Se dispone modificar el régimen de "Relevamiento de Activos y Pasivos Externos", fijando nuevas categorías de muestra, períodos y plazos diferenciales (trimestral o anual), y la incorporación de DDJJ simplificada (Com A 6401 modif y compl)
🌐 Sujetos: Personas humanas y jurídicas con activos o pasivos externos📄 Régimen: Relevamiento de Activos y Pasivos Externos (RAPE)💻 DDJJ: Flujos, saldos de activos y pasivos externos, Estado de situación, balances, evolución del patrimonio neto, inversores y resultados🔎 Obligados. Períodos1️⃣ 2017–2019: Muestras según umbrales (≥ USD 50 M trimestral + anual; USD 10–50 M anual; USD 1–10 M anual simplificado; otros con deuda, simplificado).2️⃣ 2020–2025: Obligatorio para todo sujeto con pasivos externos; si ≥ USD 50 M, declaración anual adicional.3️⃣ Desde 2026:👉 Muestra principal: ≥ USD 10 M de activos/pasivos externos → declaraciones trimestrales + anual simplificada.👉 Muestra secundaria: < USD 10 M → declaración anual, salvo que supere umbral en algún trimestre (pasa a principal).📆 Vencimientos. Plazos1️⃣ 2020–2025: 45 días corridos post cierre de trimestre (trimestrales) y 180 días corridos post cierre de año (anuales).2️⃣ Desde 2026:👉 Muestra principal: 45 días (trimestral) + 180 días (anual).👉 Muestra secundaria: 90 días (anual).
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![[06/07/2026] Sumario Boletín Oficial de la Nación](https://tributum.news/wp-content/uploads/2018/10/boletín-oficial-de-la-nacion-min-218x150.jpg)








