Dec 1055/2020. Fruticultura. Peras y Manzanas. Asistencia económica. Provincias. Seguridad Social. Pago. Prórroga. Ejecuciones...
[dropcap]S[/dropcap]e prórroga el "Programa de Asistencia de emergencia económica, productiva, financiera y social" aplicable a la [su_highlight background="#f6f220"]cadena de producción de peras y manzanas con diversos beneficios fiscales[/su_highlight], en determinadas provincias (Ley 27.354, 27.503, 27.541 y Dec 260/2020 y modif y 615/2020)
🍐🍎 Actividad: cadena producción de peras y manzanas
👩🌾🏭 Sujetos: productores, empacadores, frigoríficos, comercializadores e industria
🌐 Provincias: Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa
🔎 Condiciones: 1) Actividad principal (%), 2) Ingresos brutos totales año 2016 hasta $ 7.000.000 y 3) Con plan de mejora de la competitividad
💰 Seguridad Social. Pago. Prórroga. Período: Junio 2020 a Junio 2021 (ant Dic 2020)
🏦 Planes Facilidades de pago: vencimientos posteriores 01/07/2021 (ant 01/01/2021)
⚖ Juicios de ejecución fiscal: suspensión
📅 Vigencia: 01/01/2021
Res 200/2020. CNTA. Agrarios. Salarios. Asignación No Remunerativa $ 10.000
[dropcap]S[/dropcap]e dispone un pago extraordinario al personal permanente del Régimen de Trabajo Agrario y otras actividades relacionadas (Ley 26.727)
🚜 Trabajadores: Personal permanente Agrarios (Ley 26727) y actividad avícola, porcina, tractoristas y maquinistas
💲 Asignación extraordinaria No remunerativa: $ 10.000
📆 Pago escalonado. Remuneraciones: $ 3.333,33 (Dic 2020), $ 3.333,33 (Ene 2021) y $ 3.3333,33 (Feb 2021)
📅 Vigencia: 07/01/2021
Res Gral 4895/2020. AFIP. Jubilados y Beneficiarios sociales. Compras. Reintegro bancario. Vigencia. Prórroga
[dropcap]S[/dropcap]e prorroga nuevamente el régimen de reintegros para [su_highlight background="#f6f220"]determinados sujetos a sectores vulnerados y operaciones[/su_highlight] (Res Gral 4676/2020, 4679/2020 y 4797/2020)
🧓👩👦 Sujetos comprendidos: quienes perciban 1) Jubilaciones, 2) Pensiones contributivas, 3) Asignación universal por hijo y por Embarazo.
❌ Sujetos excluidos: quienes perciban 1) múltiples beneficios, 2) sujetos bienes personales -excepto casa habitación-, 3) sujetos en Ganancias, Monotributo -excepto social- o Autónomos.
🛒 Operaciones: compras de bienes muebles.
💳 Medios de pago: tarjetas de débito, asociadas a cuentas vinculadas a los beneficios previsionales.
💲 Reintegro %: 15 por ciento -hasta $ 700 mensuales-
📆 Plazo: 24 horas luego de la compra.
🔑 Padrón: consulta desde www.afip.gob.ar/reintegro
🏦 Régimen de información: entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito.
💰 Régimen de imputación o reintegros: entidades financieras que acrediten el reintegro.
📆 Aplicatoriedad: operaciones desde 01/03/2020 al 31/03/2021 (ant 31/12/2020)
📅 Vigencia: 30/12/2020
Res Gral 4896/2020. AFIP. Monotributo. Exclusión de pleno derecho. Falta de pago. Baja. COVID-19....
[dropcap]S[/dropcap]e disponen nuevas suspensiones en relación a los [su_highlight background="#f6f220"]contribuyentes Monotributistas[/su_highlight] en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 297/2020 y modif, Ley 24.977 y Res Grales 4.309 y modif, 4687/2020, 4704/2020, 4724/2020, 4738/2020, 4782/2020, 4799/2020, 4825/2020, 4845/2020 y 4863/2020)
🧑👩🦱 Sujetos: inscritos en el Monotributo (Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. RS)
❌ SUSPENSIONES ❌
🚪 Exclusión de pleno derecho
📆 Periodo. Nueva finalización: 29/03/2020 al 04/01/2021 (ant al 01/12/2020)
💲 Falta de pago. Baja automática (10 meses consecutivos)
📆 Periodo: marzo a diciembre 2020 (ant marzo a nov 2020)
📅 Vigencia: 30/12/2020
Decreto 1051/2020. Bienes de capital. Fabricantes. Incentivo Fiscal. Vigencia. Nueva prórroga
[dropcap]S[/dropcap]e establece extender la vigencia del [su_highlight background="#f6f220"]“Régimen fiscal de incentivo para los fabricantes de los bienes” [/su_highlight]con cambios en la fórmula de cálculo aplicable al beneficio (Dec. 379/2001 y 594/2004 y modif. 96/2020):
📆 Vigencia. Nueva fecha: hasta 31/12/2021
✔ Emisión Bono. Solicitudes del 50% y 60% MiPyME. Plazo: 31/03/2022
📃 Requisito. Emisión factura: hasta 31/12/2021 (max 365 días emisión)
📅 Vigencia: 01/01/2021
Dec. 1052/2020. Salud. COVID-19. Impuesto al Cheque. Alícuotas. Baja. Prórroga diferencial
[dropcap]S[/dropcap]e prorrogan los beneficios fiscales para [su_highlight background="#f6f220"]determinadas actividades[/su_highlight] en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 300/2020, 545/2020 y 695/2020)
🏥 Sujetos: empleadores del sector de la salud.
