A poco más de un mes de su firma (26/03/2026), la Dirección Nacional de relaciones y regulaciones del trabajo homologó el acuerdo de la paritaria 2026 entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las principales cámaras empresariales que estableció incrementos remunerativos y no remunerativos para el segundo trimestre del 2026.
💁 Sector: Empleados de Comercio (CCT 130/1975)
🤝 Acuerdo completo: 26/03/2026
1️⃣ Remunerativo escalonado: 5% Abril-Junio 2026
🔢 Base: vigente marzo 2026 (basico + No Rem $ 100.000)
👉 2% a partir de abril 2026
👉 1,5% a partir de mayo 2026
👉 1,5% a partir de junio 2026
2️⃣ Sumas no remunerativas y recomposición: $ 120.000 mensual (Abril-Junio 2026)
👉 Prórroga de sumas no remunerativas: $40.000 y $60.000
👉 Suma fija no remunerativa adicional: $20.000 mensual (único, no acumulativo)
🛑 Limitaciones en la homologación (NUEVO)
👉 Aporte solidario: tope 2%
👉 Contribución especial $28.000: administración sindical diferencial
👉 Ultractividad: plena vigencia del procedimiento de actualización de negociación colectiva (Ley 27.802 de»Reforma Laboral»)
📄Concepto en recibo: “Recomposición No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026”
🤑 Contribución extraordinaria OSECAC: $28.000 por trabajador
📥 Escala salarial: descargar
📅 Vigencia: 01/04/2026 al 31/03/2031 (5 años)
🔎 Reunión de revisión: en junio 2026
🤔 Homologación oficial: 27/04/2026
¿Qué establece el acuerdo?
Aumento del 5% remunerativo escalonado
Se acordó un incremento remunerativo 5% sobre las escalas básicas del CCT 130/75 vigentes a marzo 2026, tomando como base de cálculo el básico más las sumas no remunerativas, escalonado de la siguiente manera:
- 2% a partir de abril 2026
- 1,5% a partir de mayo 2026
- 1,5% a partir de junio 2026
Base de cálculo: básicos convencionales de marzo 2026 + sumas no remunerativas vigentes a esa fecha, es decir $100.000.
Sumas no remunerativas y recomposición
Respecto a las sumas no remunerativas, se acordó lo siguiente:
a) Prorroga de sumas no remunerativas
Se prorroga la incorporación de las sumas fijas no remunerativas de $40.000 y $60.000 hasta junio 2026.
- Se mantienen en iguales condiciones hasta ese mes.
- Se extinguen mes a mes, excepto los últimos $100.000 ($40.000+$60.000) del mes de junio 2026, que se incorporan a los básicos en julio 2026 en su valor nominal.
b) Suma fija no remunerativa adicional
- $20.000 por mes en abril, mayo y junio 2026 (única suma, no acumulativa).
- Se extingue mes a mes, excepto los últimos $20.000 (junio 2026) que se incorporan a los básicos en julio 2026.
Más detalles del acuerdo aquí.
Alcance de la homologación:
Se homologan el acuerdo abril 2026 y las escalas salariales de, con ciertas limitaciones y salvedades que la autoridad de aplicación señala en los considerandos:
- Aporte solidario: Se recuerda que debe respetarse el porcentaje máximo previsto por el artículo 133 de la Ley N° 27.802. Es decir el 2% para aportes solidarios.
- Contribución especial $28.000 (cláusula novena): Debe ser administrada por separado de los fondos sindicales comunes, conforme al Decreto N° 467/88.
- Ultractividad: Respecto a la cláusula décima del acuerdo, las manifestaciones de las partes no reemplazan el procedimiento del artículo 137 de la Ley N° 27.802 (aún no sustanciado, y son inoponibles a la autoridad de aplicación).
| Descargue Acerdo -26/03/2026- | Descargue Homologación -27/04/2026- | Descargue Escalas- FAECyS |
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