Se dispone un nuevo período extraordinario sin cómputos de determinados plazos fiscales procedimentales en el marco de la emergencia sanitaria del “Coronavirus COVID-19” con nuevas habilitaciones de feria (Dec 297/2020 y modif , 714/2020, y Res Gral 1983 y modif y Res Gral 4703/2020 y compl 4794/2020 y 4807/2020)

📝 Conceptos alcanzados: Plazos procedimentales AFIP✔ Requerimientos✔ Fiscalizaciones❌ Exclusiones 1️⃣ Vencimientos prestación DDJJ y/o pagos y efectivización de clausura2️⃣ Fiscalizaciones datos OCDE3️⃣ Fiscalización, sumarios y D. Of. "Régimen de Precios de Transferencia"4️⃣ Fiscalización electrónica (NUEVO)📆 Nuevo período21/09/2020 al 11/10/2020 (ant 31/08/2020 al 20/09/2020)

📅 Vigencia: 21/09/2020

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