturación. Variación: no consideración

🌊🌄  Sostenimiento y reactivación Turística Nacional: se aguarda instrumentación Ley 27.563

📅 Vigencia: 11/12/2020

Leyes

Ley s/n. Consenso Fiscal 2020/2021. IIBB. Sellos. Automotores. Otros. Suspensión. Administraciones tributarias provinciales

[dropcap]S[/dropcap]e aprueba el Consenso Fiscal 2020 que se firmara el 04/12/2020 y que modifica los Consensos Fiscales firmados en los años 2017 (Ley 27429), 2018 y 2019 (Ley 27542). Aspectos tributario 

ADMINISTRACION TRIBUTARIA NACIONAL
🏛 Sujetos: AFIP en colaboración con organismos provinciales de recaudación tributaria
💻 Adhesión padrón federal:
Registro Único Tributario
📝 CUIT/CUIL/CDI: Validaciones
🏠 Titularidad bienes inmuebles y otros. Valuación al 31/12: envío de Provincias a AFIP

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
✔  Exportaciones. Suspensión: desgravación de bienes y servicios prestado en el exterior
✔  Exenciones y Alícuotas. Suspensión: Topes por periodo fiscal 2020 y 2021
✔  Intermediación financiera. Alícuotas. Topes: eliminación 
Servicios conexos. Alícuotas. Tope: eliminación 
Regímenes de retención, percepción y recaudación: límite territorial de la potestad tributaria, evitar saldos a favor contribuyente y su devolución.

IMPUESTO A LOS SELLOS
Alícuotas. Actividades. Suspensión: no incremento transferencias inmuebles, automotores, hidrocarburos y servicios complementarios.
✔ Alícuotas. Topes. Suspensión: años 2020 y 2021 y eliminación del impuesto año 2022.

OTROS GRAVAMENES
💰 Impuesto inmobiliario. Suspensión: eliminación de topes
💰 Impuesto Automotores: base imponible valor AFIP
💰 Tributos nómina salarial. Suspensión: derogación y eliminación tratamientos diferenciales.
💰 Tributos energéticos. Suspensión: derogación tributos específicos que graven la transferencia. 

 📅 Suspensión. Plazo: 31/12/2021
📃 Estado parlamentario: en temario para sanción de Ley (prórroga sesiones ordinarias y extraordinarias Dec 964/2020)

Dec 986/2020. AFIP. Directora. Marcó del Pont. 2020-2024

Se designa a la Administradora Federal de la AFIP (Dec 1399/2001)

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
👩‍💼 Administradora Federal: Lic. Mercedes Marcó del Pont
📆 Mandato. Período: 10/12/2020 al 10/12/2024

Leyes

Ley 27605. Aporte solidario y extraordinario. Personas Humanas. Alícuotas. Radicación bienes. Presunción de evasión...

[dropcap]P[/dropcap]royecto completo con sanción definitiva del 04/12/2020 que dispone un "Aporte solidario, extraordinario y por única vez vinculado a los patrimonios de las personas humanas"

🚶‍♂️ Sujetos: Personas humanas y suc. indivisas residentes en el país o Argentinos en determinadas jurisdicciones del exterior.
🏠🏭 🌾 Base imponible: bienes en el país y en el exterior (incluye aportes a trusts, fideicomisos o fundaciones de interés privado, participaciones societarias y otros) a la fecha publicación Ley BO
Exención: $ 200 millones
💰 Alícuotas. Escalas: 2% al 5,25% (según radicación bienes)
🌐 Repatriación: condiciones
💸 Variaciones patrimoniales 180 días anteriores. Facultad AFIP de cómputo: presunción de ardida evasivo o elusión de pago.

📅 Sanción parlamentaria: 04/12/2020
📅 Vigencia: publicación BO (pendiente)

Com B 12100. BCRA. Censo Nacional Económico 2020-2021. Cumplimiento. Operaciones bancarias. Requisito

[dropcap]S[/dropcap]e dispone la acreditación del cumplimiento del "CENSO NACIONAL ECONOMICO" en todo el territorio nacional, prewvia la realización de determinadas operaciones en entidades financieras (Res 180/2020)


🏭 🏪 Sujetos: Entidades Financieras
👮‍♂️ Verificación: exigibilidad de la exhibición del "Certificado de Cumplimiento Censal"
🔎 Operaciones restrictivas: apertura de cuentas de depósitos, créditos y renovaciones, créditos documentarios, valores en custodia, fianzas y préstamos de valores, y alquiler de cajas de seguridad. 

PLAZOS
🏭 Personas jurídicas: desde 01/04/2021
🚶‍♂️ Personas humanas (sujetos IVA): desde 01/05/2021
👨‍🔧 Personas humanas (Monotributistas): desde 01/07/2021

📅 Vigencia:
hasta 28/02/2022

Res Gral 4876/2020. AFIP. Programa ATP. Empleadores. Crédito subsidiado o REPRO II. NOV. 2020....

[dropcap]S[/dropcap]e extiende el plazo para la solicitud [su_highlight background="#f6f220"]de los créditos a tasas subsidiada o REPRO II[/su_highlight] para empresas del  “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541 y Dec 260/2020297/2020 y modif, 332/2020 y modif621/2020, Res 938/2020 y Dec Adm 2086/2020 y Res Gral 4870/2020)

CRÉDITO A TASA SUBSIDIADA
🏭 Actividad principal (al 12/03/2020): todas listado ATP  (ver listado al 31/10/2020)

REPRO II. SUBSIDIO
📝 Actividades: no criticas ATP (ver listado al 31/10/2020)

SOLICITUD. PROCEDIMIENTO
💻 Servicio: Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción-ATP.
🤔 Opción: Crédito subsidiado o REPRO II
📆 Plazo: 1 al 09/12/2020 (ant 6/12/2020)

📅 Vigencia: 04/12/2020 (BO. 10/12/2020)

Res 427/2020. ANSES. Seguridad Social. Asignaciones familiares. Ajuste. Diciembre 2020. Suba

[dropcap]S[/dropcap]e disponen los siguientes incrementos en [su_highlight background="#f6f220"]materia previsional[/su_highlight], luego de la  suspensión de la movilidad automática y su reciente flexibliación de sus requisitos  (Ley 27.541, Dec 542/2020, 840/2020899/2020)

📆 Mes: Diciembre 2020
📌 Incremento: 5 %
📌 Asignaciones Familiares y Universales: nuevos valores de tope mínimo, rangos y montos.
🔼 Mínimo: eliminación
🔽 Máximo: $ 155.328 (sin cambios)
❌ Exclusión: $ 77.664 (sin cambios)

📅 Vigencia: 01/12/2020
📅 Vigencia normativa: 18/12/2020

Res 159/2020. MDP. Empresas y Emprendedores. Redes. Asistencia económica. Requisitos

Se crea el programa de "Redes para emprender" para determinados sujetos que contribuyan al desarrollo productivo del país, a la innovación, al agregado de valor y a la generación de empleo consistente en un beneficio de asistencia económica.

🏢 Sujetos: redes de entidades conformadas por instituciones locales, provinciales o regionales de los sectores público, privado y/o mixto
👨‍🏫 Objetivos: brindar servicios de Incubación, Aceleración, expansión, asistencia técnica, mentoreo, entre otras, a Emprendedores/as y Emprendimientos
💲 Beneficio: Aporte No reintegrable de hasta $ 20 millones
💡 Destino: específico
💻 Procedimiento: vía TAD

📅 Vigencia: 10/12/2020

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