Se dispone ampliar el Régimen de Aduana en Factoría (RAF), a proveedores asociados de establecimientos industriales adheridos, sustituir la garantía global única por garantías bajo el régimen general aduanero, eliminación del esquema de implementación por rama industrial sujeto a actas-convenio sectoriales y extensión al sector manufacturero (Dec 688/2002 y modif)
🌐 Sector: Comercio Exterior🏭 Régimen: Aduana en Factoría (RAF)🆕 SUJETOS🏢 Industriales: personas humanas o jurídicas con plantas radicadas en el país🆕 Proveedores asociados (NUEVO)👉 Pueden adherir al RAF e importar mercaderías para integrarlas en un proceso productivo.👉 El resultado debe ser un bien intermedio transferido al establecimiento RAF para su incorporación al bien final exportable.🏭 Implementación: Secretaria de Industria (ant cámaras sectoriales)🚪 Exclusión: incumplimiento de la finalidad declarada de los bienes importados.📦 Admisibilidad. Criterios: bienes con eventual destinación a importación para consumo.💰 Garantías: conforme régimen general del Código Aduanero (ant global única)👉 Determinación: según procedimiento que establezca Aduana.
📅 Vigencia: 16/06/2026
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