Se modifican diversas fechas en la implementación del 1) “Libro de IVA Digital” como régimen de registración electrónica de operaciones de venta, compra, cesiones, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones y 2) DDJJ IVA Simplificado (Res Gral, 4597/2019)
📆 Registración. Plazo: igual fecha DDJJ IVA (❌ anteriormente era el día anterior)IVA simplificado📌 Sujetos: responsables en IVA (❌ anteriormente comprendía a los notificados)✔ DDJJ. rectificativa: condición que original mediante IVA simplificado
APLICATORIEDAD. NUEVO CRONOGRAMA1️⃣ Junio 2020: inscriptos IVA obligados al “Régimen de Información de Compras y Ventas” y Ventas Año 2018 hasta $ 500.0002️⃣ Julio 2020: Ídem anterior con ventas entre 500.000 a $ 2.000.0003️⃣ Agosto 2020: Ídem anterior con ventas más de $ 2.000.0004️⃣ Septiembre 2020: resto5️⃣ Octubre 2020: exentos en IVA7️⃣ Marzo a Julio 2020: optativo
📅 Vigencia: 05/02/2020
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