Res 73/2021. MT. Salarios. Comercio. Acuerdo Enero 2021. CCT 130/1975. Suba. Homologación

[dropcap]S[/dropcap]e homologa el Acta acuerdo del [su_highlight background="#f6f220"]reajuste de la paritaria mercantil 2020, firmada el 28/01/2021[/su_highlight], entre la FAECyS y UDECA, CAME y CAC. Convenio Colectivo de Trabajo 130/1975

💲 Asignación No Remunerativa: 21% en tres tramos
Enero 2021: 7% 
Febrero 2021: 7% (+7% Ene 2021) 
Marzo 2021: 7% (+Ene y Feb 2021)
💲 Gratificación extraordinaria 2020. Incorporación al básico: $ 5.000 
Abril 2021: $ 2.500
Mayo 2021: $ 2.500
👦 Jornada Parcial: proporcionalidad
🏠 Suspensión Art 223 bis:
proporcionalidad
🧾 Información en el recibo de haberes
💰 Aporte a OSECAC. Afiliados: $ 100

Res 118/2021. MDP. Comercio interior. COVID-19 Mercaderías. Precios máximos. Suspensión temporal

[dropcap]S[/dropcap]e suspenden para determinados productos los precios máximos en el [su_highlight background="#f6f220"]mercado minorista de bienes[/su_highlight] en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541 y Dec 260/2020 y Res 100/2020 y modif)

🛒 Sujetos: hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, mini mercados minoristas y/o supermercados mayoristas
🍱 Productos: de consumo masivo a consumidor final
💲 Precios máximos: valores al 6/03/2020 e incrementos posteriores
📈 Suspensión temporal al 31/03/2021:
listado de productos (NUEVO)

📅 Vigencia: 04/02/2021

Res 112/2021. MDP. Comercio interior. COVID-19. Mercaderías. Precios máximos. Industrias. Producción al máximo

[dropcap]S[/dropcap]e prorroga el tope de precios en el [su_highlight background="#f6f220"]mercado minorista de bienes[/su_highlight] y se disponen nuevas obligaciones en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541 y Dec 260/2020, 100/2020 y modif)

🍱 PRODUCTOS DE CONSUMO MASIVO A CONSUMIDOR FINAL 🍱
🛒 Sujetos:
hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, mini mercados minoristas y/o supermercados mayoristas.
💲 Precios máximos: valores al 6/03/2020 y subas posteriores autorizadas
📅 Vigencia: al 31/03/2021 (ant 31/01/2021)

🏭 Sujetos: Cadena de producción, distribución y comercialización
📈 Producción. Intimación: al máximo de su capacidad

📅 Vigencia normativa: 01/02/2021

Dec 66/2021. Alquileres. COVID-19. Desalojo. Suspensión. Contrato. Valor. Pago. Prórroga II

[dropcap]S[/dropcap]e prorrogan las medidas en relación a determinados [su_highlight background="#f6f220"]contratos de locación en el marco de las medidas extraordinarias[/su_highlight] dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541 y Dec 260/2020, 297/2020, 320/2020 y 766/2020)

📝 Obligaciones: alquileres. 
⚖❌  Desalojos: suspensión. 
📃 ✔ Contratos vencidos desde 20/03/2020: prórroga automática.
Monto: congelamiento valores a Marzo 2020.
💰 Diferencia de valores o Falta de pago. Cuotas ampliación: plan de pago de 3 a 12 cuotas desde Febrero 2021 (ant hasta 6 cuotas) (NUEVO)
📆 Vigencia. Nuevos Plazos: 31/03/2021 (ant 31/01/2021) (NUEVO)

CONTRATOS
🏡🏢🚜Inmuebles: vivienda única urbana o rural; actividades culturales o comunitarias; rurales pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias; alquilados por: Monotributistas, profesionales, MiPyMEs y Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas
🏨🛌Habitaciones: en vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares.

🚫 EXCEPCIONES 🚫 
✔ Si Locador depende de ingresos del inmueble alquilado
✔ Contratos de arrendamiento y aparcería rural
✔ Contratos de locación temporarios

MEDIACION OBLIGATORIA
📆 Reanudación:
Octubre 2021
🤝 Principio. Partes: aplicación criterio de esfuerzo compartido (NUEVO)

📅 Vigencia: 30/01/2021

Dec 67/2021. COVID-19. Distanciamiento o Aislamiento social preventivo y obligatorio. Disposición. Prórroga XVIII

[dropcap]S[/dropcap]e prorrogan las medidas diferenciales del “Aislamiento o Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” en la República Argentina a causa del “Coronavirus COVID-19”(Ley 27.541Dec 260/2020Dec 297/2020459/2020493/2020520/2020, 576/2020, 605/2020, 641/2020, 677/2020714/2020, 754/2020, 792/2020814/2020875/2020 y 956/2020)

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO (ASPO)
🌐 Jurisdicciones: ninguna

DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO (DISPO)
🌐 Jurisdicciones: Todas las provincias y sus departamentos 
🚶‍♀️🚗 Circulación LIBRE: departamento o partido donde residan
🚗🏁 Excepción. Fuera límites: Certificado Único Habilitante COVID-19
👮‍♂️ Reglas: distancia min 2 mts, tapabocas, higienización, desinfección y protocolos
🏭 Actividades económicas. Requisito: protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial
🎭🌲 Eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares: 1) hasta 20 personas (espacios cerrados) y 2) hasta 100 personas (espacios abiertos)
👩‍👩‍👦‍👦 Reuniones Sociales: hasta de 10 personas en espacios públicos o de acceso público al aire libre 
🏫 Clases presenciales: escalonada y progresiva en todos los niveles educativos y modalidades -conf autoridad provincial-
🚫 Prohibición:
eventos, deportes mayor a 10 personas, Espectáculos, Transporte y Turismo.

