La presentación y pago de la declaración jurada de ambas obligaciones retoma el plazo original (23 al 28/06/2022)

👉 La justicia suspendió la medida cautelar.
👉 La decisión fue adoptada tras el recurso de apelación presentado AFIP.
👉 Los plazos previstos en la normativa se encuentran vigentes (RG 5192/2022. BO. 27/05/2022)