Se dispone modificar -nuevamente- respecto a la utilización de cheques físicos y electrónicos por parte de sujetos obligados registrados ante CNV, manteniendo el límite máximo de DOS (2) pagos diarios por cliente mediante cheques de cualquier naturaleza, a fin de evitar conductas disvaliosas derivadas de la reciente incorporación del cheque electrónico (Res Gral 1139/2026)

🏛️ Régimen: Mercado de Capitales👥 Sujetos: ALyC, AAGI, AN, Fiduciarios, PFC y PSAV (registrados ante CNV)🚫 Cheques. Endosos. Cantidad: limitación (reimplementación) 🎯 Objetivo: evitar “conductas disvaliosas” tras incorporación del eCheq.❌ Norma modificada: Res Gral 1139/2026 (BO. 14/05/2026)

💳 MODALIDADES DE PAGOS Y CONTROL - CHEQUES

🚫 ENDOSOS. LÍMITE🚨 Máximo: DOS (2) pagos diarios por cliente✅ Aplicabilidad (indistinta): cheques físicos o electrónicos1️⃣ CHEQUES FISICOS 📥 Recibos de clientes✔️ Contra cuentas corrientes locales autorizadas por BCRA✔️ Titularidad o cotitularidad del cliente✔️ cheques librados a favor del cliente con endoso completo

📍Pagos a clientes📄 Cheques:✔️ a la orden del cliente o✔️ “no a la orden” + “cruzados”

2️⃣ CHEQUES ELECTRÓNICOS (eCheq)✍️ Endosos: ✔️ Sin límite de cantidad de endosos✔️ Trazabilidad obligatoria: recepción y entrega

📅 Vigencia: 22/05/2026 (retroactiva)📅 Publicación BO: 27/05/2026

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