🧓😷 Personas mayor riesgo. No obligados asistencia laboral: asignación no remunerativa

📆 Período: 21/12/2020 al 28/02/2021
📅 Vigencia: 30/01/2021

Res Gral 4926/2021. AFIP. Deudas Impositivas y Previsionales. Embargos. Ejecución. Suspensión. MiPyME. Prórroga IX

[dropcap]S[/dropcap]e prorroga nuevamente la suspensión de [su_highlight background="#f6f220"]trabas de medidas cautelares y otros [/su_highlight] a determinados contribuyentes en el marco del “aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio” en la República Argentina causa del “Coronavirus COVID-19” (Res Gral 4557/2019 y modif, 4684/2020, 4705/2020, 4730/2020, 4740/2020, 4770/2020, 4806/2020, 4828/20204847/2020 y 4868/2020)

📌 Sujetos: Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (“Registro de Empresas MiPyMES”)
📆 Embargos. Suspensión: hasta 28/02/2021 (ant 31/12/2020)
📌 Sujetos: Todos
📆 Ejecución Fiscal. Suspensión: hasta 28/02/2021 (ant 31/12/2020)

📅 Vigencia01/02/2021

Res Gral 4925/2021. AFIP. IVA. Libro de IVA Digital. Exentos. Obligatoriedad. Plazo. Prórroga

[dropcap]S[/dropcap]e modifican diversos aspectos del “Libro de IVA Digital” como régimen de registración electrónica de operaciones de venta, compra, cesiones, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones (Res Gral 3685 Res Gral, 4597/2019, 4671/2020 y 4796/2020)

LIBRO DE IVA DIGITAL. SUJETOS
🏛 Incorporación: reparticiones públicas inscriptas en IVA
📆 Exentos IVA. Vigencia. Extensión: desde devengado Mayo 2021 (ant Ene 2021)

📅 Vigencia: 01/02/2021 

Dec 42/2021. Aporte solidario y extraordinario. Personas Humanas. Reglamentación

Se reglamenta el "Aporte solidario, extraordinario y por única vez vinculado a los patrimonios de las personas humanas" (Ley 27605)

TEMAS
💲 Valuaciones societarias. Opciones
a) Activo-Pasivo al 18/12/2020 (balance especial) o b) Patrimonio neto último ejercicio comercial antes del 18/12/2020
💼 Trust, fideicomisos y otros: participaciones directas e indirectas hasta 3er grado.
🌐 Residentes en el exterior o en paises baja-nula tributación: designación  responsable sustituto
🪑 Bienes del hogar: no consideración
📃 Ley impuesto sobre los bienes personales: aplicación supletoria
BIENES DEL EXTERIOR. REPATRIACION
📆 Plazos: días hábiles administrativos
🔎 Condiciones: 1) Hasta 30% activos exterior, 2) Permanencia: 2.1) hasta 31/12/2021 y 2.2) destino MULC,  Obligaciones negociables, Inversiones públicas o Aportes en sociedades no financieras
🌐 Activos financieros: alcance

📅 Vigencia: 29/01/2021

Res Gral 4921/2021. AFIP. Presentaciones digitales. Trámites. Obligatoriedad. Datos biométricos. Vigencia. Prórroga

[dropcap]S[/dropcap]e extiende nuevamente el período de utilización del [su_highlight background="#f6f220"]servicio digital trámites AFIP de obligatoriedad temporal[/su_highlight] en el marco de la emergencia sanitaria del “Coronavirus COVID-19”   (Ley 27.541Dec 260/2020Dec 297/2020 y modif., Res Gral 4503/2019, 4685/2020, 4699/2020, 4727/2020 y modif) 

🖥 Servicio“Presentaciones Digitales”
📝 Trámites. Nómina (93): www.afip.gob.ar/presentaciones-digitales/tramites/ (ant 89)
📷 Datos biométricos: suspensión
🏧 Blanqueo de Claves. Cajeros: admisibilidad
🕴 Apoderados y Representantes: acreditación
📆 Período. Nueva finalización: hasta 30/04/2021 (ant 31/01/2021)

📅 Vigencia: 29/01/2021

Res Gral 4919/2021. AFIP. MiPyMe. Facturas de Crédito Electrónicas. Negociación. Circulación abierta. BCRA. Reglamentación

[dropcap]S[/dropcap]e modifican determinados requisitos y condiciones del "Régimen de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs" (Ley 27.440, Res Gral 4367 y modif y Res 52/2020 y 103/2020)

📃 Régimen: "Facturas de Crédito Electrónica MiPyMEs"
💵 Diferencias de cambio: NC o ND hasta último día aceptación Factura
🔑 Aceptación. Información: en el registro ad hoc (forma, banco y CBU)
🔎 Registro. Consulta. Incorporaciones: Cta Cte deudor y CBU 
💻 Sistema: circulación abierta para Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs
🏦 Requisitos y condiciones. Incorporación "Sistema de circulación abierta"
Retenciones. No pago. Incorporación
Solicitud de autorización de emisión
Modificación opción de transmisión

📅 Vigencia: 29/01/2021

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