p>Se unifica la percepción de “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)” para todas las operaciones a las mayores alícuotas previstas (Ley 27.541 y Dec 99/2019, Dec 682/2022 y 377/2023 y Res Grales 4659/2020, 4815/2020, 5123/2021, 5232/2022, 5272/2022 y 5393/2023 y 5403/2023)

💰 Gravamen: impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) (tasa 30%)📍 Sujetos obligados al pago: adquirente o prestatario🚶‍♀️ Alcance: residentes y pagos mediante tarjetas de crédito, de compra y/o de débito entidades financieras o compra de billetes💲 Régimen: Percepción en impuesto a las Ganancias o Sobre los Bienes Personales🔢 Alícuotas unificadas: 45% + 25% (ant en función de operación) ❌ Eliminación menor alícuotas: "ahorro-solidario" y "Qatar" 

OPERACIONES (todas)💵 Compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento o sin un destino específico💰 Bienes y servicios en el exterior, portales o prestados desde exterior (todos)🏖 ✈ Servicios y transporte vía Agencias de viajes y transporte en el exterior o destino fuera del país🚢 Importación de mercaderías (Dec 99/2019)

PERCEPCIÓN. PAGO A CUENTA1️⃣ Alícuota 45%👉 Monotributistas y no en Imp. Ganancias: a cuenta Imp. Bs Personales👉 Demás Contribuyentes: a cuenta Imp. a las Ganancias2️⃣ Alícuota 25%👉 Personas humanas: a cuenta Imp. Bs Personales o devolución (no sujeto Imp. Bs. Personales)👉 Demás Contribuyentes: a cuenta Imp. a las Ganancias

📅 Vigencia y aplicatoriedad: 10/10/2023

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