Se disponen los requisitos y condiciones del Programa “PUENTE AL EMPLEO” a los fines de promocionar la contratación de nuevos trabajadores que participen en los programas sociales, educativos o de empleo (Leyes 27613 y 27679 y Dec 551/2022 y Res Cjta 4/2022)
Programa: Puente al empleo🏭 Sujetos: empleadores del sector privado❌ Empleadores. Exclusiones: Sin incremento nómina promedio durante 2021, REPSAL, Uso abusivo del beneficio, Rurales (Dec 514/2021) o en "Régimen de Incentivo a la Construcción" (Ley 27616)❌ Empleados: diferentes situaciones de distractos laborales
Modalidades de contratación: Por tiempo indeterminado, parcial, a plazo fijo, por temporada, Agrarios o Construcción💻 AFIP. Sistema registral. Caracterización: Código “543 – Decreto N° 551/22 Puente al empleo”
Sujetos: titulares de programas sociales y de empleo nacionales vigentes
REQUISITOS 🔍 📈 Incremento personal: promedio plantilla 01/01 al 31/12/2021🔎 Limitaciones: plazos y topes según modalidad de empleo📆 Período: 01/10/2022 al 30/09/2024 (desde 12 meses sig. inicio relación laboral)👨🏫 Realización: capacitación y los cursos de formación
BENEFICIO FISCAL📉 Contribuciones patronales: reducción 100% (SIPA, INSSJyP, Ley 24.013 y Asig, Flia.)💰 ART: pago📆 Vigencia: desde 01/10/2022
Programa: "Acciones de entrenamiento para el trabajo"📉 Contribuciones patronales: reducción hasta el 100% (SIPA, INSSJyP, Ley 24.013 y Asig, Flia.)💻 AFIP. Sistema registral. Caracterización: Código “546 - Resolución Sec. Empleo 1107/22 Programa Acciones de Entrenamiento para el Trabajo”
💻 Aplicativo SICOSS: release 6 de la versión 44 Aplicatoriedad: SICOSS Octubre 2022 (devengado)
Vigencia: 04/10/2022
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