[dropcap]S[/dropcap]e dispone modificar la temporalidad en la obligatoriedad del nuevo procedimiento en la acreditación, devolución o transferencia del IVA de exportadores y otras operaciones asimilables por etapas (Res Gral 5173/2022, 5212/2022 y 5276/2022)
📄 Régimen: Sistema Integral de Recupero (SIR)🌐🏭✈ Sujetos: Exportadores (etapa I), Obras, locaciones y prestaciones de servicio, Transporte internacional y Courier💰 Gravamen (etapa I): IVA. Régimen de reintegro atribuible a las operaciones de exportación🏁 Uso. Obligatoriedad: desde 1er dia tercer mes posterior a notificación Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) (NUEVO)❌ Derogaciones (NUEVO)1️⃣ Aplicatoriedad opcional2️⃣ Observaciones por entidades profesionales y Cámaras📅 Vigencia Etapa I: desde 03/04/2023 (sin cambios)📅 Vigencia: 29/03/2023
Acceso Exclusivo para suscriptores abonados. Pruebe Gratis por 40 días Tributum Premium - Aquí -
Si Ud. ya esta Suscripto por favor ingrese aquí:
![[04/06/2026] Sumario Boletín Oficial de la Nación](https://tributum.news/wp-content/uploads/2018/10/boletín-oficial-de-la-nacion-min-218x150.jpg)