🔎Actividades (CLAE): Obras Sociales y Prepagas, Hospitales, Ambulatorios, Emergencias y traslados, Salud humana ncp, Servicios Sociales y Asociaciones
🎫 Impuesto débitos y créditos: 2,50% y 5% (x mil)
📆 Plazo: hasta el 31/03/2021
📅 Vigencia: 29/12/2020
Res Gral 4897/2020. AFIP. Participaciones societarias. Sujetos. Información. Beneficiarios finales. Rentas pasivas. Plazo. Prórroga...
[dropcap]S[/dropcap]e extienden determinados plazos del "Régimen de información de registración de operaciones y determinadas autoridades societarias (Res Gral 4697/2020, 4839/2020 y 4878/2020)
💻 Régimen de información: Participaciones societarias, Asociaciones, Fundaciones y otros; autoridades y patrimonial
🚶♂️ Beneficiarios Finales: alcance. Sustitución por presidente, socio gerente, administrador o máxima autoridad.
📃 Participaciones indirectas: cadena de participaciones que acrediten las estructuras jurídicas en el capital
ℹ Fondos Comunes de Inversión: datos adicionales
💰 Rentas pasivas más del 50% de sus ingresos brutos: Agentes de información
📆 Presentación. Aplicatoriedad. Plazos: hasta 29/01/2021 (ant 30/12/2020)
👉 Participaciones autoridades al 31/12/2019 y sig.
👉 Nuevos sujetos Rentas pasivas años 2016 al 2018
📅 Vigencia: 29/12/2020
Res Gral 4893/2020. AFIP. Programa ATP. Empleadores. Crédito subsidiado o REPRO II. DICIEMBRE 2020....
[dropcap]S[/dropcap]e dispone el procedimiento en la [su_highlight background="#f6f220"]solicitud de los créditos a tasas subsidiada o REPRO II[/su_highlight] para empresas del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 260/2020, 297/2020 y modif, 332/2020 y modif, 621/2020, Res 938/2020 y Dec Adm 2181/2020)
CRÉDITO A TASA SUBSIDIADA. CONVERSIÓN A SUBSIDIOS
🏭 Actividad principal (al 12/03/2020): todas listado ATP (ver al 31/10/2020) (SIN CAMBIOS)
I. Actividades criticas y hasta 799 empleados:
📉 Facturación nominal interanual cero o positiva hasta 35%
II. Actividades no criticas (todos empleadores):
📉 Facturación nominal interanual negativa
📉 Facturación nominal interanual igual a 0 o positiva hasta 35% y hasta 799 empleados
🚫 Exclusiones: calificación crediticia BCRA 3,4,5 o 6 y sin actividad económica periodos 2019-2020
💲 Monto: $ 22.680 por trabajador (o menor que perciba) -exclusión salarios brutos mayores a $ 140 mil-
Devolución: tres primeros meses de gracia
❌💰 Conversión a subsidio total o parcial:
Variación nominal negativa. Tasa: 27% TNA.
Variación nominal igual a 0 o positiva hasta el 35%. Tasa: 33% TNA.
REPRO II. SUBSIDIO
📝 Actividades: no criticas ATP (ver listado al 31/10/2020)
📉 Facturación nominal interanual negativa: noviembre año 2020 vrs 2019
📆 Mes: Salarios diciembre 2020 (devengado)
🤔 Elección excluyente: Tasa subsidiada o Subsidio REPRO II
SOLICITUD. PROCEDIMIENTO
💻 Servicio: Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción-ATP.
🤔 Opción: Crédito subsidiado o REPRO II
📆 Plazo: 30/12/2020 al 08/01/2020
📅 Vigencia: 29/12/2020
Ley 27606 y Dec 1043/2020. Coparticipación Federal de impuestos. CABA
Se aprueba el “Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Facultades y Funciones de Seguridad en Todas las Materias No Federales Ejercidas en CABA". Fondos coparticipables
COPARTICIPACION FEDERAL DE RECURSOS FISCALES
👮♂️ CABA: transferencia de las facultades y funciones de seguridad (Año 2016)
💲 Participación. Coeficiente: a determinar
📆 Plazo: 60 días
📅 Vigencia: 28/12/2020
Dec 1042/2020. Educación. Gestión privada. Contribuciones Patronales. Alícuota. Suba. Suspensión
[dropcap]S[/dropcap]e prorroga la aplicación de la alícuota única aplicable a determinados contribuyentes del sistema educativo nacional (Ley 27541 y Dec. 814/2001 y modif)
📌 Sujetos: establecimientos educativos de gestión privada incorporados a la enseñanza oficial
❌ Contribuciones patronales. Incremento: alícuota general
📆 Suspensión: hasta 31/12/2021
📅 Vigencia: 28/12/2020














