Se extiende al 21/08/2020, el plazo de la solicitud de los créditos a tasas subsidiada para empresas del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 260/2020, 297/2020 y modif, 332/2020 y modif, 621/2020, Dec Adm 1343/2020 y Res Gral 4792/2020)
CRÉDITO A TASA SUBSIDIADA👨🏭 Sujetos: empleadores hasta 799 trabajadores🏭 Actividad principal: listado ATP📉 Facturación nominal interanual positiva hasta 30%: junio año 2020 vrs 2019 (o Dic 2019 si inicio Ene a Nov 2019)👷♀️ Destino: acreditación directa en cuenta sueldo del trabajador💲 Monto: $ 20.250 por trabajador (o menor que perciba) exclusión salarios brutos mayores a $ 140 mil-🔑 Sistema Registral (automático)“466 – Crédito a Tasa subsidiada del 0% TNA”“467 – Crédito a Tasa subsidiada del 7,5% TNA”“468 – Crédito a Tasa subsidiada del 15% TNA”📫 Procedencia: notificación al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE)
SOLICITUD. PROCEDIMIENTO💻 Servicio: Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción-ATP.1️⃣ Aceptación monto máximo total2️⃣ Indicar correo electrónico3️⃣ Seleccionar entidad bancaria📆 Nuevo plazo: 21/08/2020 (ante 18/08/2020)
📅 Vigencia: 18/08/2020
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