[dropcap]S[/dropcap]e sustituye el "Régimen de información" a los fines de  obtener información sobre las operaciones internacionales para una efectiva y eficiente evaluación y gestión de riesgos del cumplimiento en materia de tributación internacional  (Res Gral 4838/2020 y complem.)

💻 Régimen: de información complementario de operaciones internacionales (RICOI) 🏭 👨‍💼 SUJETOS (operaciones)👮‍♀️ Obligados: Sociedades de capital, Fideicomisos y Unipersonales1️⃣ Efectuadas con sujetos vinculados: Personas jurídicas, patrimonios de afectación, establecimientos, Fideicomisos del exterior ( constituidos, domiciliados, radicados o ubicados) y Establecimientos permanentes del exterior titulares u operaciones del mismo titular u otros vinculados o no con residente local.2️⃣ Efectuadas con: con domiciliados, constituidos o ubicados en jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula tributación❌ Exclusión: 1) "Asesores fiscales" y 2) MiPyME (sistema registral AFIP)

📝 INFORMACION🌐 Operaciones: internacionales y conforme situaciones particulares (ver listado)🔎 Alcance: 1) Seleccionar operación conforme listado y 2) Datos identificatorios de sujetos intervinientes📆 Periodicidad: semestral💻 Servicio: “Régimen de Información Complementaria de Operaciones Internacionales”👮‍♂️ Incumplimiento. Sanciones: registrales AFIP, Certificados crédito fiscal, Constancia fiscal, SIPER y Multas agravadas Ley 11.683.❌ Planificaciones Fiscales Tributarias: su derogación (Res Gral 4838/2020)

📅 Aplicatoriedad: ejercicios fiscales cerrados desde 01/08/2022📅 Vigencia: 27/12/2022

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