Se dispone un nuevo período extraordinario sin cómputos de determinados plazos fiscales procedimentales en el marco de la emergencia sanitaria del “Coronavirus COVID-19” con nuevas habilitaciones de feria (Dec 297/2020 y modif , 641/2020, y Res Gral 1983 y modif y Res Gral 4717/2020)

📝 Conceptos alcanzados: Plazos procedimentales AFIP✔ Requerimientos✔ Fiscalizaciones❌ Exclusiones: Vencimientos prestación DDJJ y/o pagos, efectivización de clausura y fiscalizaciones datos OCDEHabilitación: fiscalización, sumarios y D. Of. "Régimen de Precios de Transferencia" (NUEVO)📆 Nuevo período: 17 al 30/08/2020 (ant 3 al 16/08/2020)

📅 Vigencia: 18/08/2020

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