Cómo aplicar el 1%, los $40.000 no remunerativos, feriados y no laborales.

👉 Resumen del acuerdo salarial
👉 Ejemplo de Aplicación
👉 Cálculos de la Liquidación
👉 Antigüedad
👉 Asistencia y Puntualidad
👉 Suma Fija No Remunerativa
👉 Cálculo del Feriado no trabajado
👉 Día no laborable
👉 Recibo de sueldo
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Resumen del acuerdo salarial

Las partes pactaron un incremento salarial del 6% sobre las escalas de las remuneraciones básicas vigentes, tomando como base de cálculo los valores de junio 2025, incluidos los porcentajes no remunerativos vigentes hasta ese mes.

La suba del 6% se implementará de forma escalonada, con un aumento del 1% mensual, aplicable a partir de:

    • Julio 2025: 1%
    • Agosto 2025: 1%
    • Septiembre 2025: 1%
    • Octubre 2025: 1%
    • Noviembre 2025: 1%
    • Diciembre 2025: 1%

Además, se acordó el pago de una suma fija no remunerativa de $40.000 para cada uno de los meses del segundo semestre:

  • $40.000 en julio 2025
  • $40.000 en agosto 2025
  • $40.000 en septiembre 2025
  • $40.000 en octubre 2025
  • $40.000 en noviembre 2025
  • $40.000 en diciembre 2025

Estas sumas no se incorporarán al salario básico, salvo la correspondiente a diciembre, que sí se integrará al sueldo básico de convenio en enero 2026, en su valor nominal.

ACUERDO/ ESCALAS

Ejemplo de Aplicación

Ahora, veamos un ejemplo de cómo se aplica el acuerdo, utilizando los siguientes datos:

  • Categoría: Administrativo A
  • Tipo de Jornada: Completa
  • Antigüedad: 10 años
  • Obra Social: O.S.E.C.A.C.
  • Afiliado al Sindicato: No
  • Feriados: no trabajados

Cálculos de la Liquidación

Básico Agosto 2025: $1.026.994

Al básico de agosto se llega sumando al básico de junio un 2%, un 1% que corresponde al primer tramo de aumento correspondiente a Julio más el 1% del segundo tramo correspondiente a agosto:

1.006.857 + 2% = 1.026.994

También pueden descargar la escala aquí.

Antigüedad: $ 102.699,40

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%, entonces:

1.026.994 x 10 x 1% = 102.699,40

Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $94.141,12

El adicional por Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio se calcula según lo indica el artículo 40 del CCT 130/75 y es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes (Básico + Antigüedad):

(1.026.994+ 102.699,40) / 12 = 94.141,12

Suma Fija No Remunerativa

Durante Agosto 2025, se sigue pagando la suma fija no remunerativa de $40.000. Y sobre esa suma también calculamos antigüedad y presentismo.

Importante:

Las sumas no remunerativas no son contributivas a ningún efecto ni generan aportes y contribuciones a los subsistemas de seguridad social, con excepción de:

  • Aportes y Contribuciones a OSECAC
  • Aporte del trabajador establecido en los artículos 100 y 101 del CCT 130/75

Feriados y no laborable

Por último, tengan en cuenta que en agosto hubo 1 feriados nacional, el 17 y una un día no laborable con fines turísticos, el 15. Para este caso, no trabajó los feriados y trabajó el día no laborable.

Cálculo del Feriado no trabajado

(1.026.994 + 102.699,40 + 94.141,12) / 30 = 40.794,48

(1.026.994 + 102.699,40 + 94.141,12) / 25 = 48.953,38

Día no laborable

En el caso del día no laborable, el pago es en base 30, se trabaje o no.

Recibo de sueldo

 

Calculadora

Por último, está actualizada la Calculadora.