Se dispone el procedimiento para consignar en los comprobantes electrónicos que respaldan las operaciones de venta de harinas y/o subproductos derivados de la molienda de trigo, el o los números de aquellos remitos vinculados  al “Remitos Electrónico Harinero” (Res Grales (Res Gral 4514/2019 y 5237/2022)

🌾  Sector: Harinero (trigo)
🏭  Actividades: Establecimientos y usuarios de molienda de trigo y Mayoristas y/o depósitos de harina de trigo
 📃 Régimen: "Remito Electrónico Harinero” (REH)
🌐 Excepciones: Destino comercio exterior con respaldo documentación aduanera
📡 Respaldo operaciones. Incorporación: número de remitos vinculados
Procedimiento. Micrositio: www.afip.gob.ar/actividadesAgropecuarias/molineria
🔎 Vinculación. Condiciones (concurrentes): 
1️⃣ El Receptor del comprobante electrónico coincida con el destinatario de la mercadería trasladada
2️⃣ El “REH” a vincular se encuentre aceptado total o parcialmente o, en su caso, emitido y vigente

📅 Vigencia. Emisión
🤷‍♂️ Optativa: desde 01/02/2023
🏁 Obligatoria: desde 01/03/2023

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