El proyecto de Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que presentó ayer el gobierno, prevé congelar la suba del mínimo no imponible y las alícuotas de contribuciones patronales establecidas por la reforma tributaria de la ley 27.430.
Recordemos, que lay ley 27430 modificó el decreto 814/01 estableciendo un mínimo no imponible que se detrae de las contribuciones a la seguridad social.
Ese mínimo no imponible, que se aplica de manera gradual de a 20% por año, hoy tiene un valor de referencia de $17.509,20 para quienes aplican el 100%, algunas actividades como textiles y sanidad, y de$ 7003.68 pesos para quienes los aplican el 40%, que son la mayoría de las actividades.
En 2020, a ese mínimo no imponible se debía actualizar por inflación y se le aplicaba el tercer tramo de 20%.
Ahora, de aprobarse el proyecto que ingresó al congreso, se congelaría el mínimo no imponible en $17,509.20 y $7.003.68.
Además, las alícuotas quedarían en 20.4% para el sector servicios y comercio siempre y cuando sus ventas, las ventas totales anuales superen los $ 48 millones y 18% para los restantes empleadores del sector privado.
De hecho, el proyecto de ley deroga directamente el decreto 814/01, el decreto 1009/01 y el artículo 176 de la ley 27430 de reforma tributaria.
Mínimo no imponible adicional de $10.000
De manera adicional a la detracción del mínimo no imponible que ya se aplica, los empleadores empleadores que tengan una nómina de hasta 25 empleados, gozarán de una detracción de $ 10.000 mensual, aplicable sobre la totalidad de la base imponible..









