[dropcap]S[/dropcap]e modifican las operaciones alcanzadas y exentas del "Impuesto a los débitos y créditos en cuentas bancarias y otras operatorias" en función del contribuyente y entidad financiero o de pago (Dec. 380/2001 y modif, Ley 27264)
💰 GRAVAMEN: Impuesto a los débitos y créditos en cuentas bancarias y otras (Imp al cheque)📌 Sujetos: tratamiento
🌐 Agente de retención: proveedores de Servicios de Pago (PSP) y/o por cuenta de terceros (ej MercadoPago)🚶♂️ Personas humanas: exento🏢 Personas jurídicas: gravado 1,2% (excepto entre cuentas)✔ Cómputo impuesto a la Ganancias: procedencia (% según caracterización MIPyME)
🌐 🏦 Agentes de retención: Bancos y Servicios de Pago👩🔧👨💼 Monotributistas: exento🚶♂️ 🏬 Personas humanas y Micro y Pequeña Empresa: exento
📅 Aplicatoriedad: Hechos imponibles desde 01/08/2021📅 Vigencia: 08/05/2021
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